Almeyda Solar SpA
Diario Oficial
Official extract text
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, CERTIFICO que Por escritura pública de fecha 5 de de enero de 2021, Repertorio N° 73-2021, ante mí, James Lee Stancampiano, cédula nacional de identidad para extranjeros N° 24.158.936-6, con domicilio en Avenida Santa Rosa 76, comuna y ciudad de Santiago, en su calidad de Administrador Único y Gerente General de la sociedad Almeyda Solar SpA, RUT 76.321.458-3, (la “Sociedad”), inscrita a fojas 70.466, N° 46.495, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013, dejó constancia que, de acuerdo con lo señalado en el artículo vigésimo quinto de los estatutos de la Sociedad, Almeyda Solar SpA se ha disuelto de pleno derecho por reunirse el 100% de sus acciones por más de 10 días corridos en manos de un único accionista, situación que se verificó con fecha 1 de enero de 2021. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago 19 de enero de 2021.
Corporate information
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 76.412.562-2 | 76.412.562-2 | 5,128 sh. | - |
Legal representation (2)
Enel Chile S.A.
Official extract text
Iván Torrealba Acevedo, Abogado, Notario Público, Titular de la 33° Notaría de Santiago, Huérfanos 979 oficina 501, certifica que: Por escritura pública de fecha 24 de noviembre de 2020, Repertorio N° 22626-2020, ante mí, Enel Green Power Chile S.A. RUT 76.412.562-2 y Enel Chile S.A. RUT 76.536.353-5 ambas con domicilio en Avenida Santa Rosa 76, comuna y ciudad de Santiago, en su calidad de accionistas de Almeyda Solar SpA RUT 76.321.458-3 (la “Sociedad”), inscrita a fojas 70.466, N° 46.495, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013, acordaron entre otras materias, lo siguiente: Uno) Modificar el Artículo Vigésimo Quinto de los estatutos sociales, relativo a las causales de disolución de la Sociedad y sustituirlo por el que se transcribe a continuación: “ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO. La Sociedad se disolverá: Uno. Por acuerdo de la Junta Extraordinaria de Accionistas. Dos. Por sentencia judicial ejecutoriada en razón de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis, antes mencionada o de otras leyes. Tres. Por reunirse todas las acciones en manos de una sola persona por un periodo ininterrumpido que exceda de diez días. Si la sociedad se disolviere por reunirse las acciones en manos de una sola persona, no será necesaria la liquidación, produciéndose la incorporación de la totalidad de su patrimonio en dicha persona.”. Se acordó que la modificación del Artículo Vigésimo Quinto entrara en vigencia el día 21 de diciembre de 2020. Dos) Enel Chile S.A., por medio de su representante, vende, cede y transfiere a Enel Green Power Chile S.A., la que, por medio de su representante, compra, adquiere y acepta para sí, las acciones representativas de la totalidad de la participación social de Enel Chile S.A. en Almeyda Solar SpA, las cuales corresponden a 5.128 acciones que representan el 0,027692% del total de las acciones de la Sociedad. En virtud de la cesión de acciones, se retira Enel Chile S.A. como accionista, quedando como único accionista de la Sociedad, Enel Green Power Chile S.A.. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 09 de diciembre de 2020.
Recent filings
- DISOLUCIÓN
ALMEYDA SOLAR SpA
CVE 1884465
- MODIFICACIÓN
Almeyda Solar SpA
CVE 1866207
