Inversiones Malgue Carriel E Hijos Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
a) Comprar, vender, permutar y en general adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, en especial aquellos cuya adquisición y enajenación quede comprendido dentro del giro de la sociedad; b) Dar y tomar en arrendamiento, administración o concesión toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; c) Dar y tomar bienes en comodato; d) Dar y recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general; posponer, alzar y servir hipotecas; e) Dar y recibir en prenda, muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, warrants, industrial, de cosas muebles vendidas a plazo u otras especiales, sean ellas con o sin desplazamiento, y cancelarlas; f) Celebrar contratos de cuentas corrientes mercantil; imponerse de su movimiento y aprobar y rechazar sus saldos; g) Asimismo, constituirán objeto de la sociedad todos los actos, negocios y actividades que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social y/o acuerden sus socios.
资本
总资本
$5.000.000
实缴资本
$5.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | $3.000.000 |
Socio | - | 40% | $2.000.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Público, Titular 15ª Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández 201, oficina 101 y 102, Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública de hoy, ante mí, a) don JUAN HUMBERTO MALGUE BENÍTEZ, domiciliado en Pasaje Las Verónicas 0647, comuna de Colina, Región Metropolitana, de paso por esta ciudad y b) doña INGRID MABEL CARRIEL ORTIZ, domiciliada Pasaje Las Verónicas 0647, comuna de Colina, Región Metropolitana, de paso por esta ciudad; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “INVERSIONES MALGUE CARRIEL E HIJOS LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “INVERSIONES MALGUE CARRIEL E HIJOS LIMITADA”. Domicilio: la ciudad de Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales otros puntos del país o extranjero. Objeto Social: a) Comprar, vender, permutar y en general adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, en especial aquellos cuya adquisición y enajenación quede comprendido dentro del giro de la sociedad; b) Dar y tomar en arrendamiento, administración o concesión toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; c) Dar y tomar bienes en comodato; d) Dar y recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general; posponer, alzar y servir hipotecas; e) Dar y recibir en prenda, muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, warrants, industrial, de cosas muebles vendidas a plazo u otras especiales, sean ellas con o sin desplazamiento, y cancelarlas; f) Celebrar contratos de cuentas corrientes mercantil; imponerse de su movimiento y aprobar y rechazar sus saldos; g) Asimismo, constituirán objeto de la sociedad todos los actos, negocios y actividades que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social y/o acuerden sus socios. Administración y uso de razón social: será ejercida por don JUAN HUMBERTO MALGUE BENÍTEZ, quien, anteponiendo a su nombre la razón social, la representará judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y disposición necesarias, incluso para la celebración de aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen poder especial. Capital: $5.000.000 aportados de la siguiente manera: Uno) Don JUAN HUMBERTO MALGUE BENÍTEZ, aporta la cantidad de $3.000.000, equivalente al 60% del capital social, que se entera y paga en este acto y en dinero efectivo. Dos) Doña INGRID MABEL CARRIEL ORTIZ, aporta la cantidad de $2.000.000, equivalente al 40% del capital social, que se entera y paga en este acto y en dinero efectivo. Responsabilidad: limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: 3 años contados desde la fecha de la presente escritura pública. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente en forma tácita y sucesiva, por períodos iguales de tres años cada uno, salvo que uno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de tres meses a la expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con la misma anticipación antes señalada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de Agosto de 2023.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES MALGUE CARRIEL E HIJOS LIMITADA
CVE 2372403
