Sociedad Médica San Vicente SpA
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La atención médica de pacientes particulares, o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas, en las especialidades de cirugía general, cirugía cabeza y cuello, cirugía plástica, cirugía digestiva, cirugía vascular, procedimientos y cirugías no invasivas, hematología clínica, medicina general, medicina interna, oncología y radiología, reumatología, traumatología y ortopedia y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. La construcción, instalación y funcionamiento de clínicas médicas por cuenta propia o ajena y otros establecimientos asistenciales en clínicas para atención de pacientes internos, externos y de terceros: administración y dirección económica, técnica y médica de establecimientos relacionados con la medicina dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científicas; realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; realizar exámenes de laboratorio, farmacología, análisis, radiología; uso, compraventa, importación y exportación de instrumentos, artefactos, aparatos y máquinas médicas de toda clase; en general, realizar cualquiera actuación propia de la medicina y de la enfermería de hoy y del futuro, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. La prestación de servicios profesionales médicos, ejecución de procedimientos quirúrgicos, procedimientos de enfermería en las diversas áreas y materias afines a la ciencia médica y salud pública, comprendiendo las auditorías clínicas y la realización de cualquier otra actividad profesional conexa o derivada de la principal; tanto en clínicas, centros médicos, como en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del fondo nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Al efecto la sociedad podrá comprar, arrendar, en todas sus formas, vender, equipos técnicos profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social. Podrá, asimismo, comprar, vender, o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios; importación y exportación de todas clase de bienes, sean corporales muebles e inmuebles o incorporales; inclusive la importación de medicamentos, otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por terceros y, en general, cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área de la salud y medicina. La sociedad podrá impartir capacitaciones y asesoría legal médica destinada a la protección legal de los funcionarios profesionales y técnicos del área de la salud pública o privada.
资本
总资本
$10.000.000
实缴资本
$10.000.000
待缴资本
$0
股份
5,000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 13.xxx.xxx-k | 13.xxx.xxx-k | 90% | $9.000.000 |
Pilar de Lourdes González Araneda Accionista 8.xxx.xxx-0 | 8.xxx.xxx-0 | 10% | $1.000.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público titular de la 49º Notaria, Amunategui 73, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy ante mí Comparece: doña SOLEDAD DAMARI PALMA GONZÁLEZ, chilena, casada con régimen de separación total de bienes, médico cirujano, cédula nacional de identidad número trece millones novecientos noventa mil quinientos trece guión K, domiciliada para estos efectos en Coventry número mil novecientos treinta y cuatro departamento trescientos diez torre A, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y doña PILAR DE LOURDES GONZÁLEZ ARANEDA, chilena, casada, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 8.485.260-0, domiciliada en Coventry número mil novecientos treinta y cuatro departamento trescientos diez torre A, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Las comparecientes vienen en constituir una sociedad por acciones de acuerdo al párrafo ocho Título VII del libro II del Código de Comercio, artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis del mismo cuerpo legal, que se regirá por los estatutos y supletoriamente por lo dispuesto en las leyes vigentes, especialmente la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y su reglamento. NOMBRE: El nombre o razón social de la sociedad será “SOCIEDAD MÉDICA SAN VICENTE SpA” OBJETO: El objeto de la sociedad será el siguiente: La atención médica de pacientes particulares, o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas, en las especialidades de cirugía general, cirugía cabeza y cuello, cirugía plástica, cirugía digestiva, cirugía vascular, procedimientos y cirugías no invasivas, hematología clínica, medicina general, medicina interna, oncología y radiología, reumatología, traumatología y ortopedia y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. La construcción, instalación y funcionamiento de clínicas médicas por cuenta propia o ajena y otros establecimientos asistenciales en clínicas para atención de pacientes internos, externos y de terceros: administración y dirección económica, técnica y médica de establecimientos relacionados con la medicina dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científicas; realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; realizar exámenes de laboratorio, farmacología, análisis, radiología; uso, compraventa, importación y exportación de instrumentos, artefactos, aparatos y máquinas médicas de toda clase; en general, realizar cualquiera actuación propia de la medicina y de la enfermería de hoy y del futuro, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. La prestación de servicios profesionales médicos, ejecución de procedimientos quirúrgicos, procedimientos de enfermería en las diversas áreas y materias afines a la ciencia médica y salud pública, comprendiendo las auditorías clínicas y la realización de cualquier otra actividad profesional conexa o derivada de la principal; tanto en clínicas, centros médicos, como en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del fondo nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Al efecto la sociedad podrá comprar, arrendar, en todas sus formas, vender, equipos técnicos profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social. Podrá, asimismo, comprar, vender, o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios; importación y exportación de todas clase de bienes, sean corporales muebles e inmuebles o incorporales; inclusive la importación de medicamentos, otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por terceros y, en general, cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área de la salud y medicina. La sociedad podrá impartir capacitaciones y asesoría legal médica destinada a la protección legal de los funcionarios profesionales y técnicos del área de la salud pública o privada. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.- (Diez millones de pesos), dividido en cinco mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal. Este capital es aportado de la siguiente manera, doña Soledad Damarí Palma González, aporta cinco millones de pesos en dinero efectivo, ya enterado en la caja social; y la suma de cuatro millones de pesos que se aportará en trabajo consistente en el aporte de su trabajo profesional como médico cirujano, permanente y de jornada completa, que se obliga a prestar a la sociedad, mientras ésta esté vigente al respecto, el cual se valora en dicha cantidad, que se entiende aportado en este acto y doña Pilar de Lourdes González Araneda, aporta un millón de pesos equivalente y avaluado en capital de trabajo relacionado con atención a clientes, publicidad, funciones administrativas y secretariado para la realización de todas las actividades que desarrolle la sociedad. DURACIÓN: La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovables tácitamente por cinco años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo periodo. Administración: Doña Soledad Damarí Palma González, con amplias facultades indicadas en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO 19 DE ABRIL 2022.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD MÉDICA SAN VICENTE SpA
CVE 2117759
