有限责任公司

Vargas Sandoval E Hijos Limitada

CONSTITUCIÓN — 2022年7月30日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2022-07-30查看 PDF(CVE 2165422)

公司信息

Ltda
Peñalolén, Región Metropolitana
期限: tres años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social
管理方式: Administración, representación y uso razón social corresponderá a doña YESCICA DEL CARMEN VARGAS CUEVAS y a don JIMMY ANDRES SANDOVAL VARGAS conjunta, separada e indistintamente

公司目的

El objeto de la sociedad será: a) La elaboración, fabricación, almacenamiento, venta, distribución, comercialización al por mayor y menor, importación y exportación, por cuenta propia o de terceros, ya sea presencialmente o a través de internet, de toda clase de productos hechos de hojalata y otros materiales metálicos, nacionales y extranjeros, tales como, y sin que la presente enunciación se entienda como taxativa: tubos, canaletas, ductos, forros, campanas, y en general, cualquier otro producto hechos de hojalata b) la compra, venta, arriendo, administración, explotación, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles e inmuebles y productos para la industria en general; en especial productos hechos de hojalata. c) La importación, exportación, distribución y comercialización de productos relacionados con los puntos anteriores; d) La participación en organismos, instituciones, foros y grupos de estudio, de carácter académico, empresarial o de cualquier otra clase, relacionados directa o indirectamente, con las áreas de los productos hechos de hojalata; e) En general, la realización de cualquier otra actividad que el socio o los socios acuerden.

资本

总资本

$3.000.000

实缴资本

$3.000.000

待缴资本

$0

股东(3)

姓名持股比例

YESCICA DEL CARMEN VARGAS CUEVAS

Socio

11.xxx.xxx-2

35%

EZEQUIEL ALEXANDER SANDOVAL VARGAS

Socio

21.xxx.xxx-k

30%

JIMMY ANDRES SANDOVAL VARGAS

Socio

16.xxx.xxx-4

35%

管理人(2)

YESCICA DEL CARMEN VARGAS CUEVAS

11.xxx.xxx-2Administrador

JIMMY ANDRES SANDOVAL VARGAS

16.xxx.xxx-4Administrador

摘要官方正文

PABLO GABRIEL DIAZ MANDIOLA, Abogado, Notario Público y Archivero Judicial Suplente del Titular de San Miguel don CLAUDIO RAFAEL BARRENA EYZAGUIRRE, conforme a decreto número ciento treinta y tres guion dos mil veintidós, de la Ilustre Corte de Apelaciones de San Miguel, con Oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número dos mil quinientos setenta y dos], certifico que: Por escritura del dia de hoy, ante mí: doña YESCICA DEL CARMEN VARGAS CUEVAS, chilena, viuda, secretaría, cédula nacional de identidad número once millones ciento tres mil cuatrocientos sesenta y siete guión dos, con domicilio en Mar Interior, número tres mil quinientos noventa y siete, comuna de Peñalolén; don EZEQUIEL ALEXANDER SANDOVAL VARGAS, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad número veintiún millones cuatrocientos dieciséis mil ochenta y dos guión K, con domicilio en Mar Interior, número tres mil quinientos noventa y siete, comuna de Peñalolén; y don JIMMY ANDRES SANDOVAL VARGAS, chileno, casado, profesor de educación física, cédula de identidad número dieciséis millones seiscientos ochenta y tres mil trescientos doce guión cuatro,con domiciliado en calle camino de la Naturaleza numero seis mil trescientos veintisiete, comuna de La Florida, vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: “VARGAS SANDOVAL E HIJOS LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “VARGAS SANDOVAL E HIJOS LTDA.”, que la obligará misma manera que razón social. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La elaboración, fabricación, almacenamiento, venta, distribución, comercialización al por mayor y menor, importación y exportación, por cuenta propia o de terceros, ya sea presencialmente o a través de internet, de toda clase de productos hechos de hojalata y otros materiales metálicos, nacionales y extranjeros, tales como, y sin que la presente enunciación se entienda como taxativa: tubos, canaletas, ductos, forros, campanas, y en general, cualquier otro producto hechos de hojalata b) la compra, venta, arriendo, administración, explotación, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles e inmuebles y productos para la industria en general; en especial productos hechos de hojalata. c) La importación, exportación, distribución y comercialización de productos relacionados con los puntos anteriores; d) La participación en organismos, instituciones, foros y grupos de estudio, de carácter académico, empresarial o de cualquier otra clase, relacionados directa o indirectamente, con las áreas de los productos hechos de hojalata; e) En general, la realización de cualquier otra actividad que el socio o los socios acuerden. Administración, representación y uso razón social corresponderá a doña YESCICA DEL CARMEN VARGAS CUEVAS y a don JIMMY ANDRES SANDOVAL VARGA conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de tres millones de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) doña YESCICA DEL CARMEN VARGAS CUEVAS, la cantidad de un millón doscientos cincuenta mil pesos que corresponde al treinta y cinco por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; b) don EZEQUIEL ALEXANDER SANDOVAL VARGAS, la cantidad de quinientos mil pesos que corresponde al treinta por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, c) don JIMMY ANDRES SANDOVAL VARGAS, la cantidad de un millón doscientos cincuenta mil pesos que corresponde al treinta y cinco por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: tres años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En San Miguel a 20 de julio de 2022.-

最近登记事项

  1. CONSTITUCIÓN

    VARGAS SANDOVAL E HIJOS LIMITADA

    CVE 2165422

公司关系

公司人物Diario Oficial