Inmobiliaria E Inversiones José Mancilla Mancilla SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
empresa del giro de su denominación
Administradores (1)
JOSÉ RODRIGO MANCILLA MANCILLA
Texto oficial do extrato
Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Titular 43ª Notaría, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha de 15 de Mayo de 2024, Repertorio N*14.636-2024, ante mí, JOSÉ RODRIGO MANCILLA MANCILLA, chileno, soltero, ingeniero eléctrico, cédula de identidad número catorce millones trescientos setenta y ocho mil sesenta y uno guion nueve, domiciliado para estos efectos en Las Condes, avenida Andrés Bello dos mil setecientos setenta y siete oficina mil uno; modifica INMOBILIARIA E INVERSIONES JOSÉ MANCILLA MANCILLA SpA, empresa del giro de su denominación, rol único tributario setenta y seis millones ochocientos veinte mil seiscientos treinta y cuatro guion uno, constituida por escritura pública de fecha veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, otorgada en la notaría de Santiago de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, inscrita a fojas ochenta y ocho mil cincuenta y dos número cuarenta y siete mil sesenta y cuatro en el Registro de Comercio de Santiago, año dos mil diecisiete. Modificaciones consistieron en lo siguiente: ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRE: El nombre de la Sociedad será "INMOBILIARIA E INVERSIONES JOSÉ MANCILLA MANCILLA", pudiendo de igual forma actuar y funcionar ante cualquier institución, tanto del ámbito privado como público, dentro del territorio nacional como en el extranjero, con el nombre de fantasía “INMOBILIARIA E INVERSIONES JOSÉ MANCILLA”. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la comuna de Santiago, Región Metropolitana sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero; ARTÍCULO NOVENO: La sociedad será administrada por un Gerente General. El Gerente General será designado en estos estatutos, en los artículos transitorios. La administración se sujetará a las siguientes reglas: El Gerente General será remunerado por sus funciones y el monto correspondiente será fijado por el Directorio. En caso de no haber directorio, su remuneración será fijada por la Junta Extraordinaria de Accionistas. El Gerente General podrá delegar parte de las facultades de administración de la sociedad en terceros. FACULTADES: El Gerente General de la sociedad estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio. En lo no modificado continúan plenamente vigentes estipulaciones del pacto. Demás estipulaciones en escritura extractada, Santiago, 20 de Mayo de 2024.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES JOSÉ MANCILLA MANCILLA SpA
CVE 2500666
