有限责任公司

Sociedad De Inversiones Hapuc Y Ferretti Responsabilidad Limitada

CONSTITUCIÓN — 2023年5月12日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2023-05-12查看 PDF(CVE 2313542)

公司信息

Ltda
La Serena, Coquimbo
期限: 5 años, desde fecha escritura social, renovable por períodos iguales y sucesivos cinco años, salvo aviso alguna parte su voluntad poner término a sociedad en forma señala escritura
管理方式: corresponderá a don Pablo Gabriel Alejandro Ferretti Jorquera, y/o a doña Keren Hapuc Leiva Varela, indistintamente, quien actuará con las más amplias facultades señaladas en la escritura extractada

公司目的

Invertir en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos, corporales o incorporales, celebrar cualquier acto o contrato relacionado con estos bienes, arrendarlos, prendarlos o hipotecarlos para obtener el financiamiento destinado a efectuar nuevas inversiones, administrarlos y percibir sus frutos. Asimismo, podrá realizar cualquier acto y celebrar cualquier contrato destinado a obtener recursos que tengan por objeto hacer nuevas inversiones. En el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar directa o indirectamente, por medio de sociedades filiales o coligadas, los giros antes indicados.

资本

总资本

$371.776.412

股东(2)

姓名持股比例

Pablo Gabriel Alejandro Ferretti Jorquera

Socio

17.xxx.xxx-8

50%

Keren Hapuc Leiva Varela

Socio

17.xxx.xxx-7

50%

管理人(2)

Keren Hapuc Leiva Varela

17.xxx.xxx-7Administrador

摘要官方正文

Karina Del Pilar Martínez Maulén, abogada, Notario Público Suplente del Titular Luis Alberto Maldonado Concha, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por escritura pública otorgada ante el Notario Titular, con fecha 25 de abril de 2023, repertorio número 12-2023, don Pablo Gabriel Alejandro Ferretti Jorquera, chileno, casado en régimen de participación en los gananciales, ingeniero civil de minas, cédula nacional de identidad número 17.628.855-8, con domicilio en Vicuña Mackenna N°2203, departamento 1708, comuna de Calama, y doña Keren Hapuc Leiva Varela, chilena, casada en régimen de participación en los gananciales, ingeniero civil de minas, cédula nacional de identidad número 17.015.384-7, domiciliada en José Luis Daire N°1200, departamento 205, comuna de La Serena, constituyeron entre ellos sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social “SOCIEDAD DE INVERSIONES HAPUC Y FERRETTI RESPONSABILIDAD LIMITADA”, pudiendo utilizar indistintamente la palabra “limitada” o su abreviación “ltda” nombre de fantasía de “HAFER LTDA”. Administración, representación y uso razón social: corresponderá a don Pablo Gabriel Alejandro Ferretti Jorquera, y/o a doña Keren Hapuc Leiva Varela, indistintamente, quien actuará con las más amplias facultades señaladas en la escritura extractada.- Objeto: Invertir en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos, corporales o incorporales, celebrar cualquier acto o contrato relacionado con estos bienes, arrendarlos, prendarlos o hipotecarlos para obtener el financiamiento destinado a efectuar nuevas inversiones, administrarlos y percibir sus frutos. Asimismo, podrá realizar cualquier acto y celebrar cualquier contrato destinado a obtener recursos que tengan por objeto hacer nuevas inversiones. En el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar directa o indirectamente, por medio de sociedades filiales o coligadas, los giros antes indicados. Domicilio: ciudad de La Serena, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca en el país o en el extranjero. Capital: $371.776.412.- el que los socios aportan en los montos siguientes: El capital social es la suma de trescientos setenta y un millones setecientos setenta y seis mil cuatrocientos doce pesos, el que los socios aportan en los montos siguientes: A) don Pablo Gabriel Alejandro Ferretti Jorquera: ciento ochenta y cinco millones ochocientos ochenta y ocho mil doscientos seis pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, los que aporta y entera de la siguiente forma: A) con el aporte mediante transferencia de dominio de los inmuebles que a continuación se expresan: UNO) El inmueble que corresponde al departamento número mil novecientos ocho, del décimo noveno piso del denominado condominio “Edificio Terrazas del Loa”, con acceso por calle Vicuña Mackenna número dos mil doscientos tres, comuna de Calama, cuyas medidas y deslindes particulares se encuentran en los planos de Ley de Copropiedad Inmobiliaria archivados bajo los números diez, once, doce, trece, catorce, quince y dieciséis del año dos mil diecisiete. Las medidas y deslindes generales del terreno, de acuerdo a plano de remanente predial archivado en el Registro de Documentos de Propiedad bajo el número tres mil setecientos cincuenta y dos correspondiente al año dos mil doce, son los siguientes: al Norte: en treinta coma ochenta metros, con calle Vicuña Mackenna; al Sur: En treinta coma setenta y nueve metros, con sitio vecino; al Oriente: En tres coma veinte metros, con calle Vicuña Mackenna y en setenta y tres coma cero cuatro metros, con sitios vecinos; y, al Poniente: En setenta y nueve coma cero dos metros, con sitios vecinos. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas seiscientos treinta y cinco número quinientos ochenta y cinco en el Registro de Propiedad del año dos mil diecinueve del Conservador de Bienes Raíces de Calama. Rol de avalúo fiscal número novecientos ochenta y cinco guion setecientos cuarenta y nueve de la comuna de Calama. El inmueble se aporta como cuerpo cierto, en el estado que actualmente se encuentra, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas, con todo lo edificado, plantado o instalado en ellos; libre de hipotecas, gravámenes, prohibiciones y embargos, a excepción de: Reglamento de Copropiedad: inscrito a fojas mil cuatrocientos diez número mil ciento treinta y siete, Registro de Hipotecas y Gravámenes del año dos mil dieciséis. Hipoteca: inscrita a fojas cuatrocientos dieciocho número trescientos cuarenta y ocho, del Registro de Hipotecas y Gravámenes del Año dos mil diecinueve. Prohibición: a fojas cuatrocientos veintidós número trescientos ochenta y cuatro del Registro de Prohibiciones e Interdicciones del año dos mil diecinueve. El inmueble aportado se valora en total en cuarenta y ocho millones ciento noventa mil doscientos cuarenta y nueve pesos. DOS) El inmueble que corresponde a la bodega número dieciocho, ubicada en el primer piso del denominado condominio “Edificio Terrazas del Loa”, con acceso por calle Vicuña Mackenna número dos mil doscientos tres, comuna de Calama, cuyas medidas y deslindes particulares se encuentran en los planos de Ley de Copropiedad Inmobiliaria archivados bajo los los números diez, once, doce, trece, catorce, quince y dieciséis del año dos mil diecisiete. Las medidas y deslindes generales del terreno, de acuerdo a plano de remanente predial archivado en el Registro de Documentos de Propiedad bajo el número tres mil setecientos cincuenta y dos correspondiente al año dos mil doce, son los siguientes: al Norte: en treinta coma ochenta metros, con calle Vicuña Mackenna; al Sur: en treinta coma setenta y nueve metros, con sitio vecino; al Oriente: en tres coma veinte metros, con calle Vicuña Mackenna y en setenta y tres coma cero cuatro metros, con sitios vecinos; y, al Poniente: en setenta y nueve coma cero dos metros, con sitios vecinos. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas seiscientos treinta y seis número quinientos ochenta y seis en el Registro de Propiedad del año dos mil diecinueve del Conservador de Bienes Raíces de Calama. Rol de avalúo fiscal número novecientos ochenta y cinco guion setecientos setenta y uno de la comuna de Calama. El inmueble se aporta como cuerpo cierto, en el estado que actualmente se encuentra, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas, con todo lo edificado, plantado o instalado en ellos; libre de hipotecas, gravámenes, prohibiciones y embargos, a excepción de: Reglamento de Copropiedad: inscrito a fojas mil cuatrocientos diez número mil ciento treinta y siete, Registro de Hipotecas y Gravámenes del año dos mil dieciséis. Hipoteca: inscrita a fojas cuatrocientos dieciocho número trescientos cuarenta y ocho, del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año dos mil diecinueve. Prohibición: a fojas cuatrocientos veintidós número trescientos ochenta y cuatro del Registro de Prohibiciones e Interdicciones del año dos mil diecinueve. El inmueble aportado se valora en total en un millón setecientos once mil ciento treinta y ocho pesos. TRES) El inmueble que corresponde al estacionamiento número cincuenta y cinco, ubicado en el primer piso del denominado condominio “Edificio Terrazas del Loa”, con acceso por calle Vicuña Mackenna número dos mil doscientos tres, comuna de Calama, cuyas medidas y deslindes particulares se encuentran en los planos de Ley de Copropiedad Inmobiliaria archivados bajo los los números diez, once, doce, trece, catorce, quince y dieciséis del año dos mil diecisiete. Las medidas y deslindes generales del terreno, de acuerdo a plano de remanente predial archivado en el Registro de Documentos de Propiedad bajo el número tres mil setecientos cincuenta y dos correspondiente al año dos mil doce, son los siguientes: al Norte: en treinta coma ochenta metros, con calle Vicuña Mackenna; al Sur: en treinta coma setenta y nueve metros, con sitio vecino; al Oriente: en tres coma veinte metros, con calle Vicuña Mackenna y en setenta y tres coma cero cuatro metros, con sitios vecinos; y, al Poniente: en setenta y nueve coma cero dos metros, con sitios vecinos. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas seiscientos treinta y siete número quinientos ochenta y siete en el Registro de Propiedad del año dos mil diecinueve del Conservador de Bienes Raíces de Calama. Rol de avalúo fiscal número novecientos ochenta y cinco guion setecientos setenta y cinco de la comuna de Calama. El inmueble se aporta como cuerpo cierto, en el estado que actualmente se encuentra, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas, con todo lo edificado, plantado o instalado en ellos; libre de hipotecas, gravámenes, prohibiciones y embargos, a excepción de: Reglamento de Copropiedad: inscrito a fojas mil cuatrocientos diez número mil ciento treinta y siete, Registro de Hipotecas y Gravámenes del año dos mil dieciséis. Hipoteca: inscrita a fojas cuatrocientos dieciocho número trescientos cuarenta y ocho, del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año dos mil diecinueve. Prohibición: a fojas cuatrocientos veintidós número trescientos ochenta y cuatro del Registro de Prohibiciones e Interdicciones del año dos mil diecinueve. El inmueble aportado se valora en total en siete millones trescientos cuarenta y ocho mil trescientos ochenta y cinco pesos. CUATRO) El departamento número doscientos cinco, la bodega número cinco, y el derecho de uso y goce exclusivo del estacionamiento número dos, Edificio denominado Conjunto Habitacional “Panoramic”, ubicado en calle José Luis Daire número mil doscientos, sector La Pampa, comuna de La Serena. Se comprenden los derechos de dominio, uso y goce que corresponden a lo que se vende en el terreno y demás bienes que se reputan comunes conforme a la Ley número seis mil setenta y uno, hoy número diecinueve mil quinientos treinta y siete, su Reglamento y posteriores modificaciones y al Reglamento de Copropiedad del Edificio inscrito a fojas mil sesenta y uno número seiscientos noventa y cinco del Registro de Hipotecas del año dos mil nueve. El Conjunto Habitacional Panoramic se encuentra construido y emplazado en el inmueble singularizado como LOTE RESERVA, resultante de la fusión de los siguientes inmuebles: A) Inmueble singularizado como Lote Reserva resultante de la subdivisión del Lote número uno, resultante a su vez de la fusión de los lotes número dos, resultante de la subdivisión de la reserva El Paraíso, a su vez resultante de la subdivisión del predio denominado Pampa Alta; Lote número tres, resultante de la subdivisión del predio parcela El Paraíso; sitio número dos, resultante de la subdivisión de la parcela El Paraíso, Pampa Alta; y retazo de terreno de una superficie aproximada de cinco mil ochocientos treinta y cinco metros cuadrados de la Parcela El Paraíso Pampa Alta.- B) Inmueble singularizado como equipamiento municipal Loteo Nova Vida II Proyectado en el inmueble denominado Lote número Uno.- C) Terrenos denominados Equipamiento Municipal Loteo El Paraíso I-II- III Etapas.- El referido Lote Reserva, de acuerdo con el plano de fusión agregado bajo el número mil ochocientos ocho y dos mil ciento noventa y uno, ambos al final del Registro de Propiedad del año dos mil ocho, tiene una superficie de doce mil doscientos veintisiete coma seis metros cuadrados y los siguientes deslindes particulares: Norte: en línea quebrada M-L de setenta y siete coma cero dos metros con lote seis y parte del lote cinco y en línea I-H en cincuenta y cinco coma veinticinco metros con lote cincuenta y ocho del mismo plano; Sur: en línea Ñ-U en veintiséis coma cuarenta y ocho metros con área verde, en línea quebrada U-Q en veintitrés coma cincuenta y seis metros con calle Nueva Uno del mismo plano; R-C en sesenta y cuatro coma noventa y cinco metros con calle José Luis Daire, y en línea E-F en dieciséis coma cero cinco metros con área verde IV; Oriente: en línea L-I en cuarenta y uno coma quince metros con lote cincuenta y ocho; en línea H-E en cincuenta coma ochenta y dos metros con Avenida Gabriela Mistral y en línea F-C en veintidós coma ochenta y siete metros con área verde IV; y Poniente: en línea quebrada M-Ñ en ciento treinta y tres coma veintisiete metros con área verde del mismo plano.- Los planos de copropiedad, correspondiente a la Ley número diecinueve mil quinientos treinta y siete se agregaron bajo los números trece y catorce al final del Registro de Propiedad del año dos mil nueve. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas tres mil trescientos treinta y cinco número dos mil trescientos cuarenta y nueve en el Registro de Propiedad del año dos mil veintiuno del Conservador de Bienes Raíces de La Serena. Roles de avalúo fiscal números dos mil quinientos sesenta y seis guion quince correspondiente al departamento doscientos cinco; dos mil quinientos sesenta y seis guion sesenta y cinco correspondiente a la bodega cinco, ambos de la comuna de La Serena. Los inmuebles se aportan como cuerpo cierto, en el estado que actualmente se encuentran, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres activas y pasivas, con todo lo edificado, plantado o instalado en ellos; libre de hipotecas, gravámenes, prohibiciones y embargos, a excepción de: Servidumbre voluntaria de alcantarillado. Inscrita a fojas doscientos cuarenta y tres número ciento cincuenta y cinco del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año mil novecientos noventa y seis. Servidumbre en favor de los lotes "F" y "G" del Loteo Don Jorge, legal, gratuita, continua y perpetua de alcantarillado en favor de la Empresa Concesionaria De Servicios Santiarios S.A. Inscrita a fojas doscientos cincuenta y nueve número doscientos seis del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año dos mil uno. Reglamento De Copropiedad: Inscrito a fojas mil sesenta y uno número seiscientos noventa y cinco del Registro de Hipotecas gravámenes del año dos mil nueve. Hipoteca: Inscrita a fojas mil novecientos once número mil ciento ocho del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año dos mil veintiuno. Prohibición: Inscrita a fojas mil ochocientos cuarenta y seis número mil doscientos dos del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del año dos mil uno. Los inmuebles aportados se valoran en total en ciento veintiocho millones seiscientos treinta y ocho mil cuatrocientos treinta y cuatro pesos, lo que se desglosa de la siguiente forma: i) el departamento número doscientos cinco, en la suma de ciento veintiséis millones doscientos veinticinco mil trescientos diez pesos; ii) la bodega número cinco, en la suma de dos millones cuatrocientos trece mil ciento veinticuatro pesos; B) doña Keren Hapuc Leiva Varela: ciento ochenta y cinco millones ochocientos ochenta y ocho mil doscientos seis pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, los que aporta y entera de la siguiente forma: a) Con la suma de cinco millones ochocientos ochenta y ocho mil doscientos seis pesos, que entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, a total conformidad de la Sociedad; y b) con la suma de ciento ochenta millones de pesos, que pagará en un plazo de sesenta meses a contar de la fecha de la presente escritura. Duración: 5 años, desde fecha escritura social, renovable por períodos iguales y sucesivos cinco años, salvo aviso alguna parte su voluntad poner término a sociedad en forma señala escritura. Vitacura, 8 de mayo de 2023.

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  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD DE INVERSIONES HAPUC Y FERRETTI RESPONSABILIDAD LIMITADA

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