Sociedad Inmobiliaria Vargas Y Obreque Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
COMPRA, VENTA Y ALQUILER (EXCEPTO AMOBLADOS) DE INMUEBLES, ALQUILER DE BIENES INMUEBLES AMOBLADOS O CON EQUIPOS Y MAQUINARIAS, SERVICIOS IMPUTADOS DE ALQUILER DE VIVIENDAS; y cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal
资本
总资本
$100.000.000
实缴资本
$30.000.000
待缴资本
$70.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
MARÍA PILAR DE LAS MERCEDES OBREQUE BRIONES Socio 7.xxx.xxx-4 | 7.xxx.xxx-4 | 50% | $50.000.000 |
Socio 16.xxx.xxx-2 | 16.xxx.xxx-2 | 50% | $50.000.000 |
管理人(2)
MARÍA PILAR DE LAS MERCEDES OBREQUE BRIONES
摘要官方正文
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Los Angeles, Caupolicán 355, Los Angeles, Certifico: Por escritura pública, REP. 2688-2022, hoy ante mí; doña MARÍA PILAR DE LAS MERCEDES OBREQUE BRIONES, chilena, cirujano dentista, divorciada, según se acreditará, cédula de identidad número siete millones cuatrocientos mil quinientos sesenta y dos mil guion cuatro, domiciliada en Ernesto Stark número seiscientos cuarenta y uno, de la comuna de Los Ángeles y don IVAN ANDRES VARGAS OBREQUE, chileno, profesor, soltero, cédula de identidad número 16.155.528-2 domiciliado en Avenida Vicuña Mackenna número 365, de la comuna de Los Ángeles; Los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas ya anotadas, y exponen: PRIMERO: Del nombre y razón social: Del nombre y razón social: Será “SOCIEDAD INMOBILIARIA VARGAS Y OBREQUE LIMITADA”. Sin embargo la sociedad y/o los socios podrá funcionar ante todo organismo o autoridad e incluso ante los Bancos y con capacidad para obligarla, bajo el nombre de Fantasía de “INMOBILIARIA PRIMATERRRA LTDA.”.- SEGUNDO: Del objeto social: Será: a) COMPRA, VENTA Y ALQUILER (EXCEPTO AMOBLADOS) DE INMUEBLES, b) ALQUILER DE BIENES INMUEBLES AMOBLADOS O CON EQUIPOS Y MAQUINARIAS, c) SERVICIOS IMPUTADOS DE ALQUILER DE VIVIENDAS; y d) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.- TERCERO: Del domicilio social: Será la comuna de Los Ángeles, Región del Biobío, sin perjuicio de abrir sucursales en cualquier lugar del país o en el extranjero.- CUARTO: De la Administración y uso de la razón social: Corresponderá a los socios doña MARÍA PILAR DE LAS MERCEDES OBREQUE BRIONES y a don IVAN ANDRES VARGAS OBREQUE indistintamente, quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará con las más amplias facultades de administración, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos.- QUINTO: Del capital: El Capital social asciende a la suma de cien millones de pesos, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: UNO) La socia doña MARÍA PILAR DE LAS MERCEDES OBREQUE BRIONES, con la suma de cincuenta millones de pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de veinticinco millones de pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) con la suma de veinticinco millones de pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran dentro del plazo de diez años; y DOS) El socio don IVAN ANDRES VARGAS OBREQUE, con la suma de cincuenta millones de pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de cinco millones de pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) con la suma de cuarenta y cinco millones de pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran dentro del plazo de diez años. El socio podrá cumplir su obligación de enterar el aporte a que se ha comprometido, mediante el pago de dinero o aporte en dominio o usufructo de toda clase de bienes muebles o raíces corporales o incorporales como también capitalizando utilidades que le correspondan en la sociedad.- SEXTO: De las utilidades y pérdidas.- Se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes.- SÉPTIMO: Del plazo y renovación automática: La sociedad se pacta por un plazo de diez años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de diez años, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de un año al vencimiento del período respectivo o de la prórroga que estuviera vigente.- OCTAVO: De la responsabilidad.- Los socios declaran que su responsabilidad personal en las deudas sociales quedan limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Los Angeles, 24 de mayo de 2022.-
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD INMOBILIARIA VARGAS Y OBREQUE LIMITADA
CVE 2135955
