Sociedad Educacional y Colegio Universal Vision Educational School (UVES) SPA
Diario Oficial
公司信息
公司目的
abrir, organizar, administrar y mantener establecimientos educacionales, para impartir la enseñanza formal o regular como también la no formal, en sus niveles parvularia, básica y media, en todas sus modalidades educativas incluidas la humanista-científico como también de formación diferenciada técnico-profesional y artística, dando cumplimiento al sistema educativo chileno y a sus principios regulados en el derecho educacional vigente. En general, la sociedad podrá realizar cualquier acto, negocio o actividad económica relacionado con su fin educacional, pudiendo al efecto invertir sus recursos de manera que decidan sus órganos de administración.
资本
总资本
$10.000.000
待缴资本
$10.000.000
股份
1,000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 3.xxx.xxx-k | 3.xxx.xxx-k | 50% | $5.000.000 |
Accionista 9.xxx.xxx-4 | 9.xxx.xxx-4 | 50% | $5.000.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público, Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifico: Por escritura pública, otorgada con esta fecha, ante mí, don DIEGO LIONEL GIL HORMAZABAL, Químico Farmacéutico, CNI Nº 3.836.913-K y doña MARTA INÉS ADONIS PARRAGUÉZ, Bioquímico, CNI Nº 9.096.257-4, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida del Valle, parcela veintidós, Condominio Las Canteras Norte, Chicureo, comuna de Colina, Santiago, Región Metropolitana; acordaron constituir sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: Nombre: “SOCIEDAD EDUCACIONAL Y COLEGIO UNIVERSAL VISION EDUCATIONAL SCHOOL (UVES) SPA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “COLEGIO UNIVERSAL EDUCATIONAL SCHOOL SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será único y exclusivamente abrir, organizar, administrar y mantener establecimientos educacionales, para impartir la enseñanza formal o regular como también la no formal, en sus niveles parvularia, básica y media, en todas sus modalidades educativas incluidas la humanista-científico como también de formación diferenciada técnico-profesional y artística, dando cumplimiento al sistema educativo chileno y a sus principios regulados en el derecho educacional vigente. En general, la sociedad podrá realizar cualquier acto, negocio o actividad económica relacionado con su fin educacional, pudiendo al efecto invertir sus recursos de manera que decidan sus órganos de administración. Capital y Acciones: QUINTO: Capital es $10.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga según artículo Primero Transitorio estatutos. Primero Transitorio: El Capital asciende a $10.000.000, dividido en 1.000 acciones, suscrito siguiente forma: a) Diego Lionel Gil Hormazabal, suscribe 500 acciones a $10.000 por acción, lo que totaliza $5.000.000 que pagará dentro del plazo de 5 años contados fecha escritura extractada; y, b) Marta Inés Adonis Parraguéz, suscribe 500 acciones a $10.000 por acción, lo que totaliza $5.000.000 que pagará dentro del plazo de 5 años contados fecha escritura extractada. Administración: La administración de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores o gerentes, designados por sus accionistas, quienes actuando de la manera que se indique y anteponiendo a su firma la razón social, podrán ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. La designación o reemplazo del o los administradores de la sociedad se hará por los accionistas en la respectiva Junta de Accionistas, que podrá celebrarse en Chile o el extranjero, la que deberá protocolizarse o reducirse a escritura pública, y de cuyo contenido deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Se deja expresa constancia que, para efectos de la primera designación de apoderado o gerente de la sociedad, esta se hará en el articulado transitorio de estos estatutos. En Artículo Segundo Transitorio designa como apoderados y representantes de la Sociedad a don Diego Lionel Gil Hormazabal y a doña Marta Inés Adonis Parraguéz para que actuando uno cualquiera de ellos y anteponiendo a su firma la razón social, representará a “SOCIEDAD EDUCACIONAL Y COLEGIO UNIVERSAL VISION EDUCATIONAL SCHOOL (UVES) SPA” con todas y cada una de las facultades contenidas en el artículo noveno de estos estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago. 26 Julio 2017. A. MOZO. Notario Público.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
Sociedad Educacional y Colegio Universal Vision Educational School (UVES) SPA
CVE 1259466
