有限責任公司77.279.350-2

Agrícola Viña Casas De Loncomilla Limitada

MODIFICACIÓN — 2016年11月11日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2016-11-11查看 PDF(CVE 1134405)

公司資料

Ltda

資本

總資本

$220.268.600

實繳資本

$220.268.600

待繳資本

$0

股東(3)

姓名持股比例

Gloria Toro Ramírez

Socio

16.664%

Hugo Mahias del Río

Socio

16.672%

Río Manso S.A.

Socio

96.768.130-K

66.664%

法定代理(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 1999年2月12日

    Constitución de Agrícola Viña Casas de Loncomilla Limitada.

  2. 資本變更· 2005年3月28日

    Se aumenta el capital social a $220.268.600 y se redefinen las participaciones de los socios.

    Hugo Mahias del Río · Helena Mahias del Río · Rio Manso S.A. · Miguel Ángel Franco Murray · Gloria Toro Ramírez

  3. 權益轉讓· 2010年9月1日

    Miguel Ángel Franco Murray cede su 10% a Helena Mahias del Río.

    Miguel Ángel Franco Murray · Helena Mahias del Río

  4. 其他行為· 2010年10月13日

    Ratificación de la cesión de derechos anterior por Hugo Mahias del Río, por sí y en representación de Río Manso S.A. y de Gloria Toro Ramírez.

    Hugo Mahias del Río · Río Manso S.A. · Gloria Toro Ramírez

  5. 權益轉讓· 2016年8月27日

    Helena Mahias del Río cede su 40% a Hugo Mahias del Río; luego Hugo Mahias del Río cede 26,664% a Río Manso S.A. y 6,664% a Gloria María Toro Ramírez.

    Helena Mahias del Río · Hugo Mahias del Río · Río Manso S.A. · Gloria María Toro Ramírez

摘要官方正文

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular 2º Notaría de Santiago, Agustinas N° 1173, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 30 de Agosto de 2016 ante mí, GLORIA TORO RAMÍREZ, domiciliada en calle Valladolid número doscientos cuarenta y siete, comuna de La Reina; y HUGO MAHIAS DEL RÍO, por sí y en representación de las sociedades RÍO MANSO S.A., rol único tributario número noventa y seis millones setecientos sesenta y ocho mil ciento treinta guión K, domiciliados en Avenida Vicuña Mackenna número quinientos treinta guión A, comuna de Providencia, se celebró un contrato de cesión de derechos sociales y modificación de sociedad de responsabilidad limitada denominada “ Agrícola Viña Casas de Loncomilla Limitada ”, constituida por escritura pública de fecha doce de febrero de mil novecientos noventa y nueve, otorgada en la Notaría Pública de La Cisterna de don Sergio Leñero González. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro, número tres mil seiscientos veintidós, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año mil novecientos noventa y nueve y publicándose con fecha veintitrés de febrero de mil novecientos noventa y nueve en el Diario Oficial. Esta sociedad fue modificada: UNO) Por escritura pública de fecha veintiocho de marzo de dos mil cinco, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas trece mil trescientos diez, número nueve mil setecientos cincuenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil cinco y se publicó con fecha veintiséis de abril de dos mil cinco en el Diario Oficial. Esta modificación consistió en el aumento del capital social de la sociedad, incrementándolo a la suma de doscientos veinte millones doscientos sesenta y ocho mil seiscientos pesos. Para tal efecto se modificó la cláusula quinta del pacto social. Los socios de la sociedad y los porcentajes de participación quedaron determinados en la siguiente forma: Hugo Mahias del Río con un diez por ciento del capital social, Helena Mahias del Río con un treinta por ciento del capital social, Rio Manso S.A. con un cuarenta por ciento del capital social, Miguel Ángel Franco Murray con un diez por ciento del capital social y Gloria Toro Ramírez con un diez por ciento del capital social. DOS) Por escritura pública de fecha uno de septiembre de dos mil diez, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas cincuenta y siete mil doscientos cincuenta y nueve, número treinta y nueve mil ochocientos noventa y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil diez y se publicó con fecha diecinueve de noviembre de dos mil diez en el Diario Oficial. Esta modificación consistió en que don Miguel Ángel Franco Murray cedió el porcentaje de participación que le corresponde en la sociedad, que equivale al diez por ciento del capital social a la socia Helena Mahias del Río. Como consecuencia de esta cesión de derechos, quedan como únicos socios don Hugo Mahias del Río con un diez por ciento del capital social, doña Helena Mahias del Río con un cuarenta por ciento del capital social, Rio Manso S.A. con un cuarenta por ciento del capital social y Gloria Toro Ramírez con un diez por ciento del capital social. Esta modificación fue complementada por escritura pública de fecha trece de octubre de dos mil diez, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas cincuenta y siete mil doscientos sesenta y uno, número treinta y nueve mil novecientos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil diez y se publicó con fecha diecinueve de noviembre de dos mil diez en el Diario Oficial. Esta complementación dice relación con la ratificación de la segunda modificación antes indicada por parte de Hugo Mahias del Rio, por sí y en representación de Rio Manso S.A. y de Gloria Toro Ramírez. TRES) Por último, por escritura pública de fecha veintisiete de agosto del presente año otorgada en esta misma Notaría, cuyo extracto se encuentra en proceso de inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y de publicación e el Diario Oficial, doña Helena Mahias del Río cedió y transfirió el total de sus derechos sociales equivalentes al cuarenta por ciento de los derechos totales de la sociedad a don Hugo Mahias del Río. Como consecuencia de esta cesión de derechos, quedan como únicos socios don Hugop Mahias del Río con un cincuenta por ciento del capital social, Río Manso S.A. con un cuarenta por ciento del capital social y Gloria María Toro Ramírez con un diez por ciento del capital social. La modificación y cesión de derechos que extracto: Hugo Mahias del Río, vende, cede y transfiere a la sociedad Río Manso S.A., la que en este acto, a través de su representante, compra, adquiere y acepta para sí, el veintiséis coma seiscientos sesenta y cuatro por ciento de los derechos sociales de Agrícola Viña Casas de Loncomilla Limitada. El precio de esta cesión de derechos es la suma de seiscientos cuarenta y nueve mil novecientos cuarenta y tres pesos, equivalentes a veinticuatro coma ocho unidades de fomento, que Río Manso S.A., paga a don Hugo Mahias del Río en este acto, al contado y en efectivo, declarando éste recibirla a su entera conformidad. Hugo Mahias del Río, vende, cede y transfiere a Gloria María Toro Ramírez, quien compra, acepta y adquiere para sí en este acto, el seis coma seiscientos sesenta y cuatro por ciento de los derechos sociales de Agrícola Viña Casas de Loncomilla Limitada. El precio de esta cesión de derechos es la suma de ciento sesenta y dos mil cuatrocientos ochenta y seis pesos, equivalentes a seis coma dos unidades de fomento, que Gloria María Toro Ramírez, paga a don Hugo Mahias del Río en este acto, al contado y en efectivo, declarando éste recibirla a su entera conformidad. Como consecuencia de la cesión de derechos, los únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA VIÑA CASAS DE LONCOMILLA LIMITADA doña Gloria Toro Ramírez, don Hugo Mahias del Río y la sociedad Río Manso S.A., quienes, en tal calidad, acuerdan modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales de la Sociedad de la siguiente forma: Se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente artículo “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de doscientos veinte millones doscientos sesenta y ocho mil seiscientos que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: a) doña Gloria Toro Ramírez, la cantidad de treinta y seis millones setecientos cinco mil quinientos sesenta pesos, equivalente al dieciséis coma seiscientos sesenta y cuatro por ciento del capital social; b) don Hugo Mahias del Río, la cantidad de treinta y seis millones setecientos veintitrés mil ciento ochenta y un pesos, equivalente al dieciséis coma seiscientos setenta y dos por ciento del capital social; c) Río Manso S.A., la cantidad de ciento cuarenta y seis millones ochocientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y nueve pesos, equivalente a un sesenta y seis como seiscientos sesenta y cuatro por ciento del capital social. El capital íntegramente enterado y pagado en dinero efectivo e ingresado en caja social, declarando la sociedad haberlo recibido a su entera y total satisfacción.”. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de Octubre de 2016.

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公司資料

Ltda
calle José Miguel de la Barra N° 412, oficina 5 B

公司目的

del giro de su denominación

摘要官方正文

PAOLA ANDREA MIRALLES RODRÍGUEZ, Abogado, Notario Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal Titular de la 2º Notaría de Santiago, Agustinas N° 1173, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio N° 64.778- 2016, comparece don FRANCISCO JAVIER FUENTES VALPUESTA, abogado, cédula de identidad N° 17.084.007-0, actuando en nombre y representación de doña GLORIA TORO RAMÍREZ, abogado, cédula de identidad para extranjeros N° 14.471.918-8 ; de doña HELENA MAHIAS DEL RÍO, médico cirujano, cédula de identidad N° 6.852.384- 2; de don HUGO MAHIAS DEL RÍO, ingeniero civil, cédula de identidad N° 4.884.440- 5; y de la sociedad RÍO MANSO S.A., del giro de su denominación, rol único tributario N° 96.778.130-K, todos domiciliados para estos efectos en calle José Miguel de la Barra N° 412, oficina 5 B, de la comuna y ciudad de Santiago, saneó escritura pública de cesión de derechos y modificación de sociedad AGRÍCOLA VIÑA CASAS DE LONCOMILLA LIMITADA, del giro de su denominación, rol único tributario N° 77.279.350-2, de fecha 27 de agosto del año 2016, otorgada ante don Gino Beneventi Alfaro, Notario Suplente de la 2° Notaría Pública de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Agustinas N° 1173, bajo Repertorio N° 51.178-2016, inscrita a fojas 80. 055 N° 43.203 del Registro de Comercio del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicada con fecha 2 de noviembre del año 2016 en el Diario Oficial. Vicio que se sanea consiste en que, por circunstancias ajenas a la voluntad de las partes, extracto de modificación no fue inscrito en el Registro de Comercio respectivo ni publicado en el Diario Oficial dentro del plazo que señala el artículo 3° de la Ley 3.918. Con escr itura que se extracta se sanea vicio señalado de conformidad con disposiciones de la Ley N° 19.499. Compareciente declara expresamente que en todo lo que no hubiese sido saneado, rectificado o modificado por el instrumento extractado, los estatutos sociales contenidos en la escritura pública que se sanea, así como las demás estipulaciones del mismo instrumento, continúan plenamente vigentes, por lo que escritura extractada se entiende formar parte del instrumento que se sanea para todos los efectos legales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 03 de Noviembre del año 2016.-

變更Diario Oficial · 2016-11-11查看 PDF(CVE 1134355)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana

法定代理(3)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2016年8月30日

    Constitución de AGRÍCOLA VIÑA CASAS DE LONCOMILLA LIMITADA

    GLORIA MARÍA TORO RAMÍREZ · HUGO MAHIAS DEL RÍO · RÍO MANSO S.A.

摘要官方正文

PAOLA ANDREA MIRALLES RODRÍGUEZ, Abogado, Notario Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal Titular de la 2º Notaría de Santiago, Agustinas N° 1173, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio N° 64.777- 2016, comparece don FRANCISCO JAVIER FUENTES VALPUESTA, abogado, cédula de identidad N° 17.084.007-0, actuando en nombre y representación de doña GLORIA MARÍA TORO RAMÍREZ, abogado, cédula de identidad para extranjeros N° 14. 471.918-8; de don HUGO MAHIAS DEL RÍO, ingeniero civil, cédula de identidad N° 4.884.440- 5; y de la sociedad RÍO MANSO S.A., del giro de su denominación, rol único tributario N° 96.778.130-K, todos domiciliados para estos efectos en calle José Miguel de la Barra N° 412, oficina 5 B, de la comuna y ciudad de Santiago, saneó escritura pública de cesión de derechos y modificación de sociedad AGRÍCOLA VIÑA CASAS DE LONCOMILLA LIMITADA, del giro de su denominación, rol único tributario N° 77. 279.350-2, de fecha 30 de agosto del año 2016, otorgada ante don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Titular de la 2° Notaría Pública de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1173, bajo Repertorio N° 52.056-2016, inscrita a fojas 80.058 N° 43.204 del Registro de Comercio del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Vicio que se sanea consiste en que, por circunstancias ajenas a la voluntad de las partes, extracto de modificación no fue publicado en el Diario Oficial dentro del plazo que señala el artículo 3° de la Ley 3.918. Con escritura que se extracta se sanea vicio señalado de conformidad con disposiciones de la Ley N° 19.499. Compareciente declara expresamente que en todo lo que no hubiese sido saneado, rectificado o modificado por el instrumento extractado, los estatutos sociales contenidos en la escritura pública que se sanea, así como las demás estipulaciones del mismo instrumento, continúan plenamente vigentes, por lo que escritura extractada se entiende formar parte del instrumento que se sanea para todos los efectos legales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 03 de Noviembre del año 2016.

變更Diario Oficial · 2016-11-02查看 PDF(CVE 1130760)

公司資料

Ltda

資本

總資本

$220.268.600

實繳資本

$220.268.600

待繳資本

$0

股東(3)

姓名持股比例

GLORIA TORO RAMÍREZ

Socio

10%

HUGO MAHIAS DEL RÍO

Socio

50%

RÍO MANSO S.A.

Socio

96.768.130-K

40%

法定代理(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 1999年2月12日

    Constitución original de la sociedad Agrícola Viña Casas de Loncomilla Limitada.

  2. 資本變更· 2005年3月28日

    Se aumenta el capital social a $220.268.600 y se redistribuyen los porcentajes entre los socios.

    HUGO MAHIAS DEL RÍO · HELENA MAHIAS DEL RÍO · RÍO MANSO S.A. · MIGUEL ÁNGEL FRANCO MURRAY · GLORIA TORO RAMÍREZ

  3. 權益轉讓· 2010年9月1日

    Miguel Ángel Franco Murray cede su 10% de participación a Helena Mahias del Río.

    MIGUEL ÁNGEL FRANCO MURRAY · HELENA MAHIAS DEL RÍO

  4. 其他行為· 2010年10月13日

    Se ratifica la segunda modificación por Hugo Mahias del Río, por sí y en representación de Río Manso S.A. y de Gloria Toro Ramírez.

    HUGO MAHIAS DEL RÍO · RÍO MANSO S.A. · GLORIA TORO RAMÍREZ

  5. 權益轉讓

    Helena Mahias del Río vende y cede la totalidad de sus derechos sociales a Hugo Mahias del Río, retirándose de la sociedad.

    HELENA MAHIAS DEL RÍO · HUGO MAHIAS DEL RÍO

  6. 股東退出

    Se retira Helena Mahias del Río de la sociedad.

    HELENA MAHIAS DEL RÍO

摘要官方正文

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular 2º Notaría de Santiago, Agustinas N° 1173, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 27 de Agosto de 2016 ante el Notario Suplente don Gino Beneventi Alfaro, GLORIA TORO RAMÍREZ, domiciliada en calle Valladolid número doscientos cuarenta y siete, comuna de La Reina; HELENA MAHIAS DEL RÍO, domiciliada en Fundo Corrales, kilometro dos, camino El Morro, comuna de San Javier, Séptima Región del Maule, y de paso en esta; y HUGO MAHIAS DEL RÍO, por sí y en representación de las sociedades RÍO MANSO S.A., rol único tributario número noventa y seis millones setecientos sesenta y ocho mil ciento treinta guión K, domiciliados en Avenida Vicuña Mackenna número quinientos treinta guión A, comuna de Providencia, se celebró un contrato de cesión de derechos sociales y modificación de sociedad de responsabilidad limitada denominada “ Agrícola Viña Casas de Loncomilla Limitada ”, constituida por escritura pública de fecha doce de febrero de mil novecientos noventa y nueve, otorgada en la Notaría Pública de La Cisterna de don Sergio Leñero González. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro, número tres mil seiscientos veintidós, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año mil novecientos noventa y nueve y publicándose con fecha veintitrés de febrero de mil novecientos noventa y nueve en el Diario Oficial. Esta sociedad fue modificada: UNO) Por escritura pública de fecha veintiocho de marzo de dos mil cinco, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas trece mil trescientos diez, número nueve mil setecientos cincuenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil cinco y se publicó con fecha veintiséis de abril de dos mil cinco en el Diario Oficial. Esta modificación consistió en el aumento del capital social de la sociedad, incrementándolo a la suma de doscientos veinte millones doscientos sesenta y ocho mil seiscientos pesos. Para tal efecto se modificó la cláusula quinta del pacto social. Los socios de la sociedad y los porcentajes de participación quedaron determinados en la siguiente forma: Hugo Mahias del Río con un diez por ciento del capital social, Helena Mahias del Río con un treinta por ciento del capital social, Rio Manso S.A. con un cuarenta por ciento del capital social, Miguel Ángel Franco Murray con un diez por ciento del capital social y Gloria Toro Ramírez con un diez por ciento del capital social. DOS) Por escritura pública de fecha uno de septiembre de dos mil diez, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas cincuenta y siete mil doscientos cincuenta y nueve, número treinta y nueve mil ochocientos noventa y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil diez y se publicó con fecha diecinueve de noviembre de dos mil diez en el Diario Oficial. Esta modificación consistió en que don Miguel Ángel Franco Murray cedió el porcentaje de participación que le corresponde en la sociedad, que equivale al diez por ciento del capital social a la socia Helena Mahias del Río. Como consecuencia de esta cesión de derechos, quedan como únicos socios don Hugo Mahias del Río con un diez por ciento del capital social, doña Helena Mahias del Río con un cuarenta por ciento del capital social, Rio Manso S.A. con un cuarenta por ciento del capital social y Gloria Toro Ramírez con un diez por ciento del capital social. Esta modificación fue complementada por escritura pública de fecha trece de octubre de dos mil diez, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas cincuenta y siete mil doscientos sesenta y uno, número treinta y nueve mil novecientos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil diez y se publicó con fecha diecinueve de noviembre de dos mil diez en el Diario Oficial. Esta complementación dice relación con la ratificación de la segunda modificación antes indicada por parte de Hugo Mahias del Rio, por sí y en representación de Rio Manso S.A. y de Gloria Toro Ramírez. La modificación y cesión de derechos que extracto: Helena Mahias del Río, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al cuarenta por ciento del total del capital e interés social de Agrícola Viña Las Casas de Loncomilla Limitada a don Hugo Mahias del Río, quien compra, adquiere y acepta en este acto. El precio de esta cesión de derechos es la suma de dos millones cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos dieciocho pesos, equivalentes a noventa y tres unidades de fomento, que don Hugo Mahias del Río paga a doña Helena Mahias del Río en este acto, al contado y en efectivo, declarando ésta recibirla a su entera conformidad.. Como consecuencia de la cesión de derechos, se retira de la sociedad doña Helena Mahias del Río, quedando como únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA VIÑA CASAS DE LONCOMILLA LIMITADA doña Gloria Toro Ramírez, don Hugo Mahias del Río y la sociedad Río Manso S.A., quienes, en tal calidad, acuerdan modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales de la Sociedad de la siguiente forma: Se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente artículo “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de doscientos veinte millones doscientos sesenta y ocho mil seiscientos pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: a) doña Gloria Toro Ramírez, la cantidad de veintidós millones setenta mil seiscientos pesos, equivalente al diez por ciento del capital social; b) don Hugo Mahias del Río, la cantidad de ciento diez millones ciento cuarenta y seis mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social; c) Río Manso S.A., la cantidad de ochenta y ocho millones cincuenta y dos mil pesos, equivalente a un cuarenta por ciento del capital social. El capital íntegramente enterado y pagado en dinero efectivo e ingresado en caja social, declarando la sociedad haberlo recibido a su entera y total satisfacción.”. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de Octubre de 2016.

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