Emu Solar SpA
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 77.219.039-5 | 77.219.039-5 | - | - |
Accionista 59.325.310-4 | 59.325.310-4 | - | - |
Administradores (2)
Ricardo Orlando Sylvester Zapata
Ignacio Alberto Quezada Herraz
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: Que, por escritura pública de fecha 28 de marzo de 2024, repertorio N°9.453-2024, ante mí, comparecieron: /i/ OENERGY CAPITAL SpA, Rol Único Tributario N°77.219.039-5, debidamente representada por Ricardo Orlando Sylvester Zapata, cédula de identidad N°7.500.917-8, ambos domiciliados, para estos efectos, en Magdalena N°181, piso 3, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /ii/ BEE LATAM II, S.L., Rol Único Tributario N°59.325.310-4, debidamente representada por Diego Vicente Peña Diez, cédula de identidad N°15.638.175-6, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf N°150, piso 10, Las Condes, Región Metropolitana, ambas sociedades en su calidad de únicos y actuales accionistas, según el registro correspondiente que he tenido a la vista, de la sociedad EMU Solar SpA; y, /iii/ EMU SOLAR SpA, Rol Único Tributario N°77.733.269-4 (en adelante, también, la “Sociedad Absorbente”), debidamente representada por Ricardo Orlando Sylvester Zapata, ya individualizado, y por Ignacio Alberto Quezada Herraz, cédula de identidad N°17.597.505-5, todos domiciliados para estos efectos, en Magdalena N°181, piso 3, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, sociedad que actúa por sí y en su calidad de única y actual accionista, según el registro correspondiente que he tenido a la vista, de REH II SpA, Rol Único Tributario N°77.427.668-8 (en adelante, también, la “Sociedad Absorbida”), domiciliada para estos efectos, en Magdalena N°181, piso 3, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y conjuntamente denominadas como las “Partes”, acordaron, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 427 del Código de Comercio, lo siguiente: (i) Fusión por incorporación: Aprobar la fusión por incorporación de la Sociedad Absorbida en la Sociedad Absorbente (en adelante, la “Fusión”), la cual subsistirá como continuadora legal de la entidad fusionada, manteniendo su razón social, Rol Único Tributario y personalidad jurídica, de acuerdo con los términos y condiciones que se indican en la escritura pública extractada. En virtud de la Fusión, la Sociedad Absorbente, adquirió todos los activos, derechos y autorizaciones, permisos, obligaciones y pasivos de la Sociedad Absorbida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas, y en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Ley sobre Sociedades Anónimas, en lo que fuere aplicable. Por consiguiente, a contar de la fecha de la escritura pública extractada, la Sociedad Absorbente adquirió la totalidad del patrimonio y el accionista de la Sociedad Absorbida, quedando ésta última legalmente disuelta, sin necesidad de liquidación, y debiendo entenderse que su sucesora y continuadora legal es la Sociedad Absorbente, para todos los efectos legales. (ii) Aprobación de los estatutos sociales: Asimismo, las Partes dejaron constancia de que, dado que la Sociedad Absorbente es propietaria del 100% de las acciones de la Sociedad Absorbida, no será necesario llevar a cabo un canje de acciones -ni aumentar el capital social- como parte de la Fusión, y aprobaron los actuales estatutos de la Sociedad Absorbente, en su calidad de continuadora legal. (iii) Efectos de la fusión: Las Partes dejaron constancia que la Fusión producirá sus efectos a partir de la fecha de la escritura pública correspondiente, siempre y cuando un extracto de la misma sea inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces competente y publicado en el Diario Oficial, de conformidad a lo establecido en la ley. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de mayo de 2024.
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, en forma individual o en conjunto con otros, actuando por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: /i/ el desarrollo, construcción, operación, mantenimiento y explotación de proyectos de generación de electricidad en base a energías renovables no convencionales, incluyendo toda su infraestructura e instalaciones asociadas; /ii/ la transmisión de electricidad para sí o por cuenta de terceros; /iii/ la adquisición, extracción, procesamiento, transformación y comercialización de cualquier recurso, elemento o insumo necesario para la producción de electricidad o su explotación; /iv/ la venta, disposición o comercialización a cualquier título de la producción de electricidad; /v/ la prestación de todo tipo de servicios, consultorías o asesorías relacionados con el desarrollo y gestión pre operacional y operacional de proyectos de energía eléctrica; /vi/ la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, que sean necesarios o útiles para la realización del objeto social, así como la participación en cualquier clase de sociedades; y /vii/ toda actividad y operaciones que acuerden los accionistas y que sean necesarias para el cumplimiento de los negocios anteriores.
Capital
Capital total
$39.662.766.000
Capital pendiente
$39.662.766.000
Acciones
3.966.277
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
OENERGY CAPITAL SpA Accionista | - | 361.301 acc. | - |
Accionista | - | 3.604.976 acc. | - |
Texto oficial del extracto
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de abril de 2023, Repertorio N° 5432/2023, ante mí, OENERGY CAPITAL SpA en su calidad de único accionista de la sociedad “EMU SOLAR SpA”, según consta en el Registro de Accionistas tenido a la vista con esta fecha, inscrita a fojas 22.960 número 10.494, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente el año 2023 (en adelante la “Sociedad”), acordó, entre otras materias: (a) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $39.661.766.000, mediante la emisión de 3.966.177 acciones de pago, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, esto es, desde la suma de $1.000.000 pesos dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la suma de $39.662.766.000, dividido en 3.966.277 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie de igual valor y sin valor nominal. (b) Modificar y refundir los estatutos sociales en los términos que se indican a continuación: Razón social: Emu Solar SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, en forma individual o en conjunto con otros, actuando por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: /i/ el desarrollo, construcción, operación, mantenimiento y explotación de proyectos de generación de electricidad en base a energías renovables no convencionales, incluyendo toda su infraestructura e instalaciones asociadas; /ii/ la transmisión de electricidad para sí o por cuenta de terceros; /iii/ la adquisición, extracción, procesamiento, transformación y comercialización de cualquier recurso, elemento o insumo necesario para la producción de electricidad o su explotación; /iv/ la venta, disposición o comercialización a cualquier título de la producción de electricidad; /v/ la prestación de todo tipo de servicios, consultorías o asesorías relacionados con el desarrollo y gestión pre operacional y operacional de proyectos de energía eléctrica; /vi/ la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, que sean necesarios o útiles para la realización del objeto social, así como la participación en cualquier clase de sociedades; y /vii/ toda actividad y operaciones que acuerden los accionistas y que sean necesarias para el cumplimiento de los negocios anteriores. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena, pudiendo ser socia o accionista de otras sociedades y realizar todos los actos y contratos que sean necesarios para la obtención de su fin. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $39.662.766.000, dividido en 3.966.277 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se encuentra suscrito de la siguiente forma: /i/ OENERGY CAPITAL SpA, con 361.301 acciones; y /ii/ BEE LATAM II S.L., con 3.604.976 acciones. La totalidad de las acciones deberán ser pagadas a más tardar el 31 de diciembre de 2023. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de abril de 2023.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
EMU SOLAR SpA
CVE 2497901
- MODIFICACIÓN
EMU SOLAR SpA
CVE 2303850
