Sociedad Inmobiliaria Lazken SpA
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Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de Noviembre de 2019, repertorio número 4493/2019, ante mí, doña Mónica Alicia Wilhelm Neumann, por sí y en representación de Fuad Elías Lazcani Solar, de Nicolás Raggi Lazcani Wilhelm, de la Sociedad Distribuidora y de Servicios Angelmó Limitada, de Felipe Antonio Lazcani Wilhelm, de Sebastián Elías Lazcani Wilhelm y, de Juan Pablo Lazcani Wilhelm, todos domiciliados en Teatinos 251, oficina 901, Santiago, rectificó y complementó el Artículo Primero de la escritura de constitución de fecha catorce de Agosto dos mil diecinueve, saneada por escritura pública de fecha nueve de Octubre de dos mil diecinueve, ambas otorgadas en esta notaria, de SOCIEDAD INMOBILIARIA LAZKEN SpA o Inmobiliaria Lazken SpA, en el sentido que el nombre de la sociedad es SOCIEDAD INMOBILIARIA LAZKEN SpA, pudiendo usar el nombre de fantasía Inmobiliaria Lazken SpA.- En consecuencia el Artículo Primero, quedó con el siguiente texto: “El nombre de la sociedad será SOCIEDAD INMOBILIARIA LAZKEN SpA, pudiendo usar el nombre de fantasía Inmobiliaria Lazken SpA, que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento nueve, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil”. Otras cláusulas en escritura extractada.- Puerto Varas, 30 de Noviembre de 2019.-
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Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura pública de 9 de octubre de 2019, ante mí, Mónica Alicia Wilhelm Neumann, por sí y por Fuad Elias Lazcani Solar, Nicolás Raggi Lazcani Wilhelm, Sociedad Distribuidora y de Servicios Angelmó Limitada, Felipe Antonio Lazcani Wilhelm, Sebastián Elías Lazcani Wilhelm y, Juan Pablo Lazcani Wilhelm, todos con domicilio en Teatinos 251, oficina 901, Santiago, sanearon constitución de SOCIEDAD INMOBILIARIA LAZKEN SpA, también “Inmobiliaria Lazken SpA”, escritura de 14 de agosto de 2019, esta notaría, por falta de inscripción oportuna del extracto correspondiente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 11 de octubre de 2019.
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公司目的
a) La compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, inversión, importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, adquisición de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles y cualquier tipo de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio; pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título; b) La prestación de servicios agrícolas, forestales, ganaderos o pecuarios en general; c) La explotación de predios agrícolas en general, sea a cuenta propia o ajena; d) La explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares, Pub, cafetería, eventos, salones de baile y ramos similares, en predios propios o ajenos y todo lo relacionado con dichas actividades, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la presentación de espectáculos y toda otra actividad conexa o relacionada, y en general ejecutar actos comerciales de estos giros o de cualquier otro ramo que la socio acuerde, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos; y, e) Y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden.
资本
总资本
$700.000.000
实缴资本
$70.000.000
待缴资本
$630.000.000
股份
1,400
股东(7)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 14.285714285714286% | $100.000.000 |
Accionista | - | 14.285714285714286% | $100.000.000 |
Accionista | - | 14.285714285714286% | $100.000.000 |
Sociedad Distribuidora y de Servicios Angelmó Limitada Accionista | - | 14.285714285714286% | $100.000.000 |
Felipe Antonio Lazcani Wilhelm Accionista | - | 14.285714285714286% | $100.000.000 |
Sebastián Elías Lazcani Wilhelm Accionista | - | 14.285714285714286% | $100.000.000 |
Accionista | - | 14.285714285714286% | $100.000.000 |
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Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura pública de 14 de agosto de 2019, ante mí, Fuad Elias Lazcani Solar; Mónica Alicia Wilhelm Neumann; Nicolás Raggi Lazcani Wilhelm; Sociedad Distribuidora y de Servicios Angelmó Limitada; Felipe Antonio Lazcani Wilhelm; Sebastián Elías Lazcani Wilhelm; y, Juan Pablo Lazcani Wilhelm, todos con domicilio en Teatinos 251, oficina 901, Santiago, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: SOCIEDAD INMOBILIARIA LAZKEN SpA o Inmobiliaria Lazken SpA .- Domicilio: Santiago. Objeto: a) La compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, inversión, importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, adquisición de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles y cualquier tipo de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio; pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título; b) La prestación de servicios agrícolas, forestales, ganaderos o pecunarios en general; c) La explotación de predios agrícolas en general, sea a cuenta propia o ajena; d) La explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares, Pub, cafetería, eventos, salones de baile y ramos similares, en predios propios o ajenos y todo lo relacionado con dichas actividades, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la presentación de espectáculos y toda otra actividad conexa o relacionada, y en general ejecutar actos comerciales de estos giros o de cualquier otro ramo que la socio acuerde, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos; y, e) Y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden. Capital: $700.000.000.-, dividido en 1.400 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal ni privilegios, que se suscriben, enteran, y pagan por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: a) Fuad Elias Lazcani Solar, suscribe en este acto doscientas acciones las que pagará de la siguiente manera: Uno) Con la suma de cinco millones pesos al contado, en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social, equivalente a diez acciones; y, Dos) El resto, o sea noventa y cinco millones de pesos, dentro del plazo de ciento veinte meses a contar de esta fecha; b) Mónica Alicia Wilhelm Neumann, suscribe en este acto doscientas acciones las que pagará de la siguiente manera: Uno) Con la suma de cinco millones pesos al contado, en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social, equivalente a diez acciones; y, Dos) El resto, o sea noventa y cinco millones de pesos, dentro del plazo de ciento veinte meses a contar de esta fecha; c) Nicolás Raggi Lazcani Wilhelm, suscribe en este acto doscientas acciones las que pagará de la siguiente manera: Uno) Con la suma de cinco millones pesos al contado, en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social, equivalente a diez acciones; y, Dos) El resto, o sea noventa y cinco millones de pesos, dentro del plazo de ciento veinte meses a contar de esta fecha; d) Sociedad Distribuidora y de Servicios Angelmó Limitada, suscribe en este acto doscientas acciones las que pagará de la siguiente manera: Uno) Aportando en dominio a la sociedad en este acto por un valor de treinta y ocho millones de pesos, equivalente a setenta y seis acciones el resto no transferido del inmueble rural ubicado en las Quemas Blancas, comuna de Calbuco, de una superficie original de noventa y nueve coma cincuenta hectáreas y los siguientes deslindes especiales: Norte, en dos parcialidades de mil ciento quince metros con Julio Sandoval y cien metros; Sur, en tres parcialidades de cien metros con otros propietarios, en doscientos ocho metros y quinientos metros con Antonio Segundo Flores Ortega; Oriente, en cinco parcialidades y camino vecinal interior, de quinientos metros, trescientos sesenta metros, cuatrocientos cinco metros con Dagoberto Mansilla Hernández, en doscientos veinte metros con José Aguilar y en ocho metros con frente de camino vecinal: y Poniente, en cinco parcialidades de ciento cinco coma cuarenta y un metros, cuatrocientos cincuenta y cuatro coma noventa y ocho metros, cuatrocientos metros con camino a Calbuco, en doscientos cincuenta metros con otros propietarios y en ocho metros con frente de camino vecinal. Adquirió esta propiedad por compra a Agrícola y Forestal La Fisca Limitada, mediante escritura pública de compraventa de fecha siete de Diciembre del año dos mil nueve, otorgada en la Notaría de Calbuco de don Alejandro Bernardo Soto Vera. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas setecientos tres número setecientos tres del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Calbuco correspondiente al año dos mil nueve. El rol de avalúo del predio matriz es el quinientos treinta y cinco guión diecinueve, de la comuna de Calbuco. Esta propiedad se aporta como especie o cuerpo cierto, con todos sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, activas y pasivas, libre de gravámenes, hipotecas, embargos y prohibiciones, respondiendo la sociedad aportante del saneamiento y la evicción en conformidad a la ley. y, Dos) El resto, o sea sesenta y dos millones de pesos, dentro del plazo de ciento veinte meses a contar de esta fecha; e) Felipe Antonio Lazcani Wilhelm, suscribe en este acto doscientas acciones las que pagará de la siguiente manera: Uno) Con la suma de cinco millones pesos al contado, en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social, equivalente a diez acciones; y, Dos) El resto, o sea noventa y cinco millones de pesos, dentro del plazo de ciento veinte meses a contar de esta fecha; f) Sebastián Elías Lazcani Wilhelm, suscribe en este acto doscientas acciones las que pagará de la siguiente manera: Uno) Con la suma de cinco millones pesos al contado, en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social, equivalente a diez acciones; y, Dos) El resto, o sea noventa y cinco millones de pesos, dentro del plazo de ciento veinte meses a contar de esta fecha; y, g) Juan Pablo Lazcani Wilhelm, suscribe en este acto doscientas acciones las que pagará de la siguiente manera: Uno) Con la suma de cinco millones pesos al contado, en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social, equivalente a diez acciones; y, Dos) El resto, o sea noventa y cinco millones de pesos, dentro del plazo de ciento veinte meses a contar de esta fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 22 de agosto de 2019.
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