Limited liability company

Ingeniería Eléctrica José Mancilla Limitada

CONSTITUCIÓN — Jun 23, 2018

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2018-06-23View PDF (CVE 1419097)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 5 años, prorrogable tácita, automática y sucesivamente por iguales períodos
Administration: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá al señor José Rodrigo Mancilla Mancilla, con las más amplias facultades judiciales y extrajudiciales.

Corporate purpose

Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, actividades de obras mayores y menores; ejecución de obras de construcción, ingeniería, arquitectura e ingeniería y montajes eléctricos en baja y media tensión; estudio, diseño, proyecto y ejecución de tales obras; edificación de obras nuevas, reparaciones, ampliaciones y modificación de las existentes; obras encomendadas a subcontratistas o como subcontratista y servicios de construcción en general; prestación de servicios de asesorías y consultorías de índole profesional y técnica, especialmente en ingeniería, montaje industrial, obras civiles, metalmecánica, ambientales, minería, arquitectura y planificación territorial; y todas aquellas actividades que los socios acuerden, así como cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores o los complemente.

Capital

Total capital

$5.000.000

Paid-in capital

$5.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

INMOBILIARIA E INVERSIONES JOSÉ MANCILLA SpA

Socio

76.820.634-1

80%

José Mancilla Ingeniería Eléctrica SpA

Socio

76.182.487-2

20%

Administrators (1)

José Rodrigo Mancilla Mancilla

14.xxx.xxx-9Administrador

Official extract text

CLAUDIA GALINDO LÓPEZ, Abogado, Notario Público Suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada N° 131, oficina 322, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 11/06/2018, ante mí, don José Rodrigo Mancilla Mancilla, C.I. N° 14.378.061-9, de 39 años de edad, de profesión Ingeniero Eléctrico, soltero, en representación según se acreditará de: “José Mancilla Ingeniería Eléctrica SpA”; sociedad del giro de su denominación, Rut 76.182.487-2 y de “INMOBILIARIA E INVERSIONES JOSÉ MANCILLA SpA”, Sociedad del giro de su denominación, Rut 76. 820.634-1, todos domiciliados en calle La Concepción N° 81 Of. 402, Providencia, el compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula mencionada y exponen: Los comparecientes legalmente representados, vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada, de conformidad a las disposiciones de la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, a la que serán aplicables, en forma supletoria, las disposiciones que sobre la materia establecen los Códigos Civil y de Comercio, en todo aquello que no se reglamente de un modo especial en los estatutos a que se refieren las cláusulas siguientes.- RAZÓN SOCIAL, de la sociedad será INGENIERÍA ELÉCTRICA JOSÉ MANCILLA LIMITADA, pudiendo actuar también con el nombre de fantasía de "INEMA Ltda “. DOMICILIO, El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otros puntos del país o en el extranjero. OBJETO, La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) La realización de todo tipo de obras mayores y menores. b) La ejecución por cuenta propia o ajena de toda clase de obras de construcción, ingeniería, arquitectura, ingeniería y montajes eléctricos en baja y media tensión, c) El estudio, diseño, proyecto y ejecución de tales obras. d) La actividad de ejecución comprende la edificación de obras nuevas, reparaciones, ampliaciones y modificación de las ya existentes. Además incluye las obras encomendadas a subcontratistas o como subcontratista y servicios de construcción en general. e) La prestación de servicios asesorías y consultorías de índole profesional y técnica de todo tipo y, particularmente, en las áreas de ingeniería, montaje industrial, obras civiles, metalmecánica, ambientales, minería, arquitectura y planificación territorial. Y f) Serán objetos sociales todas aquellas actividades que los socios de común acordaren, sin que la enumeración anterior sea taxativa o limitativa de las actividades futuras de la sociedad. Se deja expresa constancia que los objetos recién indicados, podrán ser desarrollados, directamente por la sociedad que en este acto se constituye o bien por intermedio de terceros, que presten servicios a ella o por asociación, participación u otra forma; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. CAPITAL El capital de la sociedad es la suma de CINCO millones de pesos que los socios aportan de la siguiente manera: a) El socio “Inmobiliaria e Inversiones José Mancilla spa”, representada por su administrador don José Rodrigo mancilla Mancilla, aporta la suma de tres millones de pesos, en este acto de contado y en dinero efectivo ya ingresado en caja social, correspondiente al ochenta por ciento de los derechos sociales y b) La sociedad “José Mancilla Ingeniería Eléctrica SpA”, representada por su Gerente General don José Rodrigo Mancilla Mancilla, aporta la suma de dos millones de pesos, en este acto de contado y en dinero efectivo ya ingresado en caja social, correspondiente al veinte por ciento de los derechos sociales.- RESPONSABILIDAD, Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- ADMINISTRACIÓN, los socios acuerdan que la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá al señor José Rodrigo Mancilla Mancilla. En uso de sus facultades, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social su firma, la representará con las más amplias facultades, tanto judicial como extrajudicialmente, pudiendo obligarla en toda clase de actos.- REPARTO DE UTILDADES Y PERDIDAS, Las utilidades y eventuales pérdidas se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aporte y porcentaje; el socio “Inmobiliaria e Inversiones José Mancilla spa” correspondiente al ochenta por ciento de los derechos sociales y b) El socio “José Mancilla Ingeniería Eléctrica SPA”, correspondiente al veinte por ciento de los derechos sociales; y a cuyo monto limitan su responsabilidad. Los socios podrán hacer retiros a cuenta de las utilidades, una vez que las hayan obtenido y siempre que lo acuerden.- DURACIÓN, tendrá una duración de cinco años, a término de los cuales de entenderá tácita, automática y sucesivamente prorrogada por iguales periodos, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio de Santiago, con anticipación, de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo periodo.- Demás estipulaciones contenidas en escritura social. Santiago, 20 de junio de 2018.-

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