股份公司

Jmoroy Inversiones SpA

CONSTITUCIÓN — 2020年9月25日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2020-09-25查看 PDF(CVE 1821297)

公司信息

SpA
Santiago, Región Metropolitana

公司目的

La inversión sobre toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, comunidades, cuotas de fondos de inversión, valores mobiliarios, y cualquier instrumento del mercado de capitales o financiero, además de la percepción y administración de los frutos naturales y civiles que generen dichas actividades. Participar en la formación de sociedades, comunidades de cualquier naturaleza, el ingreso como socio o accionista a las ya constituidas. El arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios. La prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. La representación de marcas nacionales y extranjeras, sea como representante, licenciante, distribuidor o franquiciante.

资本

总资本

$200.000.000

实缴资本

$156.000.000

待缴资本

$44.000.000

股份

2,000

股东(3)

姓名持股比例

JOSÉ MIGUEL MENATTI MORONI GÁLVEZ

Accionista

6.xxx.xxx-8

65%

CECILIA DE LAS MERCEDES OYARZÚN ROSSEL

Accionista

8.xxx.xxx-8

32.5%

JAVIERA PAZ MORONI OYARZÚN

Accionista

19.xxx.xxx-0

2.5%

摘要官方正文

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, domiciliado en Paseo Ahumada 341, cuarto piso, Santiago, certifico que con fecha 02 de Septiembre de 2020, por escritura pública, Repertorio N°9183-2020, ante el Notario Suplente don Jorge Rinaldo Lobos Díaz, don JOSÉ MIGUEL MENATTI MORONI GÁLVEZ, factor de comercio, cédula de identidad N°6.224.708-8, domiciliado en Panamericana Norte N°20680, galpón nueve, comuna de Santiago, Región Metropolitana; doña CECILIA DE LAS MERCEDES OYARZÚN ROSSEL, rentista, cédula de identidad N°8.563.076-8; y doña JAVIERA PAZ MORONI OYARZÚN, estudiante, cédula de identidad N°19.309.409-0, ambas domiciliadas en calle Las Pircas N°344, Tierras Lindas II, Colina, Región Metropolitana, los comparecientes mayores de edad, constituyen sociedad por acciones denominada “JMOROY INVERSIONES SpA” pudiendo usar como nombre de fantasía para fines publicitarios, comerciales el de “JMOROY SpA. Domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, agencias, establecimientos que pueda instalar en otro lugar. Objeto: a.- La inversión sobre toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, comunidades, cuotas de fondos de inversión, valores mobiliarios, y cualquier instrumento del mercado de capitales o financiero, además de la percepción y administración de los frutos naturales y civiles que generen dichas actividades. b.- participar en la formación de sociedades, comunidades de cualquier naturaleza, el ingreso como socio o accionista a las ya constituidas. c.- El arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; d.- La prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. f.- La representación de marcas nacionales y extranjeras, sea como representante, licenciante, distribuidor o franquiciante.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $200.000.000.-, dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan en este acto de la siguiente manera: a.- JOSÉ MIGUEL MENATTI MORONI GÁLVEZ, suscribe la cantidad de 1300 acciones, ascendentes a la cantidad de ciento treinta millones de pesos, las que paga, aportando en dominio y declarando que es dueño exclusivo de la unidad ubicada en calle Las Pircas N°344, que corresponde al lote o unidad D diez del condominio “Tierras Lindas II”, que forma parte del proyecto inmobiliario “Tierras Lindas”, condominio tipo B, según plano archivado con el N°3230, Comuna de Colina, Región Metropolitana, que deslinda: NORORIENTE, en dos tramos, en seis coma cincuenta y seis metros aproximados, en línea curva con Vialidad interior y en veintidós coma once metros aproximados, en línea recta con sitio D nueve; SURORIENTE, en dos tramos en línea recta, en catorce coma setenta y nueve metros aproximados, con sitio D nueve y en treinta coma noventa metros aproximados, con AVP seis; SURPONIENTE, en dos tramos en línea quebrada, en ocho coma cero cero metros y en catorce coma cincuenta y siete metros aproximados, con AVP siete; NORPONIENTE, en dos tramos en línea quebrada, en veintiséis coma ochenta y un metros y en dieciséis coma cero un metros aproximados, con sitio D once. Y dueño en derechos como comunero en los bienes que se reputan comunes de acuerdo a la ley diecinueve mil quinientos treinta y siete sobre copropiedad inmobiliaria.- Los deslindes del Condominio que corresponden al Macrolote ML-dos A-uno a del plano de subdivisión respectivo, demarcado en el Polígono uno-dos-tres-cuatro-cinco-seis-siete-siete-diez-diez-doce-uno son los siguientes: NORTE, en línea doce-diez de ciento ochenta y tres coma cuarenta y ocho metros con Macrolote ML-F uno del plano de subdivisión, en línea diez-diez de doscientos treinta y tres coma diecinueve metros con Parcelación Fundo Santa Elena Lote número cuatro, en línea diez-siete de catorce coma sesenta metros con Macrolote ML-dos A -uno b del plano de subdivisión, y en línea seis-seis en ochenta y dos coma ochenta y seis metros con Parcelación Fundo Santa Elena Lote número tres; NORPONIENTE, en línea diez-diez de ciento siete coma noventa y nueve metros con Macrolote ML-F uno del plano de subdivisión; SUR, en línea uno-dos de doscientos sesenta coma ochenta y seis metros, en línea tres-cuatro de treinta y cuatro coma treinta y tres metros, y en línea cuatro-cinco de doscientos dieciséis coma cincuenta y nueve metros con Macrolote número uno, del plano de división afecta; ORIENTE, en línea dos-tres de cuarenta y cinco coma veintinueve metros con Macrolote uno del plano de división afecta, en línea cinco-seis de cuarenta y tres coma cero un metros con Vialidad pública Totorilla C treinta y nueve N, y en línea siete-siete de diecisiete coma dieciocho metros con Parcelación Fundo Santa Elena número tres; PONIENTE, en Línea uno-doce de doscientos veintidós coma treinta y cinco metros con Parcelación Reserva Cora número siete. Adquirió dicha propiedad por compra al fondo de Inversión Privado Colina, RUT N°53.303.056-4 administrado por la sociedad Administradora Colina S.A., RUT N°76.678.960-9, según escritura de fecha 30 de Diciembre del año 2011, otorgada ante el Notario Público don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal. El título de dominio se inscribió a su nombre a fojas 12502 N°19044 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2012. Al inmueble le corresponde el rol de contribuciones 1456-10, comuna de Colina. El aportante avalúa su aporte a la sociedad en la suma de ciento treinta millones de pesos, monto que ha sido acordado y avaluado de común acuerdo por los socios comparecientes. Por este acto, el aportante declara que el bien inmueble no ha sido declarado como bien familiar ni está afecto a ninguna medida que impida este acto. b.- CECILIA DE LAS MERCEDES OYARZÚN ROSSEL, suscribe la cantidad de 650 cincuenta acciones, ascendentes a la cantidad de sesenta y cinco millones de pesos, las que paga, con la suma de veinte millones de pesos al contado y en dinero efectivo, ingresándolo a la caja social; el saldo será pagado en el plazo de cinco años, contados desde la fecha de esta escritura. c.- JAVIERA PAZ MORONI OYARZÚN suscribe la cantidad de 50 acciones, ascendentes a la cantidad de cinco millones de pesos, las que paga, con la suma de un millón de pesos al contado y en dinero efectivo, ingresándolo a la caja social. El saldo será pagado en el plazo de cinco años, contados desde la fecha de esta escritura. Otras estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 22 de Septiembre de 2020.- COSME FERNANDO GOMILA GATICA.- Notario Titular.- MGP

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