有限责任公司

Sociedad Inmobiliaria Alyale Limitada

CONSTITUCIÓN — 2023年7月17日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2023-07-17查看 PDF(CVE 2345511)

公司信息

Ltda
Quillota, Valparaíso
期限: diez años renovables tácita y sucesivamente, por periodos iguales de diez años
管理方式: La administración y el uso de la razón social, como asimismo la representación judicial y extrajudicial corresponderá a cualquiera de los socios quienes deberán actuar conjuntamente dos de cualquiera de los socios antes mencionados, de esta forma obligarán y representarán a la sociedad anteponiendo la razón social a sus firmas.

公司目的

El objeto de la sociedad será, la explotación agrícola, comercial, industrial o de cualquier otra forma de bienes inmuebles, tanto agrícolas como urbanos, sean propios o de terceros, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes al giro señalado, o que se relacionen directamente con éstos.

资本

总资本

$145.000.000

股东(3)

姓名持股比例

ABRAHAM ALEXI ZETT URZÚA

Socio

8.xxx.xxx-k

20%

LEILA SORAYA ZETT URZÚA

Socio

12.xxx.xxx-1

30%

JAZMÍN SOLANGE ZETT URZÚA

Socio

7.xxx.xxx-k

50%

管理人(3)

ABRAHAM ALEXI ZETT URZÚA

8.xxx.xxx-kAdministrador

LEILA SORAYA ZETT URZÚA

12.xxx.xxx-1Administrador

JAZMÍN SOLANGE ZETT URZÚA

7.xxx.xxx-kAdministrador

摘要官方正文

JULIO JORGE ABUYERES JADUE, Notario Púbico Quillota, Pudeto N°398, certifica: por escritura pública de fecha 16 de Junio de 2023, ante mí, repertorio N°1120-2023.- don ABRAHAM ALEXI ZETT URZÚA, cédula de identidad Nº 8.103.978-K, domiciliado en calle Pudeto Nº 248, comuna de Quillota; doña LEILA SORAYA ZETT URZÚA, cédula de identidad Nº 12.173.137-1, domiciliada en calle Hans Behn Nº 118, Villa Los Ilustres de La Cruz, comuna de La Cruz, y doña JAZMÍN SOLANGE ZETT URZÚA, cédula de identidad Nº 7.878.234-K, domiciliada en Avenida Adrián Nº 126, Artificio, comuna de La Calera, constituyeron una sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: SOCIEDAD INMOBILIARIA ALYALE LIMITADA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía ante todo tipo de personas, incluido el Banco Estado de Chile con el nombre de SOCIEDAD INMOBILIARIA ALYALE LTDA. Domicilio: Comuna de Quillota, Región de Valparaíso, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el extranjero o en otro lugar del país. Objeto: El objeto de la sociedad será, la explotación agrícola, comercial, industrial o de cualquier otra forma de bienes inmuebles, tanto agrícolas como urbanos, sean propios o de terceros, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes al giro señalado, o que se relacionen directamente con éstos. Administración: La administración y el uso de la razón social, como asimismo la representación judicial y extrajudicial corresponderá a cualquiera de los socios don ABRAHAM ALEXI ZETT URZÚA, doña LEILA SORAYA ZETT URZÚA y doña JAZMÍN SOLANGE ZETT URZÚA quienes deberán actuar conjuntamente dos de cualquiera de los socios antes mencionados, de esta forma obligarán y representarán a la sociedad anteponiendo la razón social a sus firmas. Capital: El capital de la sociedad será la suma de ciento cuarenta y cinco millones de pesos, que se aporta de la siguiente manera: I.- Don ABRAHAM ALEXI ZETT URZÚA, aporta la suma de veintinueve millones de pesos, equivalente al veinte por ciento de los derechos sociales, cantidad que paga en este acto mediante el aporte en dominio de los derechos que le corresponde en los inmuebles denominados Lote Uno y Dos de la división de la propiedad ubicada en Artificio, Comuna de La Calera, calle Adrián ciento veintiséis, inscrito a fojas mil ciento noventa y uno vuelta número mil ochenta y cinco del Registro de Propiedad del año dos mil once, y a fojas ciento ochenta y cuatro vuelta número ciento cincuenta y cuatro del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho, ambas a cargo del Conservador de Bienes Raíces de La Calera, cuyos deslindes y superficie se individualizan en la cláusula décimo tercero, letras a) y b) del referido instrumento. Los referidos derechos se avalúan de la siguiente manera: a) Veintidós millones de pesos por los derechos que le corresponden en el Lote uno de la división de la propiedad ubicada en Artificio, Comuna de La Calera, calle Adrián ciento veintiséis, se deja constancia que al referido socio le corresponde un tercio de los derechos sobre el referido inmueble y, b) Siete millones de pesos por los derechos que le corresponden en el Lote Dos de la división de la propiedad ubicada en Artificio, Comuna de La Calera, calle Adrián ciento veintiséis, se deja constancia que al referido socio le corresponde un tercio de los derechos sobre el referido inmueble. II.- Doña LEILA SORAYA ZETT URZÚA, aporta la suma de cuarenta y tres millones quinientos mil pesos, equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales, cantidad que paga en este acto y pagará mediante: Uno) El aporte en dominio de los derechos que le corresponden en los inmuebles denominados Lote Uno y Dos de la división de la propiedad ubicada en Artificio, Comuna de La Calera, calle Adrián ciento veintiséis, inscrito a fojas mil ciento noventa y uno vuelta número mil ochenta y cinco del Registro de Propiedad del año dos mil once, y a fojas ciento ochenta y cuatro vuelta número ciento cincuenta y cuatro del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho, ambas a cargo del Conservador de Bienes Raíces de La Calera, cuyos deslindes y superficie se individualizan en la cláusula décimo tercero, letras a) y b) del referido instrumento. Los referidos derechos se avalúan de la siguiente manera: a) Veintidós millones de pesos por los derechos que le corresponden en el Lote uno de la división de la propiedad ubicada en Artificio, Comuna de La Calera, calle Adrián ciento veintiséis, se deja constancia que a la referida socia le corresponde un tercio de los derechos sobre el referido inmueble y, b) Siete millones de pesos por los derechos que le corresponden en el Lote Dos de la división de la propiedad ubicada en Artificio, Comuna de La Calera, calle Adrián ciento veintiséis, se deja constancia que a la referida socia le corresponde un tercio de los derechos sobre el referido inmueble. Dos) Mediante el aporte en dominio de catorce millones quinientos mil pesos, de los cuales se enteran en este acto e ingresan a la caja social, la suma de siete millones quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo; y con la suma de siete millones de pesos que la socia se obliga a pagar en diferentes cuotas dentro del plazo de diez años contados desde esta fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran. III. Doña JAZMÍN SOLANGE ZETT URZÚA, aporta la suma de setenta y dos millones quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, cantidad que paga en este acto y pagará de la siguiente forma: Uno) Mediante el aporte en dominio de los derechos que le corresponden en los inmuebles denominados Lote Uno y Dos de la división de la propiedad ubicada en Artificio, Comuna de La Calera, calle Adrián ciento veintiséis, inscrito a fojas mil ciento noventa y uno vuelta número mil ochenta y cinco del Registro de Propiedad del año dos mil once, y a fojas ciento ochenta y cuatro vuelta número ciento cincuenta y cuatro del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho, ambas a cargo del Conservador de Bienes Raíces de La Calera, cuyos deslindes y superficie se individualizan en la cláusula décimo tercero, letras a) y b) del referido instrumento. Los referidos derechos se avalúan de la siguiente manera: a) Veintidós millones de pesos por los derechos que le corresponden en el Lote uno de la división de la propiedad ubicada en Artificio, Comuna de La Calera, calle Adrián ciento veintiséis, se deja constancia que a la referida socia le corresponde un tercio de los derechos sobre el referido inmueble y, b) Siete millones de pesos por los derechos que le corresponden en el Lote Dos de la división de la propiedad ubicada en Artificio, Comuna de La Calera, calle Adrián ciento veintiséis, se deja constancia que a la referida socia le corresponde un tercio de los derechos sobre el referido inmueble. Dos) Mediante el aporte en dominio del inmueble denominado Lote Tres de la división de la propiedad ubicada en Artificio, Comuna de La Calera, calle Adrián ciento veintiséis, inscrito a su nombre a fojas mil ochocientos setenta y dos vuelta número mil cuatrocientos cuarenta y uno del Registro de Propiedad del año dos mil ocho a cargo del Conservador de Bienes Raíces de La Calera, cuyos deslindes y superficie se individualizan en la cláusula décimo tercero, letra c) del referido instrumento, inmueble que se avalúa en la suma de veintinueve millones de pesos. Tres) Mediante el aporte en dominio de catorce millones quinientos mil pesos, de los cuales se enteran en este acto e ingresan a la caja social, la suma de siete millones quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo; y con la suma de siete millones de pesos que la socia se obliga a pagar en diferentes cuotas dentro del plazo de diez años contados desde esta fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad empezará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de diez años renovables tácita y sucesivamente, por periodos iguales de diez años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviese en curso mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos sesenta días hábiles antes del fin del respectivo periodo. Los socios podrán acordar el término anticipado de la sociedad de común acuerdo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Quillota, 14 de julio de 2023.

最近登记事项

  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD INMOBILIARIA ALYALE LIMITADA

    CVE 2345511

公司关系

公司人物Diario Oficial