Servicios de Veterinaria SEAV Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La prestación de servicios veterinarios para animales, aves y cualquier especie del reino animal; especialmente servicios de cirugía, servicios de peluquería y consultas veterinarias en general, así como la prestación de asesorías de higiene ambiental y control de plagas la compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de productos agrícolas y veterinarios, y demás actividades relacionadas con el giro. Asimismo, podrá en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento de cada uno de los objetos de la sociedad, el desarrollo de su giro, inversión de los fondos disponibles de la misma. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.
资本
总资本
$2.000.000
实缴资本
$1.000.000
待缴资本
$1.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
FRANCISCO JAVIER SALAZAR CORNEJO Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Socio | - | 50% | $1.000.000 |
管理人(2)
FRANCISCO JAVIER SALAZAR CORNEJO
摘要官方正文
IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 959, oficina 501, Comuna Santiago: Certifico que: por escritura pública de fecha 17 de abril de 2018, Repertorio número 6.836-2018, ante mí, los señores FRANCISCO JAVIER SALAZAR CORNEJO, domiciliado en calle Guernica número cuatro mil seiscientos cincuenta y siete, casa b, Comuna de Estación Central, Provincia de Santiago, Región Metropolitana de Chile, y VALENTINA NICOLE LEPE VÁSQUEZ, domiciliada en calle Balmaceda número doscientos seis, Comuna de Lota, Provincia de Concepción, Región del Biobío de Chile, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, cuyo extracto es el siguiente: RAZÓN SOCIAL: “SERVICIOS DE VETERINARIA SEAV LIMITADA ”. NOMBRE DE FANTASÍA: “SEAV LTDA.”. ADMINISTRACIÓN: corresponderá a los señores FRANCISCO JAVIER SALAZAR CORNEJO y VALENTINA NICOLE LEPE VASQUEZ, quines actuando conjuntamente, y anteponiendo a sus firmas la razón social, la representarán con las más amplias facultades en toda clase de actos, ejecutando todos los actos jurídicos y celebrando todos los contratos necesarios para el funcionamiento de la Sociedad, sin limitación de especie alguna, y en especial los que en forma no taxtiva y meramente enunciativa se señalan en la escritura social. CAPITAL: Dos millones de pesos, los cuales son aportados y enterados de la siguiente forma: Uno) don FRANCISCO JAVIER SALAZAR CORNEJO, la cantidad de un millón de pesos, en dinero efectivo, y que será aportado a más tardar el día treinta y uno de octubre del año dos mil dieciocho, suma equivalente al cincuenta por ciento del capital social; y Dos) doña VALENTINA NICOLE LEPE VÁSQUEZ, la cantidad de un millón de pesos, en dinero efectivo, y que será aportado a más tardar el día treinta y uno de octubre del año dos mil dieciocho, suma equivalente al cincuenta por ciento del capital social. OBJETO: la prestación de servicios veterinarios para animales, aves y cualquier especie del reino animal; especialmente servicios de cirugía, servicios de peluquería y consultas veterinarias en general, así como la prestación de asesorías de higiene ambiental y control de plagas la compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de productos agrícolas y veterinarios, y demás actividades relacionadas con el giro. Asimismo, podrá en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento de cada uno de los objetos de la sociedad, el desarrollo de su giro, inversión de los fondos disponibles de la misma. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. DURACIÓN: La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil veinticinco, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que pueda establecer en otros lugares, dentro del país o en el exterior. Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Santiago, 25 de abril de 2018, Iván Torrealba.- Notario.
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- CONSTITUCIÓN
Servicios de Veterinaria SEAV Limitada
CVE 1393487
