Montero Y Cortes Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
a) La explotación, distribución, importación, exportación, de todo tipo de bienes que estén en el comercio humano ; b) La comercialización, elaboración, preparación y distribución de todo tipo de alimentación humana y animal; c) La representación, distribución, consignación, comercialización de productos de cualquier tipo, sea por cuenta propia o de terceros, así como cualquiera otra actividad relacionada directa o indirectamente con el rubro; d) Compra, venta al detalle o al mayor, importación, exportación, representación, distribución y comercialización por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes que se encuentren en el comercio humano; e) La participación en sociedades, comunidades y asociaciones cualquiera sea su naturaleza o giro; f) La proveeduría de productos de todo tipo, sean nacionales o extranjeros, en todas sus formas, pudiendo al efecto abastecerlas de todos los elementos, artículos, insumos y servicios que requieran y g) Todo lo que, en la actualidad y en el futuro esté relacionado con lo anterior; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.
资本
总资本
$67.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Pedro Salvador Montero Álvarez Socio | - | 98% | $65.660.000 |
Socio | - | 2% | $1.340.000 |
管理人(1)
Pedro Salvador Montero Álvarez
摘要官方正文
LUIS ARMANDO CARRILLO CARO, Notario Público Concepción, con oficio en O’Higgins Nº820, suplente del Notario Titular de esta ciudad don Carlos Alberto Miranda Jiménez, certifico: Que por escritura pública de fecha 30 de Julio de 2018, ante mí, Repertorio Nº4470/18, señores PEDRO SALVADOR MONTERO ALVAREZ y PATRICIA XIMENA CORTES MERINO, ambos domiciliados en la comuna de Lanco, Décima Cuarta Región de Los Ríos, Km.2 Camino Lanco – Tripallante, sector San Bernardo, constituyeron sociedad colectiva comercial de responsabilidad limitada bajo nombre “MONTERO Y CORTES LIMITADA“. Domicilio: Concepción. Objeto Social : a) La explotación, distribución, importación, exportación, de todo tipo de bienes que estén en el comercio humano ; b) La comercialización, elaboración, preparación y distribución de todo tipo de alimentación humana y animal; c) La representación, distribución, consignación, comercialización de productos de cualquier tipo, sea por cuenta propia o de terceros, así como cualquiera otra actividad relacionada directa o indirectamente con el rubro; d) Compra, venta al detalle o al mayor, importación, exportación, representación, distribución y comercialización por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes que se encuentren en el comercio humano; e) La participación en sociedades, comunidades y asociaciones cualquiera sea su naturaleza o giro; f) La proveeduría de productos de todo tipo, sean nacionales o extranjeros, en todas sus formas, pudiendo al efecto abastecerlas de todos los elementos, artículos, insumos y servicios que requieran y g) Todo lo que, en la actualidad y en el futuro esté relacionado con lo anterior; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Capital Social:$67.000.000, que se aporta de la siguiente manera : 1) Pedro Salvador Montero Álvarez aporta el 98% del capital social, esto es, $65.660.000 ,que entera aportando en dominio en este acto los siguientes inmuebles: UNO.- Bien raíz consistente en el departamento ubicado en la ciudad y comuna de Concepción, que lleva el N°30, ubicado en el tercer piso del edificio o bloque “ D”, construido en calle Las Heras N° 138, lote 51-7 de la Población Ignacio Serrano. Los deslindes del inmueble en que está el departamento aludido, que corresponde al Bloque o Torre D según plano de venta por pisos y copropiedad aprobado según Decreto Supremo N° 1.514 del Ministerio de Obras Públicas de 12 de diciembre de 1965, por la Dirección de Obras Municipales de Concepción y archivado en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concepción con el N° 51 del año 1979, son los siguientes : al Norte, con calle Las Heras; al Sur, Bloque C, estacionamiento y área verde por medio; al Oriente, acceso a estacionamiento y Poniente, Bloque E. El inmueble precedentemente singularizado tiene asignado para los efectos de la contribuciones de bienes raíces o impuesto territorial el rol de avalúo N° 371-54 de la comuna de Concepción. Adquirió el dominio por escritura pública de sustitución del régimen de sociedad conyugal que existía con quien fuera su cónyuge, doña Ximena Patricia González Rodríguez, por el de separación total de bienes, liquidación de la referida sociedad y adjudicación, otorgada con fecha 8 de julio de 1982, ante el Notario Público de Concepción, don Juan Arellano Alarcón, suplente del titular, don Jorge Condeza Vaccaro, inscrita a fojas 2.818 vuelta, N° 2.347 del Registro de Propiedad del Conservatorio de Bienes Raíces de Concepción del año1982, que se tasa de común acuerdo por los socios en $44.000.000, DOS.- Bien raíz consistente en un predio rural ubicado en el sector denominado Roa de la comuna de Tomé, provincia de Concepción, Octava Región del Bío Bío, cuya superficie es de 10,98 hectáreas y sus deslindes compuestos por 2 lotes refundidos, en virtud de la aplicación del artículo 36 del Decreto con Fuerza de Ley 6 del año 1968, individualizados en el Plano Individual N°8-2-171 : Lote “ A “ de 10,23 hectáreas; al Norte, Elena San Martín y Victoriano Ruiz, separado por cerco; al Este, Victoriano Ruiz, separado por camino vecinal y cerco y Mercedes Pérez, separado por cerco; al Sur, camino vecinal que lo separa del lote B) ; al Oeste, Sante Herrera, separado por cerco. Lote “B” de 0,75 hectárea, Norte, camino vecinal que lo separa del lote a); al Este, Mercedes Pérez, separado por cerco; al Sur, camino vecinal que lo separa de Rodolfo Romero; al Oeste, Rodolfo Romero y Sante Herrera, separados por cerco. El inmueble precedentemente singularizado tiene asignado para los efectos de la contribuciones de bienes raíces o impuesto territorial el rol de avalúo N° 614-29 de la comuna de Tomé. Adquirió el dominio por resolución del Primer Juzgado de Letras de Concepción de fecha 25 de mayo de 1978, en causa rol N° 19.647, sobre inscripción de dominio, cuya sentencia dictada en conformidad con las normas del Decreto con Fuerza de Ley N°6 del año 1968, modificado por las ley 17.699 de fecha 14 de agosto de 1972, la que se agregó al final del Registro de Propiedad del Conservatorio de Bienes Raíces de Tomé del año 1978, con el N° 17, conjuntamente con un plano del inmueble, el que se agregó al final del citado Registro con el N° 18, el que figura inscrito a fojas 196 vuelta N° 278 del Registro de Propiedad del Conservatorio de Bienes Raíces de Tomé del año 1978, exceptuado lo expropiado: a) parte signado como Lote 230, de una superficie de 505 metros cuadrados, inscrito a fojas 1089 número N° 430 del Registro de Propiedad del Conservatorio de Bienes Raíces de Tomé del año 1998; b) lo expropiado parte signado como Lote 230-C, de una superficie de 673 metros cuadrados, inscrito a fojas 1360 N° 917 del Registro de Propiedad del Conservatorio de Bienes Raíces de Tomé año 2000 ; c) lo expropiado parte signado como Lote 230- B, de una superficie de 1.148 metros cuadrados, inscrito a fojas 1.186 ,N° 869 del Registro de Propiedad del Conservatorio de Bienes Raíces de Tomé del año 2001; d) lo expropiado parte signado como Lote 230-A, de una superficie de 3.269 metros cuadrados, inscrito a fojas 773 vuelta N° 568 del Registro de Propiedad del Conservatorio de Bienes Raíces de Tomé del año 2002 y e) lo expropiado parte signado como Lote 90, de una superficie de 304 metros cuadrados, inscrito a fojas 825 vuelta, N°618, del Registro de Propiedad del Conservatorio de Bienes Raíces de Tomé del año 2010, que se tasa de común acuerdo por los socios en $21.660.000.- 2) Patricia Ximena Cortes Merino aporta el 2% del capital social en dinero efectivo equivalente a $1.340.000, que se ingresan a la caja social. Responsabilidad socios: queda limitada al monto de sus aportes. Administración y uso de razón social: corresponderá al socio Pedro Salvador Montero Álvarez. Duración: 3 años desde el 1 de agosto 2018 prorrogable automática y sucesivamente por períodos de 3 años si ninguno de los socios manifiesta voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración en escritura pública anotada al margen de la inscripción social a lo menos cuatro meses antes del respectivo vencimiento. CONCEPCIÓN, 31 julio 2018.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
MONTERO Y CORTES LIMITADA
CVE 1441660
