Minera Y Agrícola Paso De Piedra Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El objeto de la sociedad será: /a/ la adquisición y enajenación, a cualquier título, de concesiones mineras, acciones en sociedades legales o contractuales mineras, de derechos o acciones en sociedades de responsabilidad limitada, por acciones o en cualquier otra clase de sociedades; /b/ la exploración y explotación de concesiones mineras, la extracción, beneficio y comercialización de minerales de cualquier naturaleza provenientes de concesiones mineras, por cuenta propia o por cuenta de terceros; /c/ la adquisición y enajenación, a cualquier título, de inmuebles rurales o urbanos; arrendarlos, subarrendarlos y, en general, explotarlos, por cuenta propia o ajena, en cualquier forma, así como la explotación de inmuebles de terceros; /d/ la adquisición de maquinaria minera y agrícola, y de vehículos destinados a los objetos anteriores; /e/ la adquisición y enajenación, a cualquier título, de bienes muebles; /f/ la formación, administración y representación de toda clase de sociedades, así como la inversión y participación en ellas; y /g/ la realización de toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que sus accionistas determinen de común acuerdo.
资本
总资本
$1.500.000
实缴资本
$1.500.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 11.xxx.xxx-4 | 11.xxx.xxx-4 | 66% | $990.000 |
Socio 8.xxx.xxx-6 | 8.xxx.xxx-6 | 34% | $510.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, notario titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2021, Rep.29.349/2021, ante mí, GONZALO NIETO VALDÉS, RUT 11.472.232-4; y MARÍA FRANCISCA KINAST GÓMEZ, RUT 8.641.702-6, ambos domiciliados en San Francisco de Asís 1700 casa 8, comuna de Las Condes, Región Metropolitana constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, en adelante, la “SOCIEDAD”, cuyos estatutos se extractan: NOMBRE: MINERA Y AGRÍCOLA PASO DE PIEDRA LIMITADA. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: /a/ la adquisición y enajenación, a cualquier título, de concesiones mineras, acciones en sociedades legales o contractuales mineras, de derechos o acciones en sociedades de responsabilidad limitada, por acciones o en cualquier otra clase de sociedades; /b/ la exploración y explotación de concesiones mineras, la extracción, beneficio y comercialización de minerales de cualquier naturaleza provenientes de concesiones mineras, por cuenta propia o por cuenta de terceros; /c/ la adquisición y enajenación, a cualquier título, de inmuebles rurales o urbanos; arrendarlos, subarrendarlos y, en general, explotarlos, por cuenta propia o ajena, en cualquier forma, así como la explotación de inmuebles de terceros; /d/ la adquisición de maquinaria minera y agrícola, y de vehículos destinados a los objetos anteriores; /e/ la adquisición y enajenación, a cualquier título, de bienes muebles; /f/ la formación, administración y representación de toda clase de sociedades, así como la inversión y participación en ellas; y /g/ la realización de toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que sus accionistas determinen de común acuerdo. CAPITAL: $1.500.000, el que será aportado y pagado en dinero efectivo por los socios, en una proporción de Uno) Gonzalo Nieto Valdés aporta la suma de $990.000, equivalentes al 66% del capital social; y Dos) María Francisca Kinast Gómez aporta la suma $510.000 equivalentes al 34% del capital social. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Gonzalo Nieto Valdés, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio respectivo al margen de la inscripción de la Sociedad, con una anticipación de, a lo menos, 6 meses antes del vencimiento del período original o de cualquier prórroga. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 19 de noviembre de 2021. M. Pilar G. Notario Público Titular.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
MINERA Y AGRÍCOLA PASO DE PIEDRA LIMITADA
CVE 2052733
