Viña Solera Del Maule Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Legal representation (5)
FRANCISCO JAVIER FUENTES VALPUESTA
FRANCISCO JAVIER FUENTES VALPUESTA
FRANCISCO JAVIER FUENTES VALPUESTA
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FRANCISCO JAVIER FUENTES VALPUESTA
Corporate history on record
- Transfer of rights· August 27, 2016
Se otorga escritura de cesión de derechos y modificación de la sociedad
FRANCISCO JAVIER FUENTES VALPUESTA · GLORIA TORO RAMÍREZ · HELENA MAHIAS DEL RÍO · HUGO MAHIAS DEL RÍO
- Other act· August 27, 2016
Se sanea la falta de inscripción y publicación oportuna del extracto de modificación
VIÑA SOLERA DEL MAULE LIMITADA
Official extract text
PAOLA ANDREA MIRALLES RODRÍGUEZ, Abogado, Notario Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal Titular de la 2º Notaría de Santiago, Agustinas N° 1173, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio N° 64.776- 2016, comparece don FRANCISCO JAVIER FUENTES VALPUESTA, abogado, cédula de identidad N° 17.084.007-0, actuando en nombre y representación de doña GLORIA TORO RAMÍREZ, abogado, cédula de identidad para extranjeros N° 14.471.918-8 ; de doña HELENA MAHIAS DEL RÍO, médico cirujano, cédula de identidad N° 6.852.384- 2; de don HUGO MAHIAS DEL RÍO, ingeniero civil, cédula de identidad N° 4.884.440- 5; de la sociedad RÍO MANSO S.A., del giro de su denominación, rol único tributario N° 96.778.130-K; y de la sociedad AGRÍCOLA VIÑA CASAS DE LONCOMILLA LIMITADA, del giro de su denominación, rol único tributario N° 77.279.350-2, todos domiciliados para estos efectos en calle José Miguel de la Barra N° 412, oficina 5 B, de la comuna y ciudad de Santiago, saneó escritura pública de cesión de derechos y modificación de sociedad VIÑA SOLERA DEL MAULE LIMITADA, del giro de su denominación, rol único tributario N° 76.324.070-3, de fecha 27 de agosto del año 2016, otorgada ante don Gino Beneventi Alfaro, Notario Suplente de la 2° Notaría Pública de Santiago de don Francisco Jav ier Leiva Carvajal, con oficio en calle Agustinas N° 1173, bajo Repertorio N° 51.177-2016, in scrita a fojas 80.384 N° 43.378 del Registro de Comercio del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Vicio que se sanea consiste en que, por circunstancias ajenas a la voluntad de las partes, extracto de modificación no fue inscrito en el Registro de Comercio respectivo ni publicado en el Diario Oficial dentro del plazo que señala el artículo 3° de la Ley 3.918. Con escritura que se extracta se sanea vicio señalado de conformidad con disposiciones de la Ley N° 19.499. Compareciente declara expresamente que en todo lo que no hubiese sido saneado, rectificado o modificado por el instrumento extractado, los estatutos sociales contenidos en la escritura pública que se sanea, así como las demás estipulaciones del mismo instrumento, continúan plenamente vigentes, por lo que escritura extractada se entiende formar parte del instrumento que se sanea para todos los efectos legales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 03 de Noviembre del año 2016.
Corporate information
Capital
Total capital
$20.000.000
Paid-in capital
$20.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 10% | $2.000.000 |
Socio | - | 10% | $2.000.000 |
Socio 96.768.130-K | 96.768.130-K | 40% | $8.000.000 |
AGRÍCOLA VIÑA LAS CASAS DE LONCOMILLA LIMITADA Socio 77.279.350-2 | 77.279.350-2 | 40% | $8.000.000 |
Legal representation (2)
Corporate history on record
- Incorporation· December 1, 2004
Constitución de Viña Solera del Maule Limitada.
- Transfer of rights· September 1, 2010
Miguel Ángel Franco Murray cede su 10% a Helena Mahias del Río.
- Other act· October 13, 2010
Ratificación de la cesión de derechos realizada en 2010.
- Transfer of rights· August 27, 2016
Helena Mahias del Río cede el 40% de sus derechos sociales a Agrícola Viña Las Casas de Loncomilla Limitada.
Helena Mahias del Río · AGRÍCOLA VIÑA LAS CASAS DE LONCOMILLA LIMITADA
Official extract text
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular 2º Notaría de Santiago, Agustinas N° 1173, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 27 de Agosto de 2016 ante el Notario Suplente don Gino Beneventi Alfaro, GLORIA TORO RAMÍREZ, domiciliada en calle Valladolid número doscientos cuarenta y siete, comuna de La Reina; HELENA MAHIAS DEL RÍO, domiciliada en Fundo Corrales, kilometro dos, camino El Morro, comuna de San Javier, Séptima Región del Maule, y de paso en esta; y HUGO MAHIAS DEL RÍO, por sí y en representación de las sociedades RÍO MANSO S.A., rol único tributario número noventa y seis millones setecientos sesenta y ocho mil ciento treinta guión K, y AGRÍCOLA VIÑA LAS CASAS DE LONCOMILLA LIMITADA, rol único tributario número setenta y siete millones doscientos setenta y nueve mil trescientos cincuenta guión dos, domiciliados en Avenida Vicuña Mackenna número quinientos treinta guión A, comuna de Providencia, se celebró un contrato de cesión de derechos sociales y modificación de sociedad de responsabilidad limitada denominada “ Viña Solera del Maule Limitada ”, constituida por escritura pública de fecha primero de diciembre de dos mil cuatro, otorgada en la notaría pública de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, inscrita a fojas cuarenta y dos mil seiscientos sesenta, número treinta y un mil setecientos quince, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil cuatro. Esta sociedad fue modificada por escritura pública de fecha uno de septiembre de dos mil diez, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas cincuenta y siete mil cuatrocientos trece, número cuarenta mil dieciséis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil diez. Esta modificación consistió en que don Miguel Ángel Franco Murray cedió el porcentaje de participación que le corresponde en la sociedad, que equivale al diez por ciento del capital social a la socia Helena Mahias del Río. Como consecuencia de esta cesión de derechos, quedan como únicos socios don Hugo Mahias del Río con un diez por ciento del capital social, doña Helena Mahias del Río con un cuarenta por ciento del capital social, Rio Manso S.A. con un cuarenta por ciento del capital social y Gloria Toro Ramírez con un diez por ciento del capital social. Esta modificación fue complementada por escritura pública de fecha trece de octubre de dos mil diez, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas cincuenta y siete mil cuatrocientos trece número cuarenta mil dieciséis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil diez y se publicó con fecha diecinueve de noviembre de dos mil diez en el Diario Oficial. Esta complementación dice relación con la ratificación de la modificación antes indicada por parte de Hugo Mahias del Rio, por sí y en representación de Rio Manso S.A. y de doña Gloria Toro Ramírez. La modificación y cesión de derechos que extracto: Helena Mahias del Río, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al cuarenta por ciento del total del capital e interés social de Viña Solera del Documento emitido con Firma Electrónica Avanzada.- Ley Nº 19.799 - Auto acordado de la Excma Corte Suprema de Chile.- Verifique en www.notariosyconservad ores.cl 2 Maule Limitada a la sociedad AGRÍCOLA VIÑA LAS CASAS DE LONCOMILLA LIMITADA representada por don Hugo Mahias del Río, quien adquiere y acepta en este acto para su representada a título de dación en pago parcial de la compraventa del inmueble señalada en la cláusula tercera de la escritura extractada, la cual se ha celebrado con esta misma fecha en esta misma Notaría. Sólo para efectos contables las partes dejan constancia que la dación en pago de estos derechos se ha valorizado en la suma de dos millones cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos dieciocho pesos equivalentes a noventa y tres unidades de fomento. Como consecuencia de la cesión de derechos, se retira de la sociedad doña Helena Mahias del Río, quedando como únicos socios de la sociedad VIÑA SOLERA DEL MAULE LIMITADA, doña Gloria Toro Ramírez, don Hugo Mahias del Río, la sociedad Agrícola Viña Las Casas de Loncomilla Limitada, y la sociedad Río Manso S.A., quienes, en tal calidad, acuerdan modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales de la Sociedad de la siguiente forma: Se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente artículo “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: a) doña Gloria Toro Ramírez, la cantidad de dos millones de pesos, equivalente al diez por ciento del capital social; b) don Hugo Mahias del Río, la cantidad de dos millones pesos, equivalente al diez por ciento del capital social; c) Río Manso S.A., la cantidad de ocho millones de pesos, equivalente a un cuarenta por ciento del capital social; d) Agrícola Viña Las Casas de Loncomilla Limitada, la cantidad de ocho millones de pesos, equivalente a un cuarenta por ciento del capital social. El capital íntegramente enterado y pagado en dinero efectivo e ingresado en caja social, declarando la sociedad haberlo recibido a su entera y total satisfacción”. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de Octubre de 2016.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
VIÑA SOLERA DEL MAULE LIMITADA
CVE 1134351
- MODIFICACIÓN
Viña Solera del Maule Limitada
CVE 1132175
