Luxor Motos SpA
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El objeto de la sociedad será: A) La comercialización mediante la compra y venta al por menor y mayor de motocicletas nuevas o usadas. B) La asesoría en la compra, venta, arrendamiento, promoción, distribución, consignación y comercialización en cualquier forma de toda clase de vehículos motorizados; C) La comercialización, venta, distribución de toda clase de accesorios, productos, bienes y servicios relacionados al rubro de las motocicletas; adquisición y enajenación a cualquier título de motores, maquinarias, accesorios, repuestos e implementos para los mismos. D) Inversiones en instrumentos de deuda, divisas, acciones de empresas bursátiles y no bursátiles entre otros, y en general en toda clase de activos; E) Inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, pudiendo dedicarse también a cualquier otra actividad que los socios acuerden. Puede establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Puede comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. F) En general la sociedad podrá realizar cualquier tipo de actividad que el o los socios acuerden en el futuro siempre que sea licita y se encuentra ajustada a la normativa aplicable.
资本
总资本
$10.000.000
实缴资本
$10.000.000
待缴资本
$0
股份
1,000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
MAXIMILIANO TOMÁS ROJAS RODRIGUEZ Accionista 18.xxx.xxx-3 | 18.xxx.xxx-3 | 50% | $5.000.000 |
ALFREDO SEBASTIÁN QUINTANA CORDERO Accionista 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 50% | $5.000.000 |
摘要官方正文
EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Notario Público Titular de la Vigésima Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Mac Iver N°225, oficina 302, certifico que, por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2024, Repertorio 2328-24, ante mi, don MAXIMILIANO TOMÁS ROJAS RODRIGUEZ, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número dieciocho millones seiscientos treinta y nueve mil cuatrocientos catorce guion tres, domiciliado en Avenida Departamental número cuatro mil cuatrocientos, comuna de Macul, Región Metropolitana, y don ALFREDO SEBASTIÁN QUINTANA CORDERO, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, empresario, cédula de identidad número diecisiete millones ciento ochenta y nueve mil cuatrocientos ocho guion cinco, constituyen sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “LUXOR MOTOS SpA” Domicilio: Su domicilio será en la Ciudad de Santiago, Región Metropolitana; pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: A) La comercialización mediante la compra y venta al por menor y mayor de motocicletas nuevas o usadas. B) La asesoría en la compra, venta, arrendamiento, promoción, distribución, consignación y comercialización en cualquier forma de toda clase de vehículos motorizados; C) La comercialización, venta, distribución de toda clase de accesorios, productos, bienes y servicios relacionados al rubro de las motocicletas; adquisición y enajenación a cualquier título de motores, maquinarias, accesorios, repuestos e implementos para los mismos. D) Inversiones en instrumentos de deuda, divisas, acciones de empresas bursátiles y no bursátiles entre otros, y en general en toda clase de activos; E) Inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, pudiendo dedicarse también a cualquier otra actividad que los socios acuerden. Puede establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Puede comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. F) En general la sociedad podrá realizar cualquier tipo de actividad que el o los socios acuerden en el futuro siempre que sea licita y se encuentra ajustada a la normativa aplicable.; Capital: $10.000.000 de pesos chilenos, dividido en 1.000 de acciones nominativas, sin valor nominal y de serie única, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado de la siguiente forma: don MAXIMILIANO TOMÁS ROJAS RODRIGUEZ suscribe quinientas acciones, equivalentes a cinco millones de pesos, que paga en este acto en dinero efectivo; don ALFREDO SEBASTIÁN QUINTANA CORDERO suscribe quinientas acciones, equivalentes a cinco millones de pesos, que paga en este acto en dinero efectivo, quedando así el capital suscrito y pagado en su totalidad en este acto.; Duración: Indefinida. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de mayo de 2024.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
LUXOR MOTOS SpA
CVE 2494396
