Mararan Servicios Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$3.682.683
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 97% | $3.572.203 |
Bruno Geancarlo Bergamin Robles Socio | - | 1% | $36.827 |
Socio | - | 1% | $36.827 |
Socio | - | 1% | $36.827 |
Administradores (3)
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos
Pablo Benito Arancibia Molina cede la totalidad de sus derechos sociales a Salud Providencia SpA.
- Cessão de direitos
Lucas Alberto Mardones Varela cede la totalidad de sus derechos sociales a Salud Providencia SpA.
- Cessão de direitos
Ana Beatriz Mardones Varela cede parte de sus derechos sociales a Salud Providencia SpA y a Bruno Geancarlo Bergamin Robles.
Ana Beatriz Mardones Varela · Salud Providencia SpA · Bruno Geancarlo Bergamin Robles
- Cessão de direitos
Francisco Andrés Arancibia Molina cede parte de sus derechos sociales a Salud Providencia SpA y a Nancy Elena Gallegos Aránguiz.
Francisco Andrés Arancibia Molina · Salud Providencia SpA · Nancy Elena Gallegos Aránguiz
- Cessão de direitos
María Beatriz Varela Cortés cede la mayor parte de sus derechos sociales a Salud Providencia SpA.
- Mudança de capital
Se modifica la cláusula de capital social y se fija en $3.682.683.
Salud Providencia SpA · Bruno Geancarlo Bergamin Robles · Nancy Elena Gallegos Aránguiz · María Beatriz Varela Cortés
- Mudança de administrador
La administración pasa a Bruno Geancarlo Bergamin Robles, Nancy Elena Gallegos Aránguiz y María Beatriz Varela Cortés, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos.
Bruno Geancarlo Bergamin Robles · Nancy Elena Gallegos Aránguiz · María Beatriz Varela Cortés
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior Pablo Martínez Loaiza, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con domicilio en Avenida Príncipe de Gales N°5.841, comuna de La Reina, certifico que, por escritura pública de 9 de diciembre de 2025, ante mi Suplente Rafael Corvalán Guerra, comparecen: por una parte, don PABLO BENITO ARANCIBIA MOLINA, domiciliado en Los Carrera N°281, Copiapó, Región de Atacama; don LUCAS ALBERTO MARDONES VARELA, domiciliado en Claudio Arrau N°595, Copiapó, Región de Atacama; doña ANA BEATRIZ MARDONES VARELA, domiciliada en Leonidas Pérez N°2.835, Copiapó, Región de Atacama; don FRANCISCO ANDRÉS ARANCIBIA MOLINA, domiciliado en Leonidas Pérez N°2.835, Copiapó, Región de Atacama; y doña MARÍA BEATRIZ VARELA CORTÉS, domiciliada en Claudio Arrau N°595, Copiapó, Región de Atacama; y por la otra, don BRUNO GEANCARLO BERGAMIN ROBLES; doña NANCY ELENA GALLEGOS ARÁNGUIZ; y doña MARÍA BEATRIZ VARELA CORTÉS, ya singularizada, todos por sí y en representación conjuntamente, de la sociedad SALUD PROVIDENCIA SpA, todos domiciliados para estos efectos en Claudio Arrau N°595, Copiapó, Región de Atacama; quienes modificaron la sociedad MARARAN SERVICIOS LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 76.687.312-K, inscrita a fojas 94912 número 35395 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025, en virtud de las siguientes cesiones de derechos sociales: Uno) don Pablo Benito Arancibia Molina, vende, cede y transfiere a Salud Providencia SpA, quien compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante compareciente, la totalidad de los derechos sociales que posee en la sociedad, es decir, el 30% del total de los derechos sociales, por la suma de $1.500.000.-, que el cesionario paga en el acto, al contado y en dinero efectivo; Dos) don Lucas Alberto Mardones Varela, vende, cede y transfiere a Salud Providencia SpA, quien compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante compareciente, la totalidad de los derechos sociales que posee en la sociedad, es decir, el 25% del total de los derechos sociales, por la suma de $1.250.000.-, que el cesionario paga en el acto, al contado y en dinero efectivo; Tres) doña Ana Beatriz Mardones Varela, vende, cede y transfiere a Salud Providencia SpA, quien compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante compareciente, el 80% de los derechos sociales que posee en la sociedad, es decir, el 4% del total de los derechos sociales, por la suma de $200.000.-, que el cesionario paga en el acto, al contado y en dinero efectivo; Cuatro) doña Ana Beatriz Mardones Varela, vende, cede y transfiere a don Bruno Geancarlo Bergamin Robles, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 20% de los derechos sociales que posee en la sociedad, es decir, el 1% del total de los derechos sociales, por la suma de $50.000.-, que el cesionario paga en el acto, al contado y en dinero efectivo; Cinco) don Francisco Andrés Arancibia Molina, vende, cede y transfiere a Salud Providencia SpA, quien compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante compareciente, el 80% de los derechos sociales que posee en la sociedad, es decir, el 4% del total de los derechos sociales, por la suma de $200.000.-, que el cesionario paga en el acto, al contado y en dinero efectivo; Seis) don Francisco Andrés Arancibia Molina, vende, cede y transfiere a doña Nancy Elena Gallegos Aránguiz, quien compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante compareciente, el 20% de los derechos sociales que posee en la sociedad, es decir, el 1% del total de los derechos sociales, por la suma de $50.000.-, que el cesionario paga en el acto, al contado y en dinero efectivo; Siete) doña María Beatriz Varela Cortés, vende, cede y transfiere a Salud Providencia SpA, quien compra, acepta y adquiere para sí, a través de su representante compareciente, el 97,14% de los derechos sociales que posee en la sociedad, es decir, el 34% del total de los derechos sociales, por la suma de $1.700.000.-, que el cesionario paga en el acto, al contado y en dinero efectivo. Producto de las cesiones, los socios comparecientes acuerdan modificar la cláusula de capital de la sociedad. Así, se reemplaza su texto por el siguiente: “CAPITAL SOCIAL: El capital social es la suma de $3.682.683, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: a) Salud Providencia SpA, aporta la suma de un $3.572.203, equivalentes a un 97% de los derechos sociales; b) don Bruno Geancarlo Bergamin Robles, aporta la suma de $36.827, equivalentes a 1% de los derechos sociales; c) doña Nancy Elena Gallegos Aránguiz, aporta la suma de $36.827, equivalentes a un 1% de los derechos sociales; d) doña María Beatriz Varela Cortés, aporta la suma de $36.827, equivalentes a un 1% de los derechos sociales.” Asimismo se modifica la administración, que corresponderá a don Bruno Geancarlo Bergamin Robles, doña Nancy Elena Gallegos Aránguiz y doña María Beatriz Varela Cortés, quienes deberán actuar conjuntamente dos cualesquiera de ellos. En todo lo no modificado siguen vigentes estipulaciones del pacto social, en especial a que los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 7 de enero de 2026.
Informações societárias
Capital
Capital total
$3.682.683
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 30% | $1.104.805 |
Socio | - | 25% | $920.671 |
Socio | - | 5% | $184.134 |
FRANCISCO ANDRÉS ARANCIBIA MOLINA Socio | - | 5% | $184.134 |
Socio | - | 35% | $1.288.939 |
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Titular 1° Notaría de La Reina, domiciliado en Avenida Príncipe de Gales N°5.841, comuna de La Reina, certifico que por escritura pública de 30 de octubre de 2025, repertorio N°62.874, ante mí, don PABLO BENITO ARANCIBIA MOLINA, domiciliado en Los Carrera número doscientos ochenta uno, Copiapó, Región de Atacama, don LUCAS ALBERTO MARDONES VARELA, domiciliado en Claudio Arrau número quinientos noventa y cinco, Copiapó, Región de Atacama, doña ANA BEATRIZ MARDONES VARELA, domiciliada en Leonidas Pérez número dos mil ochocientos treinta y cinco, Copiapó, Región de Atacama, don FRANCISCO ANDRÉS ARANCIBIA MOLINA, domiciliado en Leonidas Pérez número dos mil ochocientos treinta y cinco, Copiapó, Región de Atacama, y doña MARÍA BEATRIZ VARELA CORTÉS, domiciliada en Claudio Arrau número quinientos noventa y cinco, Copiapó, Región de Atacama; modificaron la sociedad “Mararan Servicios Limitada”, inscrita a fojas 94.912 número 35.395 del Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025, en la cual se adoptó el siguiente acuerdo: Dividir “Mararan Servicios Limitada” en dos sociedades, una que será ella misma, continuadora legal de la actual sociedad, con su misma personalidad jurídica y razón social, y otra sociedad que se forma a consecuencia de la división, cuya razón social será “Arabatam Servicios Limitada”. A la nueva sociedad se le asigna los activos y pasivos singularizados en la escritura que extracto y se le distribuye la parte del patrimonio social que allí se indica. Por tanto, se modifican los estatutos de “Mararan Servicios Limitada” a efectos de disminuir el capital social producto de la división, de la suma actual de $5.000.000.- a la suma de $3.682.683.- Así, se reemplaza el artículo de los estatutos sociales referente al capital, por el siguiente: “CAPITAL SOCIAL: El capital social es la suma de $3.682.683.-, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: a) Pablo Benito Arancibia Molina, aporta la suma de un $1.104.805.-, equivalentes a un 30% de los derechos sociales; b) Lucas Alberto Mardones Varela, aporta la suma de $920.671.-, equivalentes a un 25% de los derechos sociales; c) Ana Beatriz Mardones Varela, aporta la suma de $184.134.-, equivalentes a un 5% de los derechos sociales; d) Francisco Andrés Arancibia Molina, aporta la suma de $184.134.-, equivalentes a un 5% de los derechos sociales; e) María Beatriz Varela Cortés, aporta la suma de $1.288.939.-, equivalentes a un 35% de los derechos sociales.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de octubre de 2025. Pablo Martínez Loaiza. Notario Público.
Informações societárias
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
FRANCISCO ANDRÉS ARANCIBIA MOLINA Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Titular 1° Notaría de La Reina, domiciliado en Av. Príncipe de Gales N°5.841, La Reina, certifico que por escritura pública de fecha 28 de agosto de 2025, repertorio 49.550, ante mí, don PABLO BENITO ARANCIBIA MOLINA, domiciliado en Los Carrera número doscientos ochenta uno, Copiapó, Región de Atacama; don LUCAS ALBERTO MARDONES VARELA, domiciliado en Claudio Arrau número quinientos noventa y cinco, Copiapó, Región de Atacama; doña ANA BEATRIZ MARDONES VARELA, domiciliada en Leonidas Pérez número dos mil ochocientos treinta y cinco, Copiapó, Región de Atacama; don FRANCISCO ANDRÉS ARANCIBIA MOLINA, domiciliado en Leonidas Pérez número dos mil ochocientos treinta y cinco, Copiapó, Región de Atacama; doña MARÍA BEATRIZ VARELA CORTÉS, domiciliado en Claudio Arrau número quinientos noventa y cinco, Copiapó, Región de Atacama; todos de paso en esta ciudad; modificaron la sociedad “Mararan Servicios Limitada”, inscrita a fojas 202 número 117 del Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Copiapó del año 2025, en la cual se adoptó el siguiente acuerdo: modificar el domicilio de la sociedad, que actualmente corresponde a la ciudad de Copiapó, a la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Así, se reemplaza la cláusula de domicilio de los estatutos sociales por la siguiente: “DOMICILIO: El domicilio social es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de agosto de 2025. Pablo Martínez Loiza. Notario Público.
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