Limited liability company78.737.230-9

Jardín Los Lirios Limitada

MODIFICACIÓN — May 24, 2019

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2019-05-24View PDF (CVE 1594385)

Corporate information

Ltda
Administration: La representación y la administración corresponderá, sin limitación alguna, al socio Telecomunicaciones de Chile S.A., la que la ejercerá a través de los mandatarios designados por escritura pública anotada al margen de la inscripción social.

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

TELECOMUNICACIONES DE CHILE S.A.

Socio

99%

INVERSIONES MARVE S.A.

Socio

1%

Administrators (1)

Legal representation (2)

JUAN EDUARDO IBÁÑEZ BARROS

JUAN EDUARDO IBÁÑEZ WALKER

Corporate history on record

  1. Incorporation· August 8, 1995

    Se constituye la sociedad JARDÍN LOS LIRIOS LIMITADA.

    JORGE OSVALDO IBÁÑEZ WALKER · SYLVIA MARIA CARVALLO DE SAINT QUENTIN

  2. Transfer of rights· April 5, 2019

    Jorge Osvaldo Ibáñez Walker cede el 50% de sus derechos sociales a Telecomunicaciones de Chile S.A. y Sylvia Maria Carvallo de Saint Quentin cede el 49% a Telecomunicaciones de Chile S.A. y el 1% a Inversiones Marve S.A.

    JORGE OSVALDO IBÁÑEZ WALKER · SYLVIA MARIA CARVALLO DE SAINT QUENTIN · TELECOMUNICACIONES DE CHILE S.A. · INVERSIONES MARVE S.A.

  3. Partner withdrew· April 5, 2019

    Se retiran de la sociedad Jorge Osvaldo Ibáñez Walker y Sylvia Maria Carvallo de Saint Quentin.

    JORGE OSVALDO IBÁÑEZ WALKER · SYLVIA MARIA CARVALLO DE SAINT QUENTIN

Official extract text

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, abogado, Notario Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio ubicado en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 5 de abril de 2019, Repertorio N° 10.310 del año 2019, otorgada ante el titular, don JORGE OSVALDO IBÁÑEZ WALKER, doña SYLVIA MARIA CARVALLO DE SAINT QUENTIN, ambos domiciliados para estos efectos en calle Galletué número 1.060, departamento número 402 de la comuna de Vitacura, Santiago; don JUAN EDUARDO IBÁÑEZ BARROS, en representación de TELECOMUNICACIONES DE CHILE S.A., ambos domiciliados para estos efectos en calle Rinconada El Salto número cien, Huechuraba y don JUAN EDUARDO IBÁÑEZ WALKER, en representación de INVERSIONES MARVE S.A., ambos domiciliados para estos efectos en Camino Pichilemu S/N, Palmilla, Región del Libertador Bernardo O’Higgins; quienes modificaron sociedad de responsabilidad limitada JARDÍN LOS LIRIOS LIMITADA (“Sociedad”), constituida por escritura pública de fecha 8 de agosto de 1.995, otorgada en la Notaría de don Álvaro Bianchi Rosas, inscrita a fojas 18.995 número 15.323 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1995, en el sentido de: (i) el socio don Jorge Osvaldo Ibáñez Walker vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al cincuenta por ciento de ellos, a Telecomunicaciones de Chile S.A.; y la socia doña Sylvia Carvallo de Saint Quentin, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad, cediendo el cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales a Telecomunicaciones de Chile S.A y el uno por ciento restante a Inversiones Marve S.A. Producto de la cesión de derechos se retiran de la Sociedad los socios don JORGE OSVALDO IBÁÑEZ WALKER, y doña SYLVIA MARIA CARVALLO DE SAINT QUENTIN, quedando como únicos socios de la misma, TELECOMUNICACIONES DE CHILE S.A. e INVERSIONES MARVE S.A. con una participación del 99% y 1% del capital social, respectivamente; y (ii) Como consecuencia de la cesión de derechos antes mencionada, los socios de la Sociedad acordaron modificar el Artículo Quinto y el Artículo Séptimo de los estatutos sociales por los siguientes: : (A) "Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios han aportado en las siguientes proporciones: (a) TELECOMUNICACIONES DE CHILE S.A. en un noventa y nueve por ciento íntegramente pagado en dinero a entera satisfacción de la Sociedad; y (b) INVERSIONES MARVE S.A. en un uno por ciento, íntegramente pagado en dinero a entera satisfacción de la Sociedad”.; y (B) "Artículo Séptimo: La representación y la administración de la Sociedad, así como el uso de su razón social, corresponderá, sin limitación alguna al socio Telecomunicaciones de Chile S.A., la que la ejercerá a través de los mandatarios designados por escritura pública anotada al margen de la inscripción social. En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente todas y cada una de las facultades señaladas en este Artículo Séptimo en la escritura constitutiva de la Sociedad, las que se dan por expresamente reproducidas”. Se mantienen vigentes las demás cláusulas del pacto social, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de mayo de 2019.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    JARDÍN LOS LIRIOS LIMITADA

    CVE 1594385

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)