Baqué Latam SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$101.000.000
实缴资本
$101.000.000
待缴资本
$0
股份
1,600
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
FRANZ DANIEL NEUDORFER RETAMAL Accionista 10.xxx.xxx-9 | 10.xxx.xxx-9 | 800 股 | $800.000 |
Accionista 91.860.000-0 | 91.860.000-0 | 400 股 | $50.100.000 |
Accionista 76.235.085-8 | 76.235.085-8 | 400 股 | $50.100.000 |
管理人(3)
FERNANDO SAENZ LLORENTE
FRANZ DANIEL NEUDORFER RETAMAL
摘要官方正文
RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Abogado, Notario Público Titular de la Agrupación de Comunas de la Jurisdicción de los Juzgados de Letras de Concepción, con domicilio en calle Rengo número cuatrocientos cuarenta y cuatro de esta ciudad certifico: Por escritura pública de fecha 13 de junio de 2022, Repertorio N°5611-2022, ante doña Olaya Ferrada Garrido, Notario Suplente de este Oficio, compareció don FRANZ DANIEL NEUDORFER RETAMAL, C.I. N° 10.750.598-9; FERNANDO DOMINGO SAENZ LLORENTE, C.I. N° 6.357.425-2, y FERNANDO DOMINGO SAÉNZ POCH, C.I. N° 15.181.434-4, ambos en representación de MADESAL SpA, RUT 91.860.000-0; CARLOS FELIPE PRADO DURÁN, C.I. N° 12.114.902-8 y FRANCISCO JAVIER PRADO DURÁN, C.I. N° 15.590.421-6, ambos en representación de INVERSIONES CFC LIMITADA RUT 76.235.085-8, quienes modificaron “BAQUE LATAM SpA”, RUT 77.568.853-K, capital $1.000.00, inscrita a fojas 626 número 439 del Registro de Comercio de Concepción del año 2022, en el siguiente sentido: AUMENTO DE CAPITAL: El capital social, el cual actualmente asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, se aumentará en la suma de $100.000.000.-, mediante la emisión de 600 nuevas acciones de pago, nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, quedando en consecuencia el capital social en la suma de $101.000.000, dividido en 1.600 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie; MODIFICACION DE LA ADMINISTRACIÓN: Por el presente acto, los actuales accionistas de la sociedad, modifican el título tercero de los Estatutos y, en específico, sus artículos décimo segundo y décimo tercero, relativos a la administración de la Sociedad. En este sentido, los comparecientes acuerdan sustituir la figura del administrador estatutario por la de un Directorio vinculante compuesto por 3 miembros; ADECUACIÓN DE LOS ESTATUTOS A LOS ACUERDOS PACTADOS.- Atendido los acuerdos pactados en las cláusulas anteriores, los actuales accionistas de la Sociedad, modifican los estatutos sociales, en el siguiente sentido: A) ADECUACIÓN DE LOS ESTATUTOS EN RELACIÓN AL AUMENTO DE CAPITAL Uno) Modifican el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos, relativo al capital social, en el sentido de reemplazar su actual redacción, quedando en adelante y desde este momento en la forma que a continuación se indica: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $101.000.000.-, dividido en 1.600 ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que señala el artículo primero transitorio de estos estatutos.”; Dos) Asimismo, se acuerda modificar el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO de los estatutos de la Compañía, el que quedará redactado de la forma que a continuación se indica: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. SUSCRIPCIÓN Y PAGO DE ACCIONES.- El capital social ascendente a la suma de $101.000.000, se divide en 1600 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado, en las siguientes proporciones y de la siguiente forma: Uno) FRANZ DANIEL NEUDORFER RETAMAL, suscribe 800 acciones, con la suma de $800.000, íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha. Dos) MADESAL SpA, debidamente representada, suscribe 400 acciones, con la suma de $50.100.000, íntegramente pagados e ingresados en arcas sociales; y Tres) INVERSIONES CFC LIMITADA, debidamente representada, suscribe 400 acciones, con la suma de $50.100.000, íntegramente pagados e ingresados en arcas sociales. En consecuencia, la totalidad de las acciones quedan íntegramente suscritas y pagadas, conforme a lo indicado precedentemente.”; B) ADECUACIÓN DE LOS ESTATUTOS EN RELACIÓN AL CAMBIO DE ADMINISTRACIÓN. Los accionistas modifican el título tercero de los estatutos, relativo a la administración de la Compañía, en el sentido de reemplazar su actual redacción, quedando en adelante y desde este momento en la forma que a continuación se indica: “TÍTULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN Y USO DEL NOMBRE SOCIAL. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: La administración de la Sociedad será ejercida por un Directorio elegido por la Junta de Accionistas. El Directorio representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, se encontrará investido de todas las facultades de administración y disposición que los estatutos no establezcan como privativos de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial a alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, sin limitaciones. El Directorio podrá delegar parte de sus facultades en los ejecutivos principales, gerentes, subgerentes o abogados de la Sociedad, en un Director, en una Comisión de Directores, y en general, en cualquier persona, sin limitaciones de ningún tipo.” “ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: El Directorio se regirá por las disposiciones que a continuación se indican y, en forma supletoria, de acuerdo a las normas legales de las sociedades anónimas cerradas que les sean aplicables, salvo lo indicado en el literal k) del presente artículo: a) El Directorio estará compuesto por tres miembros titulares y tres miembros suplentes elegidos por la Junta de Accionistas; b) Durarán tres años en sus funciones, cumplidos los cuales deberá renovarse totalmente, pudiendo ser reelegidos indefinidamente en sus funciones; c) Los Directores podrán ser remunerados por sus funciones según lo decida la Junta de Accionistas que los designe; d) Si por cualquier causa no se celebrare en la época establecida la Junta de Accionistas llamada a hacer la elección de los directores, se entenderán prorrogadas las funciones de los que hubieren cumplido su periodo hasta que se les nombre reemplazantes, y el Directorio estará obligado a convocar, dentro del plazo de treinta días, una Junta para hacer el nombramiento; e) Si se produjere la vacancia de un director, debe procederse a la renovación total del Directorio en la próxima Junta de Accionistas y, en el inter tanto, el Directorio puede nombrar un reemplazante de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley sobre Sociedades Anónimas; f) El Directorio se reunirá en sesiones ordinarias, en el lugar, días y horas que el mismo determine, debiendo celebrar por lo menos una sesión cada tres meses. Podrá reunirse en sesiones extraordinarias cuando lo cite especialmente el Presidente, por sí o a indicación de uno o más directores, previa calificación que él haga de la necesidad de la reunión, salvo que esta sea solicitada por la mayoría absoluta de los directores, caso en el cual necesariamente deberá celebrarse la reunión, sin calificación previa. En estas sesiones extraordinarias sólo podrá tratarse de los asuntos que específicamente se señalen en la convocatoria, debiendo hacerse por carta certificada despachada al domicilio de cada uno de los directores, o a lo menos, con tres días de anticipación a su celebración, plazo que puede reducirse a veinticuatro horas de anticipación, si la carta fuere entregada personalmente al director por un notario público. Podrá omitirse la convocatoria escrita, si a la sesión concurre la unanimidad de los directores; g) Las sesiones del Directorio se constituirán con la mayoría de sus miembros y los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de los directores asistentes con derecho a voto. En caso de empate no decidirá el voto de quien presida la sesión. Los acuerdos del directorio podrán llevarse a efecto una vez aprobada el acta que los contiene, lo que ocurrirá cuando así se haga en una sesión posterior o cuando el acta se encuentre firmada por todos los directores que concurrieron a la sesión respectiva, salvo las excepciones legales; h) En su primera sesión después de la Junta Ordinaria de Accionistas en que se haya efectuado su elección, el Directorio elegirá de su seno un Presidente que lo será también de la sociedad. Actuará de Secretario del Directorio el Gerente General o la persona especialmente designada para este cargo; i) Las deliberaciones y acuerdos del Directorio se escriturarán en un libro de actas por cualesquiera medios, siempre que éstos ofrezcan seguridad que no podrán hacer intercalaciones, supresiones o cualquier otra alteración que pueda afectar la fidelidad del acta, que será firmada por los directores que hubieren concurrido a la sesión. Si alguno de ellos falleciere o se imposibilitare por cualquier causa para firmar el acta correspondiente, se dejará constancia en la misma de la respectiva circunstancia o impedimento. Se entenderá aprobada el acta desde el momento de su firma, conforme a lo expresado en los incisos precedentes y desde esa fecha se podrán llevar a efecto los acuerdos a que ella se refiere. Sin perjuicio de lo indicado en el literal k), el director que quiera salvar su responsabilidad por algún acto o acuerdo del Directorio, deberá hacer constar en el acta su oposición debiendo darse cuenta de ello en la próxima Junta de Accionistas, por el que presida. El director que estimase que un acta adolece de inexactitudes u omisiones, tiene el derecho de estampar, antes de firmarla, las salvedades correspondientes; j) La Sociedad tendrá un Gerente General designado por el Directorio, que le fijará sus atribuciones y deberes. Al Gerente General le corresponderá la representación judicial de la sociedad. Todo cargo de gerente de la Sociedad es compatible con el de presidente del Directorio; k) En lo que se refiere a la responsabilidad de los directores y gerentes, por los actos y contratos que ejecuten a nombre de la Sociedad, no le serán aplicables las disposiciones contenidas en los artículos cuarenta y uno, cuarenta y cuatro, cuarenta y cinco, cuarenta y seis, cuarenta y nueve, cincuenta, ciento treinta y tres y ciento treinta y tres bis, y ciento seis, todos de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas. DIRECTORIO PROVISORIO.- El Directorio provisorio de la Sociedad estará conformado por don FERNANDO SAENZ LLORENTE, don FRANZ DANIEL NEUDORFER RETAMAL y don CARLOS FELIPE PRADO DURÁN.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepcion, junio 24 de 2022.-
公司信息
公司目的
El objeto de la Sociedad será: a) La explotación comercial de cafeterías, salones de té, fuentes de soda, restaurantes, confiterías, pastelerías, locales comerciales, u otros establecimientos dedicados al expendio de comidas y bebidas analcohólicas, tanto para consumo dentro de sus locales como fuera de los mismos; b) La elaboración, fabricación, distribución, exportación, importación, compra, venta y comercialización de todo tipo de alimentos y mercaderías tales como productos de repostería, panadería, abarrotes, o de cafetería en general y cualquier otra actividad que los accionistas determinen realizar que se relacione directa o indirectamente con los objetos aquí indicados; c) La contratación de concesiones, licencias, representaciones, marcas y/o franquicias que sean necesarias para la explotación de los objetos anteriormente descritos. Todo lo anterior sin perjuicio de ejecutar todo tipo de actos que sean necesarios al objeto social, como los demás que acuerden los accionistas.
资本
总资本
$1.000.000
实缴资本
$1.000.000
待缴资本
$0
股份
1,000
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
FRANZ DANIEL NEUDORFER RETAMAL Accionista 10.xxx.xxx-9 | 10.xxx.xxx-9 | 100% | $1.000.000 |
管理人(1)
FRANZ DANIEL NEUDORFER RETAMAL
摘要官方正文
OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Público suplente del titular, don Ramón García Carrasco, Concepción, con domicilio en calle Rengo 444 Certifico: Por escritura pública de fecha 14 de Abril de 2022, repertorio numero 3525-2022, ante mí FRANZ DANIEL NEUDORFER RETAMAL, C.I. N° 10.750.598-9, con domicilio en Ongolmo número 135, Concepción, quien constituyó una sociedad por acciones, de la cual extracto lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: “BAQUÉ LATAM SpA”. OBJETO: El objeto de la Sociedad será: a) La explotación comercial de cafeterías, salones de té, fuentes de soda, restaurantes, confiterías, pastelerías, locales comerciales, u otros establecimientos dedicados al expendio de comidas y bebidas analcohólicas, tanto para consumo dentro de sus locales como fuera de los mismos; b) La elaboración, fabricación, distribución, exportación, importación, compra, venta y comercialización de todo tipo de alimentos y mercaderías tales como productos de repostería, panadería, abarrotes, o de cafetería en general y cualquier otra actividad que los accionistas determinen realizar que se relacione directa o indirectamente con los objetos aquí indicados; c) La contratación de concesiones, licencias, representaciones, marcas y/o franquicias que sean necesarias para la explotación de los objetos anteriormente descritos. Todo lo anterior sin perjuicio de ejecutar todo tipo de actos que sean necesarios al objeto social, como los demás que acuerden los accionistas. DOMICILIO: Concepción DURACIÓN: Indefinida. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá a don FRANZ DANIEL NEUDORFER RETAMAL, en calidad de administrador estatutario con las facultades indicadas en escritura extractada. CAPITAL: El capital asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones, ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas íntegramente por FRANZ DANIEL NEUDORFER RETAMAL, en dinero en efectivo al contado. Demas estipulaciones en escritura extractada. Concepción, Abril 19 de 2022.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
BAQUE LATAM SpA
CVE 2149227
- CONSTITUCIÓN
BAQUÉ LATAM SpA
CVE 2117450
