有限责任公司

Palma Abogados Asesorias Profesionales Limitada

CONSTITUCIÓN — 2022年10月14日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2022-10-14查看 PDF(CVE 2201953)

公司信息

Ltda
Avenida Isidora Goyenechea número 3162, piso séptimo
期限: 20 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años
管理方式: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Juan Eduardo Palma Jara, quien tendrá la calidad de administrador principal. En caso de ausencia o cualquier otro impedimento del administrador principal, la administración y uso de la razón corresponderá conjuntamente a don Juan Eduardo Alfonso Palma Cruzat y a don Gabriel Agustín Palma Cruzat.

公司目的

El ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la Profesión de Abogado en todas sus especialidades; la atención y prestación de servicios a clientes particulares, sociedades, organismos públicos o privados y demás Instituciones; realizar consultorías y estudios, elaborar proyectos, estrategias, planificaciones operacionales y todo tipo de gestiones vinculadas a cualquier rama del derecho; y, en general, la ejecución de todos los actos necesarios o conducentes al cumplimiento del objeto social y los que los socios acuerden.

资本

总资本

$400.000

实缴资本

$400.000

待缴资本

$0

股东(4)

姓名持股比例

JUAN EDUARDO PALMA JARA

Socio

5.xxx.xxx-k

25%

JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT

Socio

10.xxx.xxx-6

25%

GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT

Socio

10.xxx.xxx-k

25%

JOAQUIN PALMA CRUZAT

Socio

18.xxx.xxx-3

25%

管理人(3)

JUAN EDUARDO PALMA JARA

5.xxx.xxx-kAdministrador

JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT

10.xxx.xxx-6Administrador

GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT

10.xxx.xxx-kAdministrador

摘要官方正文

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 05 de octubre del año 2022, ante mí, comparecen: /Uno/ Don JUAN EDUARDO PALMA JARA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 5.475.017- K, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea número 3162, piso séptimo, comuna de Las Condes, Santiago. /Dos/ Don JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 10.931.288-6, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea número 3162, piso séptimo, comuna de Las Condes, Santiago. /Tres/ Don GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 10.931.174-K, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea número 3162, piso séptimo, comuna de Las Condes, Santiago; y /Cuatro/ Don JOAQUIN PALMA CRUZAT, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número 18.636.853-3, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea número 3162, piso séptimo, comuna de Las Condes, Santiago, debidamente representado por don Juan Eduardo Palma Jara, ya individualizado; quienes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: PALMA ABOGADOS ASESORIAS PROFESIONALES LIMITADA. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) El ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la Profesión de Abogado en todas sus especialidades; la atención y prestación de servicios a clientes particulares, sociedades, organismos públicos o privados y demás Instituciones; b) realizar consultorías y estudios, elaborar proyectos, estrategias, planificaciones operacionales y todo tipo de gestiones vinculadas a cualquier rama del derecho; y c) en general, la ejecución de todos los actos necesarios o conducentes al cumplimiento del objeto social y los que los socios acuerden. Capital: El capital social es la cantidad de $400.000, que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: /Uno/ JUAN EDUARDO PALMA JARA aporta la cantidad de $100.000, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital y derechos sociales, los que se paga en el acto escritura extractada y en dinero efectivo. /Dos/ JUAN EDUARDO ALFONSO PALMA CRUZAT aporta la cantidad de $100.000, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital y derechos sociales, los que se paga en el acto escritura extractada y en dinero efectivo; /Tres/ GABRIEL AGUSTÍN PALMA CRUZAT, aporta la cantidad de $100.000, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital y derechos sociales, los que se paga en el acto escritura extractada y en dinero efectivo; y /Cuatro/ JOAQUIN PALMA CRUZAT, aporta la cantidad de $100.000, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital y derechos sociales, los que se paga en el acto escritura extractada y en dinero efectivo. En consecuencia, el capital social de $400.000 ha quedado íntegramente aportado y pagado por los socios, e ingresado en la caja social. Duración: El plazo de la Sociedad es de 20 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la Sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Juan Eduardo Palma Jara, el cual tendrá la calidad de administrador principal. En caso de ausencia o cualquier otro impedimento del administrador principal, lo que no será necesario acreditar a terceros, la administración y uso de la razón corresponderá conjuntamente a don Juan Eduardo Alfonso Palma Cruzat y a don Gabriel Agustín Palma Cruzat. El administrador principal como las subsidiarias, según le corresponda actuar, representarán a la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, de acuerdo a las facultades que se indican en la escritura extractada. Los socios limitan expresamente su responsabilidad por los negocios sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones no son materia de extracto constan escritura extractada. Santiago,11 de octubre del año 2022, Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público.

最近登记事项

  1. CONSTITUCIÓN

    PALMA ABOGADOS ASESORIAS PROFESIONALES LIMITADA

    CVE 2201953

公司关系

公司人物Diario Oficial