Inversiones Lisperguer Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El objeto de la sociedad será: a) La compraventa, exportación, importación, intermediación, representación de firmas nacionales o extranjeras; comercialización, compraventa con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes, corporales e incorporales; b) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, de bienes raíces, urbanos y rurales, por cuenta propia o ajena; c) La inversión en todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, especialmente acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, todo ello con fines de inversión y renta; y la participación en otras sociedades de cualquier tipo, en calidad de socio o accionista, y en la administración de las mismas, sea que sus objetos se relacionen o no con los anteriores; d) El desarrollo y participación de toda clase de negocios, por cuenta propia o ajena, en Chile o extranjero, cuyo objeto se relacione directa o indirectamente con actividades antes señaladas, para lo cual la sociedad podrá concurrir a formar, modificar y tomar parte en toda clase de sociedades; y e) Cualquier otro objeto, sea por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros y en general todos los actos de comercio y/o cualquier actividad relacionada o no con el giro que se acuerde.-
资本
总资本
$20.000.000
实缴资本
$9.999.999
待缴资本
$10.000.001
股东(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
MARIO PEDRO LISPERGUER BASAURE Socio | - | 52% | $10.400.000 |
MARÍA FRANCISCA LISPERGUER ARAYA Socio | - | 16% | $3.200.000 |
MARÍA CONSUELO LISPERGUER ARAYA Socio | - | 16% | $3.200.000 |
CRISTÓBAL ANDRÉS LISPERGUER ARAYA Socio | - | 16% | $3.200.000 |
管理人(4)
MARIO PEDRO LISPERGUER BASAURE
MARÍA FRANCISCA LISPERGUER ARAYA
MARÍA CONSUELO LISPERGUER ARAYA
CRISTÓBAL ANDRÉS LISPERGUER ARAYA
摘要官方正文
Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, Mario Pedro Lisperguer Basaure, María Francisca Lisperguer Araya, María Consuelo Lisperguer Araya y Cristóbal Andrés Lisperguer Araya, todos con domicilio en calle Vista Hermosa 9.790, comuna de Cerrillos, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada; Razón social: "INVERSIONES LISPERGUER LIMITADA” nombre de fantasía “LISPERGUER LTDA.”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La compraventa, exportación, importación, intermediación, representación de firmas nacionales o extranjeras; comercialización, compraventa con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes, corporales e incorporales; b) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, de bienes raíces, urbanos y rurales, por cuenta propia o ajena; c) La inversión en todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, especialmente acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, todo ello con fines de inversión y renta; y la participación en otras sociedades de cualquier tipo, en calidad de socio o accionista, y en la administración de las mismas, sea que sus objetos se relacionen o no con los anteriores; d) El desarrollo y participación de toda clase de negocios, por cuenta propia o ajena, en Chile o extranjero, cuyo objeto se relacione directa o indirectamente con actividades antes señaladas, para lo cual la sociedad podrá concurrir a formar, modificar y tomar parte en toda clase de sociedades; y e) Cualquier otro objeto, sea por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros y en general todos los actos de comercio y/o cualquier actividad relacionada o no con el giro que se acuerde.- Domicilio: Santiago.- Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años, prorrogables por periodos iguales y sucesivos de cinco años sin que alguno de los socios manifieste su intención de poner término a él, siempre y cuando manifieste su intención a través de una inscripción al margen de la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.Capital: El capital de la sociedad será la suma de $20.000.000, que los socios aportan como sigue: Don MARIO PEDRO LISPERGUER BASAURE la suma de $10.400.000, de los cuales $5.200.000, se pagan en este acto en dinero en efectivo ingresado en caja social y los restantes $5.200.000, se pagarán en un plazo de 12 meses desde la firma del presente instrumento, correspondiente al 52% por ciento de los derechos sociales; doña MARÍA FRANCISCA LISPERGUER ARAYA la suma de $3.200.000, de los cuales $1.600.000, se pagan en este acto en dinero efectivo ingresado en caja social y los restantes $1.600.000, se pagarán en un plazo de 12 meses desde la firma del presente instrumento, correspondiente al 16% de los derechos sociales; doña MARÍA CONSUELO LISPERGUER ARAYA la suma de $3.200.000, de los cuales $1.600.000, se pagan en este acto en dinero efectivo ingresado en caja social y los restantes $1.600.000, se pagarán en un plazo de 12 meses desde la firma del presente instrumento, correspondiente al 16% de los derechos sociales; y don CRISTÓBAL ANDRÉS LISPERGUER ARAYA la suma de $3.200.000, de los cuales $1.600.000, se pagan en este acto en dinero efectivo ingresado en caja social y los restantes $1.600.000, se pagarán en un plazo de 12 meses desde la firma del presente instrumento, correspondiente al 16% de los derechos sociales.- Administración: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios don MARIO PEDRO LISPERGUER BASAURE quien actuando en conjunto con al menos uno de los demás socios, MARÍA FRANCISCA LISPERGUER ARAYA, MARÍA CONSUELO LISPERGUER ARAYA y/o CRISTÓBAL ANDRÉS LISPERGUER ARAYA y anteponiendo sus firmas a la razón social o al nombre abreviado, podrán realizar cualquier acto o celebrar cualquier contrato, con amplias facultades de administración y disposición. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 10 de Septiembre de 2021.- Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia.-
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES LISPERGUER LIMITADA
CVE 2010599
