Sociedad Kinesiológica De Diego Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
prestación de servicios de kinesiología para el mantenimiento de la capacidad fisiológica de los individuos y la prevención de sus alteraciones, como también para recuperación y rehabilitación psicomotora mediante la aplicación de técnicas y procedimientos de naturaleza física, bajo indicación médica como prestar servicios de capacitación y docencia en dicha disciplina con realización de charlas, cursos, diplomados y evaluaciones específicas de individuos sanos o lesionados, tales como evaluaciones físicas y funcionales ya sea de la marcha, antropométricas, fisiológicas o de cualquier otra índole, pudiendo celebrar todos los actos y contratos y negociaciones que tengan relación directa e indirecta con los rubros y actividades mencionadas precedentemente; La realización de todas aquellas actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal; y en general cualquier otra actividad vinculada al objeto señalado.
资本
总资本
$40.000.000
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Claudia Roschna Rivera Espinosa Socio 9.xxx.xxx-7 | 9.xxx.xxx-7 | 7% | $7.000.000 |
Socio 14.xxx.xxx-0 | 14.xxx.xxx-0 | 1% | $1.000.000 |
Socio 9.xxx.xxx-8 | 9.xxx.xxx-8 | 92% | $32.000.000 |
管理人(3)
Claudia Roschna Rivera Espinosa
法定代理(1)
摘要官方正文
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica que por escritura pública hoy ante mí, Repertorio N° 614, María Elena de Diego González, Chilena, separada judicialmente y separada de bienes, Kinesióloga, C.I. número 9.638.566-8, domiciliada para éstos efectos en calle Hamburgo número 1883, Departamento 308, Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, y doña Claudia Roschna Rivera Espinosa, comerciante, C.I. número 9.982.309-7, domiciliada en Santa Rosa de Huara 31-C Alto Molle, comuna de Alto Hospicio, Región de Tarapacá, de paso en ésta, y don ANDRÉS FRANCISCO REYES PONCE, chileno, casado, Factor de comercio, C.I. número catorce millones cuatrocientos treinta y dos mil diecinueve guion cero, representado en este acto por doña María Elena de Diego González, C.I. 9.638.566-8, ya individualizada, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “Sociedad Kinesiológica De Diego Limitada”. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar ante cualquier persona natural o jurídica, inclusive con los bancos y servicio de impuestos internos, con el nombre de fantasía de “Inversiones Cápital Ltda.”. Domicilio: Santiago. Objeto: prestación de servicios de kinesiología para el mantenimiento de la capacidad fisiológica de los individuos y la prevención de sus alteraciones, como también para recuperación y rehabilitación psicomotora mediante la aplicación de técnicas y procedimientos de naturaleza física, bajo indicación médica como prestar servicios de capacitación y docencia en dicha disciplina con realización de charlas, cursos, diplomados y evaluaciones específicas de individuos sanos o lesionados, tales como evaluaciones físicas y funcionales ya sea de la marcha, antropométricas, fisiológicas o de cualquier otra índole, pudiendo celebrar todos los actos y contratos y negociaciones que tengan relación directa e indirecta con los rubros y actividades mencionadas precedentemente; La realización de todas aquellas actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal; y en general cualquier otra actividad vinculada al objeto señalado. Capital: CUARENTA MILLONES DE PESOS, que se aporta en la siguiente forma: a) doña Claudia Roschna Rivera Espinosa, ya individualizada, se obliga a aportar la suma de 7 millones y paga dos millones de pesos al contado y el saldo de 5 millones de pesos, en el plazo de dos años, las cuales representan y son equivalentes al siete por ciento del capital social y sus derechos.- b) Don ANDRÉS FRANCISCO REYES PONCE, ya individualizado y debidamente representado, aporta y paga en este acto a través de su representante, la suma de un millón de pesos, correspondiente al uno por ciento del capital social y sus derechos y Doña María Elena de Diego González, suscribe y paga, por sí, en este acto, el noventa y dos por ciento del capital social, mediante el aporte, en propiedad a la sociedad, del siguiente bien raíz, a saber: mediante el aporte del dominio del inmueble departamento número b 2416, del vigésimo cuarto piso, del condominio evolución, etapa I, torre B con acceso principal calle Tarapacá Nº 876, comuna de Santiago, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número 4.581, 4581-A al 4.581-Ñ, siendo dueña además de los derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno que deslinda: NORTE: en línea de aproximadamente 56,70 metros con calle Tarapacá y el línea de 0,28 metros con calle Serrano; SUR: en línea de 62,40 metros antes doña Jesús Novoa e Isabel ascensión hoy Federación de Sub Oficiales en retiro; ORIENTE: En línea semi recta de 49,70 metros con doña Carmen León y varios vecinos; NOR PONIENTE: en ochavo de 4 metros con intersección de calles Tarapacá y Serrano; PONIENTE: en líneas de 30,70 metros y 16, 40 metros aproximadamente con calle Serrano. Lo adquirió por compra a la inmobiliaria Paz S.A. de este domicilio según escritura de fecha 30 de diciembre del año 2014, otorgada en la notaria de esta ciudad de don Patricio Zaldívar Mackenna, repertorio número 19.688 del año 2014, el titulo a nombre de la socia que aporta se encuentra inscrito a fojas 12.143, número 17.934 del registro de propiedad del conservador de Santiago del año 2015. el titulo anterior se encuentra inscrito a fojas 22.130 número 33.482 del año 2012; Rol de avalúo 477-966 comuna de Santiago. - El antes referido inmueble se avalúa, para efecto del presente aporte, en la suma de treinta y dos millones pesos. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha del pacto social, y tendrá una duración indefinida.- Administración y uso de razón social: La administración, la representación y el uso de la razón social recaerá conjuntamente sobre los tres socios ya individualizados, con amplias facultades y solo limitada en la forma establecidas en los estatutos. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Se faculta a portador de copia del presente extracto para requerir inscripción y publicación. San Miguel, 2 de febrero de 2018.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
Sociedad Kinesiológica De Diego Limitada
CVE 1356362
