有限责任公司

Sociedad Inversiones Zeleno&blau Limitada

CONSTITUCIÓN — 2022年11月18日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2022-11-18查看 PDF(CVE 2219363)

公司信息

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de un año
管理方式: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a cualquiera de los socios, indistintamente, quienes, actuando por la sociedad, en forma separada, conjunta o alternada y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades.

公司目的

La inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven.

资本

总资本

$20.000.000

实缴资本

$20.000.000

待缴资本

$0

股东(2)

姓名持股比例

KATHERYNE ANDREA GUERRERO OLMOS

Socio

16.xxx.xxx-8

50%

MIRKO JOEL KOVACEVIC GALLARDO

Socio

16.xxx.xxx-5

50%

管理人(2)

KATHERYNE ANDREA GUERRERO OLMOS

16.xxx.xxx-8Administrador

MIRKO JOEL KOVACEVIC GALLARDO

16.xxx.xxx-5Administrador

摘要官方正文

LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, abogado, Notario Público Titular Vigésimo Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Apoquindo número 4990, Las Condes, Santiago, CERTIFICO:- Por escritura pública otorgada hoy, ante mí, comparecen Doña KATHERYNE ANDREA GUERRERO OLMOS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, Médico cirujano, domiciliada en Calle Travesía el Coloso Número 03464, Antofagasta Cédula de identidad y Rol Único Tributario número 16.437.227-8 y; don MIRKO JOEL KOVACEVIC GALLARDO, chileno, casada y separada totalmente de bienes, Tecnólogo Médico, domiciliado en Calle Travesía el Coloso Número 03464, Antofagasta Cédula de identidad y Rol Único Tributario número 16.435.441-5, mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas mencionadas y exponen; PRIMERO. Por el presente instrumento, los comparecientes constituyen una sociedad de inversiones de Responsabilidad Limitada, de conformidad con las prescripciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, de catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y su modificatoria de la Ley número seis mil ciento cincuenta y seis, teniendo, además, presentes las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato. SEGUNDO. El objeto de la Sociedad será la inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven. TERCERO. El nombre de la Sociedad y su razón social será “SOCIEDAD INVERSIONES ZELENO&BLAU LIMITADA”. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de "ZELENO&BLAU LTDA.". CUARTO. La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias u oficinas que establezca dentro del país o en el extranjero. QUINTO. La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a cualquiera de los socios estos son doña Katheryne Andrea Guerrero Olmos o don Mirko Joel Kovacevic Gallardo, indistintamente, quienes, actuando por la sociedad, en forma separada, conjunta o alternada y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, demás estipulaciones están en la escritura pública de constitución. SEXTO. CAPITAL El capital social es la suma de 20.000.000 de pesos, aportados por los socios en partes iguales de 10.000.000 pesos, que enteran en este mismo acto a la caja social, en dinero efectivo. SEPTIMO. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta concurrencia del monto de sus respectivos aportes. OCTAVO DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES: Las utilidades y/o pérdidas que se produzcan se distribuirán entre los socios al porcentaje que le corresponda conforme a sus respectivos aportes. NOVENO: RETIROS: Cada socio podrá retirar mensualmente una suma de dinero a cuenta de utilidades que será determinada de común acuerdo. No obstante, tales retiros se harán una vez pagadas las obligaciones pendientes, tales como impuestos y gastos fijos, hechos los cálculos y provisiones necesarias para cubrir las obligaciones que devenguen o venzan antes del próximo retiro. DÉCIMO. La sociedad practicará balance general e inventario el día treinta y uno de diciembre de cada año. UNDÉCIMO. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de un año. DUODÉCIMO. En caso de disolución de la sociedad que tiene la calidad de socia, incapacidad, insolvencia o cualquier otra situación que afecte la libre disposición de los bienes de un socio o de la sociedad, la presente sociedad no se disolverá y el socio afectado, continuará siendo representado por quien corresponda en derecho, con sus mismas utilidades, porcentaje que se calculará, según corresponda la situación anual de la empresa. En caso de fallecimiento de cuales quiera de los socios, la sociedad continuará con el sobreviviente y con los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar, durante el período de indivisión, entre los miembros de la sucesión, un procurador común para actuar en la sociedad, mandatario que no tendrá facultades de administración ni podrá usar de la razón social. La administración de la sociedad y el uso de la razón social quedará radicada desde la fecha del fallecimiento, en el socio sobreviviente, con las mismas facultades indicadas en la cláusula quinta. DÉCIMO TERCERO. ARBITRAJE: Cualquier dificultad que se suscite entre los socios, o entre éstos y la sucesión del socio fallecido o su representante ante la sociedad, sea durante la vigencia de ésta, sea durante o con motivo de su disolución o liquidación, anticipada o no, con respecto a los negocios sociales o la aplicación, interpretación o ejecución del presente contrato y de sus estipulaciones, será resuelta por un árbitro arbitrador, breve y sumariamente, en única instancia y sin forma de juicio, oyendo a las partes, sin ulterior recurso al efecto. DÉCIMO CUARTO. LIQUIDACIÓN: Disuelta la sociedad por cualquier causa, la liquidación y división del haber social será practicada por los socios o sus herederos de común acuerdo; a falta de acuerdo, la persona que, a petición de cualquiera de los interesados, designe el Juez Letrado de Mayor Cuantía en lo Civil de Turno de Antofagasta. Demás estipulaciones están en la escritura pública de constitución. Santiago 16 noviembre de 2022.-

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  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD INVERSIONES ZELENO&BLAU LIMITADA

    CVE 2219363

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