Limited liability company78.389.250-2

Espinoza y Zegpi Limitada

MODIFICACIÓN — Feb 11, 2021

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2021-02-11View PDF (CVE 1894070)

Corporate information

Ltda
Copiapó, Atacama
Administration: conjunta e indistintamente por dos administradores, actuando de consuno para obligaciones superiores a $10.000.000

Capital

Total capital

$10.000.000

Administrators (2)

Official extract text

CARLOS MORALES GONZALEZ, Notario Suplente de la Notario Titular de la Tercera Notaría de Copiapó, doña GABY HERNÁNDEZ SOTO, con oficio en calle Colipí número 351, Copiapó, Certifico: que en esta Notaria, con fecha 27 de Enero de 2021, Repertorio 249/2021, GEORGINA EULALIA ESPINOZA MUÑOZ, por sí y en representación, de ROSA ESTER LISBOA ESCOBAR, LORETO ANDREA ZEGPI KELLER, RENATO ENRIQUE ZEGPI JARPA, MARIANNE ELSE KELLER RIQUELME, MARIA IGNACIA SANDS ESPINOZA, ANA CONCEPCION CANALES GALVEZ, ISABEL MARGARITA DE LA PAZ ESPINOZA, por otra parte, SERGIO CHIANG WONG, GILBERTO OSCAR VIGUERAS CHERRES, por sí y en representación, de GABRIELA INES VIGUERAS ZUÑIGA, finalmente, SOFIA BELEN VIGUERAS ZUÑIGA, y MARARAN SERVICIOS LIMITADA, modifican la sociedad comercial de responsabilidad limitada, “Espinoza y Zegpi Limitada”, RUT: 78.389.250-2, con un capital social de $10.000.000 e inscrita a fs. 114 Nª 96 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó año 1993. a) Modifica la administración social clausula QUINTA del pacto social, para tales efectos se establece que esta será ejercida de manera conjunta e indistintamente por GEORGINA EULALIA ESPINOZA MUÑOZ y GILBERTO OSCAR VIGUERAS CHERRES, en que ambos administradores y socios deberán actuar de consuno, esto es, de común acuerdo o en conjunto cuando la sociedad, por cualquier causa o motivo, deba asumir obligaciones superiores a $10.000.000, especialmente en la contratación de préstamos, mutuos o créditos de cualquier especie, giro de cheques o suscripción de otros instrumentos tributarios o mercantiles; b) Modifica la participación social, en el siguiente sentido; ROSA ESTER LISBOA ESCOBAR, vende, cede y transfiere a SERGIO CHIANG WONG, la totalidad de sus derechos sociales. Precio de cesión $200.000 pagado en el acto y en dinero en efectivo. LORETO ANDREA ZEGPI KELLER, vende, cede y transfiere a la sociedad comercial MARARAN SERVICIOS LIMITADA, la totalidad de sus derechos sociales. Precio de cesión $1.000.000 pagado en el acto y en dinero en efectivo. MARIANNE ELSE KELLER RIQUELME, vende, cede y transfiere a la sociedad comercial MARARAN SERVICIOS LIMITADA, la totalidad de sus derechos sociales. Precio de cesión $1.000.000 pagado en el acto y en dinero en efectivo. RENATO ENRIQUE ZEGPI JARPA, vende, cede y transfiere a la sociedad comercial MARARAN SERVICIOS LIMITADA, la totalidad de sus derechos sociales. Precio de cesión $500.000 pagado en el acto y en dinero en efectivo. En razón de la cesión únicos socios con los siguientes porcentajes de participación social: GEORGINA EULALIA ESPINOZA MUÑOZ, 4% del haber social; MARIA IGNACIA SANDS ESPINOZA, 6% del haber social; ISABEL MARGARITA DE LA PAZ ESPINOZA, 15% del haber social; ANA CONCEPCION CANALES GALVEZ, 15% del haber social; SERGIO CHIANG WONG, 10% del haber social; GILBERTO OSCAR VIGUERAS CHERRES, 5% del haber social; SOFIA BELEN VIGUERAS ZUÑIGA, 10% del haber social; GABRIELA INES VIGUERAS ZUÑIGA, 10% del haber social, y finalmente la sociedad comercial MARARAN SERVICIOS LIMITADA, el 25% del haber social. c) Se modifica la cláusula OCTAVA, del pacto social estableciéndose en los siguientes términos: Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje el negocio social se repartirán entre los socios en las siguientes proporciones: 4% para GEORGINA EULALIA ESPINOZA MUÑOZ; 6% para MARIA IGNACIA SANDS ESPINOZA; 15% para ISABEL MARGARITA DE LA PAZ ESPINOZA; 15% para ANA CONCEPCION CANALES GALVEZ; 10% para SERGIO CHIANG WONG; 5% para GILBERTO OSCAR VIGUERAS CHERRES; 10% para SOFIA BELEN VIGUERAS ZUÑIGA; 10% para GABRIELA INES VIGUERAS ZUÑIGA, y finalmente en 25% para la sociedad comercial MARARAN SERVICIOS LIMITADA. En lo no modificado se mantienen vigentes clausulas estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Copiapó, 27 de Enero de año 2021.

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