Transporte San Damián E.I.R.L.
Diario Oficial
公司信息
公司目的
sea directamente por sí o a través de otras personas, y ya sea por cuenta propia o ajena, lo siguiente: 1) el transporte y flete ya sea terrestre aéreo o marítimo tanto de personas como de todo tipo de mercaderías maquinarias y vehículos; 2) la adquisición venta y arrendamiento de todo tipo de maquinarias y vehículos, 3) sin perjuicio de cualquier otra actividad que la constituyente establezca. Para el cumplimiento de su objeto, la E.I.R.L podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o complementarios o destinados directa o indirectamente al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la E.I.R.L, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socio comanditario o gestor en éstas últimas, anónimas o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que tengan relación con el objeto social.
资本
总资本
$1.000.000
实缴资本
$1.000.000
待缴资本
$0
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Titular 22.xxx.xxx-8 | 22.xxx.xxx-8 | 100% | $1.000.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público titular, 27ª Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 09 de marzo de 2022, Repertorio Nº 3009/2022, otorgada ante mí, comparece: doña Bernardita Victoria Velozo Cerda, chilena, factor de comercio, casada en régimen de sociedad conyugal y actuando conforme las normas del patrimonio reservado del artículo ciento cincuenta del Código Civil, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos noventa y tres mil setecientos ochenta y cinco guión k; don Cristóbal Hernán Galleguillos Velozo, chileno publicista, soltero, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos treinta y ocho mil ochocientos setenta y seis guion nueve, ambos con domicilio en calle Guampilla número mil ochocientos cuarenta y ocho, comuna de Las Condes, ambos como “vendedores”; y doña Paola Magalli Martínez Baca, chilena, factor de comercio, casada en régimen de separación total de bienes, rut veintidós millones doscientos cincuenta y nueve mil trescientos treinta y dos guión ocho, con domicilio en Calle Lota dos mil doscientos sesenta y siete, oficina trescientos tres, comuna de Providencia, como “compradora”, modificando la sociedad de responsabilidad limitada “Transporte San Damián” y transformandola a “Transporte San Damián Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”, doña Bernardita Victoria Velozo Cerda, vende, cede y transfiere a doña Paola Magalli Martínez Baca, el noventa y ocho porciento de sus derechos sociales de la empresa; que el precio de venta es la suma de novecientos ochenta mil pesos que la compradora paga en este acto; y a su vez don Cristóbal Hernán Galleguillos Velozo, vende, cede y transfiere a doña Paola Magalli Martínez Baca, el dos porciento de sus derechos sociales de la empresa, que el precio de venta es la suma de veinte mil pesos que la compradora paga en este acto. Quedando en consecuencia doña Paola Magalli Martínez Baca, como titular y dueña del cien porciento de los derechos sociales de la empresa “Transporte San Damián Ltda.” Que habiéndose reunido el cien porciento de las acciones en la empresa en doña Paola Magalli Martínez Baca, está viene en transformar la sociedad “Transportes San Damián Limitada” a una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, la que se denominará “Transporte San Damián E.I.R.L.”, limitada al monte de su aporte, domicilio la ciudad de Santiago, razón social: “Transporte San Damián E.I.R.L.”, objeto: sea directamente por sí o a través de otras personas, y ya sea por cuenta propia o ajena, lo siguiente: 1) el transporte y flete ya sea terrestre aéreo o marítimo tanto de personas como de todo tipo de mercaderías maquinarias y vehículos; 2) la adquisición venta y arrendamiento de todo tipo de maquinarias y vehículos, 3) sin perjuicio de cualquier otra actividad que la constituyente establezca. Para el cumplimiento de su objeto, la E.I.R.L podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o complementarios o destinados directa o indirectamente al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la E.I.R.L, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socio comanditario o gestor en éstas últimas, anónimas o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que tengan relación con el objeto social. Administración y uso de la razón social corresponderá a don Luis Rodrigo Nazar Velozo, debiendo anteponer a su firma la razón social. Capital: un millón de pesos que se aporte en forma integra en el acto de la constitución. Duración: indefinida. Demás estipulaciones en ella. En Santiago, 22 de marzo de 2022.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
Transporte San Damián E.I.R.L.
CVE 2112484
