Inversiones M Y R SpA
Diario Oficial
公司信息
公司目的
inversiones, Compra y venta de Vehículos, alquiler de autos y camionetas con y sin chofer, Obras menores en construcción y movimientos de tierras.- La representación de firmas o marcas nacionales o extranjeras; inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles propios, la compra o venta de dichos bienes, su arriendo, administración o cualquier otra forma de explotación; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; por cuenta propia; así como la inversión en valores, bonos, acciones o cualesquiera títulos transables, en general cualquier objeto que la junta de accionistas acuerde.
资本
总资本
$30.000.000
股份
100
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
MARCELA ALEJANDRA CÁCERES ESPINOZA Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
管理人(1)
摘要官方正文
ALVARO GONZALO MERA CORREA, Notario Público Titular, para las comunas de Constitución y Empedrado, en mi Oficio de calle O’Higgins 499-A, de esta ciudad, CERTIFICA: por escritura pública de fecha 17 de enero del presente año, ante mí, doña MARCELA ALEJANDRA CÁCERES ESPINOZA, domiciliada para estos efectos en Población Manuel Francisco Meza Seco Block 467 departamento 105, comuna de Constitución y don RAÚL ALEXIS CASTILLO ESPINOZA, domiciliado para estos efectos en Los Molinos Pasaje Camilo Henríquez número 1530, Comuna de Constitución vienen en constituir una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre mercado de capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. El nombre de la sociedad será INVERSIONES M Y R SpA que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento nueve, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la ciudad de Constitución, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: el objeto de la sociedad será el siguiente: inversiones, Compra y venta de Vehículos, alquiler de autos y camionetas con y sin chofer, Obras menores en construcción y movimientos de tierras.- La representación de firmas o marcas nacionales o extranjeras; inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles propios, la compra o venta de dichos bienes, su arriendo, administración o cualquier otra forma de explotación; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; por cuenta propia; así como la inversión en valores, bonos, acciones o cualesquiera títulos transables, en general cualquier objeto que la junta de accionistas acuerde. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Constitución, sin perjuicio de las sucursales o agencias que los socios acuerden establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo. Capital: $30.000.000.- (TREINTA MILLONES DE PESOS), dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. Las acciones fueron enteradas de acuerdo a los aportes en dominio indicados en la escritura de Constitución. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión.; Administración: Se nombra administrador de la sociedad de acuerdo con lo dispuesto a la ley que la rige y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a don RAÚL ALEXIS CASTILLO ESPINOZA ya individualizada, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos. Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. Demás estipulaciones escritura extractada. Constitución, 18 de enero del 2023.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES M Y R SpA
CVE 2256953
