股份公司

Sociedad Santiago Fashion Week SpA

CONSTITUCIÓN — 2017年2月3日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2017-02-03查看 PDF(CVE 1178214)

公司信息

SpA
Santiago, Región Metropolitana
期限: indefinida
管理方式: gerente general

公司目的

La realización de eventos de todo tipo, en especial en torno a la “Semana de la moda de Santiago”, o “Santiago Fashion Week”, concepto estético y comercial permanente cuyo objetivo es desarrollar un cluster de servicios relacionados con dicha marca, en todo el territorio nacional y el extranjero, en alianzas con diseñadores de vestuario, casas comerciales, estilitas, maquilladores, productos de cafetería y bares, academias de modelo, fiestas en discotecas, entre otros, y su divulación en la amplia línea de comunicaciones de Televisión, Radio, prensa escrita y redes sociales; b) La compra, venta, admnistración y explotación para fines de comercialización, inversión y renta de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, así como la percepción de las rentas, regalías, y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; c) La representación de empresas nacionales y extranjeras; d) La compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento, administración, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; e) La promoción, organización, desarrollo y participación en todo tipo de negocios y, f) venta al por menor de todo tipo de accesorios, vestimentas, y en general artículos de vestir o joyería; o cualquier tipo de productos relacionados con la moda y la estética de las personas; g) La prestación de servicios y asesorías en materias relacionadas con los objetos antes señalados, especialmente en las áreas económicas, financiera, educativas y gerencial.

资本

总资本

$44.000.000

实缴资本

$44.000.000

待缴资本

$0

股份

10,000

股东(2)

姓名持股比例

INVERSIONES EL ARRAYAN SpA

Accionista

76.525.644-5

50%

MARCELO JUSTINIANO MENDIZABAL TERRAZAS

Accionista

10.xxx.xxx-3

50%

法定代理(1)

CRISTIAN DANIEL PRINGLES

22.xxx.xxx-1代表 INVERSIONES EL ARRAYAN SpA76.525.644-5

摘要官方正文

JUAN SANTIAGO TREUER MOYA, notario público titular de la cuarta notaria de Antofagasta, con oficio en calle Almirante Juan José Latorre N°2441 certifica que Por escritura de fecha 16 de Enero del 2017, ante mí, Don MARCELO JUSTINIANO MENDIZABAL TERRAZAS, chileno, casado en régimen de separación de bienes, ingeniero, domiciliado en la ciudad y comuna de Santiago, calle Miraflores 590 oficina 7 piso 4, cédula nacional de identidad número diez millones ciento noventa y cinco mil ciento cuarenta y uno guión tres; Don CRISTIAN DANIEL PRINGLES, argentino, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número veintidós millones doscientos ochenta y tres mil doscientos sesenta y nueve guion uno, actuando en nombre y representación de INVERSIONES EL ARRAYAN SpA, sociedad comercial, rol único tributario setenta y seis millones quinientos veinticinco mil seiscientos cuarenta y cuatro guion cinco, ambos domiciliados en calle Miraflores 590 oficina 7 piso 4, comuna y ciudad de Santiago, todos mayores de edad, quienes constituyen Sociedad por Acciones cuya RAZÓN SOCIAL es “SOCIEDAD SANTIAGO FASHION WEEK SpA” y su nombre de fantasía es “FASHION WEEK SpA”; “SFW SpA”; y/o “FW SpA” DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y sucursales en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La realización de eventos de todo tipo, en especial en torno a la “Semana de la moda de Santiago”, o “Santiago Fashion Week”, concepto estético y comercial permanente cuyo objetivo es desarrollar un cluster de servicios relacionados con dicha marca, en todo el territorio nacional y el extranjero, en alianzas con diseñadores de vestuario, casas comerciales, estilitas, maquilladores, productos de cafetería y bares, academias de modelo, fiestas en discotecas, entre otros, y su divulación en la amplia línea de comunicaciones de Televisión, Radio, prensa escrita y redes sociales; b) La compra, venta, admnistración y explotación para fines de comercialización, inversión y renta de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, así como la percepción de las rentas, regalías, y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; c) La representación de empresas nacionales y extranjeras; d) La compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento, administración, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; e) La promoción, organización, desarrollo y participación en todo tipo de negocios y, f) venta al por menor de todo tipo de accesorios, vestimentas, y en general artículos de vestir o joyería; o cualquier tipo de productos relacionados con la moda y la estética de las personas; g) La prestación de servicios y asesorías en materias relacionadas con los objetos antes señalados, especialmente en las áreas económicas, financiera, educativas y gerencial. CAPITAL: El capital de la sociedad, asciende a la suma de $44.000.000 de pesos.- dividido en 10.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se entera y paga de la forma expresada en las disposiciones transitorias del estatuto social. Los aumentos o disminución de capital serán acordados por el setenta por ciento (70%) de los accionistas con derecho a voto. El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de dos años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento respectivo, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. El capital queda suscrito y pagado de la siguiente forma: a) INVERSIONES EL ARRAYAN SpA, paga la cantidad de $22.000.000.- de pesos, correspondientes a 5.000 mil acciones, y que se pagarán como sigue: Aporta en propiedad a la nueva sociedad para su titularidad, la totalidad de la marca SANTIAGO FASHION WEEK, inscrita en el Registro de Marcas del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, en las clase número 38, letra c, registro número 1103451, y clase número cuarenta y uno, letra c, registro número 1103449, marca que es valorizada de común acuerdo por los accionistas en el valor ya señalado de veintidós millones de pesos y cuya materialización de la anotación transferencia ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial deberá realizarse en un plazo de sesenta días hábiles contados desde la firma de la presente escritura. En consecuencia le corresponde una participación de un cincuenta por ciento de la sociedad (50%) y se da por suscrito y pagado la totalidad del capital correspondiente a la empresa INVERSIONES EL ARRAYAN SpA; don MARCELO JUSTINIANO MENDIZABAL TERRAZAS, aporta la cantidad de $22.000.000 de pesos, y suscribe y paga en su totalidad la cantidad de acciones correspondiente a 5.000 mil acciones, que paga en este acto. EL USO DE LA RAZÓN Y ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad será ejercida por un gerente general, que podrá ser una persona natural o jurídica, accionista o no, designado por los accionistas o autodesignado en el caso que proceda, mediante: a) acuerdo adoptado en Junta de Accionista por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto; b) escritura pública suscrita por a lo menos el noventa por ciento (70%) de los mismos o; c) escritura pública de declaración unilateral de autodesignación de gerente general cuando la sociedad esté compuesta por un solo accionista. UTILIDADES, PÉRDIDAS Y RETIROS: Las utilidades se repartirán entre él o los accionistas en la forma que acuerde la Junta de Accionistas cada año o en su defecto, se repartirá de manera uniforme por cada acción. Se podrá destinar las utilidades sea por completo o parcialmente a la formación de los fondos que decida. La junta de Accionistas sólo podrá acordar la distribución de dividendos si no hubiere pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores. La Junta, aún en tal evento, no estará obligada a repartir dividendos. No existirá la obligación de repartir dividendos mínimos. La distribución de dividendos, que es competencia de la Junta de Accionistas, será de manera igualitaria y uniforme para cada acción. Si nada dice la Junta de Accionistas o si no existe una política de dividendos del año anterior, se repartirán anualmente el cien por ciento de las utilidades líquidas de manera igualitaria, las pérdidas será asumidas por él o los socios en proporción a su participación en la sociedad. DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida.- Antofagasta, 1 de Febrero de 2017.-

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