Tripan Antu SpA
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El objeto de la sociedad será el estudio y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, tales como la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles, su explotación, administración y percepción de frutos; inversión en bienes muebles corporales de toda clase, tales como bonos, acciones, derechos, títulos de crédito, debentures, y en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos, la gestión de corretaje de propiedades, adquirir a cualquier título terrenos para la realización de loteos y obras de urbanización; por cuenta propia o ajena, adquisición, promoción, construcción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, la adquisición de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, los loteos y urbanizaciones de terrenos, la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto y, también, las adquisiciones, mantención y/o arriendo de vehículos de carga y de transporte; las urbanizaciones y construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que deriven o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la administración, construcción y/o venta de inmuebles, su refacción y/o ampliación o demolición; incluyendo la adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras, la construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior, que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales.
资本
总资本
$3.000.000
实缴资本
$3.000.000
待缴资本
$0
股份
3,000
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 15.xxx.xxx-0 | 15.xxx.xxx-0 | 34% | $1.020.000 |
Accionista 17.xxx.xxx-1 | 17.xxx.xxx-1 | 33% | $990.000 |
Accionista 16.xxx.xxx-9 | 16.xxx.xxx-9 | 33% | $990.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, titular 43ª Notaria, Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: por escritura con fecha 21/04/2022, ante mí, don RODRIGO ALBERTO PEÑA AXT, chileno, casado, empresario, rut 15.102.895-0; doña VANIA IVONNE GRICELL PEÑA AXT, chilena, soltera, empresaria, rut 17.136.467-1; y doña JISSELLA ZAYDEE PEÑA AXT, chilena, casada, Licenciada en Educación, rut 16.253.381-9, todos con domicilio en población Manuel Rodríguez, Pje. Til Til N° 681, Rancagua; constituyen sociedad por acciones al tenor de lo prescrito por la ley Nº 20.192 y los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, en los siguientes términos: NOMBRE: El nombre de la sociedad será “TRIPAN ANTU SpA”, - DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencia y/o sucursales en el país o extranjero.- DURACION: Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será el estudio y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, tales como la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles, su explotación, administración y percepción de frutos; inversión en bienes muebles corporales de toda clase, tales como bonos, acciones, derechos, títulos de crédito, debentures, y en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos, la gestión de corretaje de propiedades, adquirir a cualquier título terrenos para la realización de loteos y obras de urbanización; por cuenta propia o ajena, adquisición, promoción, construcción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, la adquisición de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, los loteos y urbanizaciones de terrenos, la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto y, también, las adquisiciones, mantención y/o arriendo de vehículos de carga y de transporte; las urbanizaciones y construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que deriven o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la administración, construcción y/o venta de inmuebles, su refacción y/o ampliación o demolición; incluyendo la adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras, la construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior, que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales.- CAPITAL: $3.000.000, que son aportados de la siguiente forma por los socios: A) Don RODRIGO ALBERTO PEÑA AXT, aporta $1.020.000.- la suma de un millón veinte mil pesos, divididos en mil veinte acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en este acto, los que equivalen al 34% de los derechos sociales. B) Doña VANIA IVONNE GRICELL PEÑA AXT, aporta $990.000.- divididos en novecientas noventa acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en este acto, los que equivalen al 33% de los derechos sociales; y C) Doña JISSELLA ZAYDEE PEÑA AXT, aporta $990.000.- divididos en novecientas noventa acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en este acto, los que equivalen al 33% de los derechos sociales.- Administración: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don RODRIGO ALBERTO PEÑA AXT, con todas y cada una de las facultades que constan en escritura de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de abril de 2022.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
TRIPAN ANTU SpA
CVE 2119099
