José Farías Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
Toda clase de servicios funerarios, alquiler de salas de velación, compra, venta y alquiler de ataúdes, urnas, vehículos para el traslado de cadáveres y personas, y todos los objetos necesarios para los servicios antes mencionados; la prestación de todo tipo de servicios funerarios, traslado de féretros y fallecidos dentro y fuera del territorio de Chile, ya sea en vehículos propios o ajenos; la fabricación, compra, arriendo de urnas y féretros; lápidas y en general todo tipo de artículos funerarios; cremación de cadáveres con todos los servicios que sean necesarios para tal objeto; venta de nichos y criptas para la sepultura de cadáveres, y cenizas de los mismos, así como la gestión y trámite ante las autoridades correspondientes, a efecto de la inhumación de cadáveres, y exhumación de los mismos en su caso; la adquisición, enajenación y explotación en cualquier forma de bienes inmuebles, la construcción por cuenta propia o a través de terceros; y cualquier otro negocio que acordaren los socios
资本
总资本
$2.000.000
实缴资本
$2.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-7 | 9.xxx.xxx-7 | 25% | $500.000 |
SANDRA ISABEL INOSTROZA QUEZADA Socio 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | 75% | $1.500.000 |
管理人(2)
SANDRA ISABEL INOSTROZA QUEZADA
摘要官方正文
CHRISTIAN EDMUNDO BARRIOS IBARRA, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la 2da. Notaria de San Fernando Suplente del Titular don CARLOS HORACIO GUZMAN BAIGORRIA, según Decreto Económico Nº 68-2017, emitido por el 2do. Juzgado de Letras de San Fernando, protocolizado bajo el repertorio Nº 2502-2017, con oficio en calle Chillán Nº 595-A, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 25/09/2017, Repertorio Nº 2488-2017, otorgada en esta misma Notaria ante el Notario Público Suplente don José Luis Rivadeneira Troncoso, según Decreto Económico Nº 69-2017, emitido por el 2do. Juzgado de Letras de San Fernando, protocolizado bajo el repertorio Nº 2483-2017, Don JOSÉ MARCELINO FARÍAS BRAVO, chileno, casado, comerciante, C.N.I. Nº 9.630.542-7, domiciliado en calle Juan Jiménez N° 1.268, San Fernando; y doña SANDRA ISABEL INOSTROZA QUEZADA, chilena, casada, factor de comercio, C.N.I. Nº 10.565.636-k, domiciliada en calle Juan Jiménez N° 1268, San Fernando, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “ JOSÉ FARÍAS LIMITADA ”, pudiendo actuar con nombre fantasía “FUNERARIA MARCELO FARÍAS LIMITADA”.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) Toda clase de servicios funerarios, alquiler de salas de velación, compra, venta y alquiler de ataúdes, urnas, vehículos para el traslado de cadáveres y personas, y todos los objetos necesarios para los servicios antes mencionados; b) La prestación de todo tipo de servicios funerarios, traslado de féretros y fallecidos dentro y fuera del territorio de Chile, ya sea en vehículos propios o ajenos; c) La fabricación, compra, arriendo de urnas y féretros; lápidas y en general todo tipo de artículos funerarios; d) Cremación de cadáveres con todos los servicios que sean necesarios para tal objeto; e) Venta de nichos y criptas para la sepultura de cadáveres, y cenizas de los mismos, así como la gestión y trámite ante las autoridades correspondientes, a efecto de la inhumación de cadáveres, y exhumación de los mismos en su caso; f) La adquisición, enajenación y explotación en cualquier forma de bienes inmuebles, la construcción por cuenta propia o a través de terceros; g) y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- DOMICILIO: San Fernando, sin perjuicio de las sucursales, oficinas o agencias que establezcan en otros puntos del país o del extranjero.- PLAZO O DURACION: La sociedad empezara a regir desde la fecha de la escritura de constitución y tendrá una duración de 2 años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, al final del período que este en curso, mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto social, con una anticipación mínima de 3 meses al vencimiento del plazo original o de sus prórrogas.- CAPITAL: $2.000.000, aportados en efectivo, siguiente modo: $500.000 por don JOSÉ MARCELINO FARÍAS BRAVO, al contado, ingresando en este acto a la caja social; y $1.500.000 por doña SANDRA ISABEL INOSTROZA QUEZADA, al contado, ingresando en este acto a la caja social.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponde individualmente a don JOSÉ MARCELINO FARÍAS BRAVO y a doña SANDRA ISABEL INOSTROZA QUEZADA, separada e indistintamente.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes; y las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes al capital.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- San Fernando, 27 de Septiembre de 2017.-
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
JOSÉ FARÍAS LIMITADA
CVE 1280044
