Inversiones Jafa Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
a) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; c) La prestación de asesorías en materias inmobiliarias, administrativas, de gestión, financieras, de inversiones, o de cualquier otra clase; y d) En general, todo otro acto o negocio de naturaleza civil que los socios acuerden.
资本
总资本
$5.000.000
实缴资本
$3.025.000
待缴资本
$1.975.000
股东(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 33% | $1.650.000 |
Socio | - | 33% | $1.650.000 |
Socio | - | 33% | $1.650.000 |
Socio | - | 0.5% | $25.000 |
Socio | - | 0.5% | $25.000 |
管理人(5)
SII 代表(2)
摘要官方正文
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública fecha 31/05/2022, REP. N°11.630-2022, otorgada ante mí, Inversiones Pupo SpA; Inversiones Nona SpA; Inversiones Nachaja SpA; doña Ximena Elizabeth Fajre Wipe; y don Jorge Antonio Jadue Álamos, todos domiciliados en Alfredo Barros Errázuriz N° 1954, oficina 1310, Providencia, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: "INVERSIONES JAFA LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales, bancarios, publicitarios, ante el fisco y, en general, en cualquier gestión ante terceros, la abreviación o denominación "INVERSIONES JAFA LTDA.". Objeto: a) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; c) La prestación de asesorías en materias inmobiliarias, administrativas, de gestión, financieras, de inversiones, o de cualquier otra clase; y d) En general, todo otro acto o negocio de naturaleza civil que los socios acuerden. Capital: $5.000.000 que los socios aportan de la siguiente forma: /i/ Inversiones Pupo SpA aporta la suma de $1.650.000, lo que equivale a un 33% del capital y derechos sociales, y que entera con la suma de $1.000.000 en este acto al contado y en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social, y el saldo de $650.000 lo enterará dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura y a medida que las necesidades sociales lo requieran; /ii/ Inversiones Nona SpA aporta la suma de $1.650.000, lo que equivale a un 33% del capital y derechos sociales, y que entera con la suma de $1.000.000 en este acto al contado y en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social, y el saldo de $650.000 lo enterará dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura y a medida que las necesidades sociales lo requieran; /iii/ Inversiones Nachaja SpA aporta la suma de $1.650.000, lo que equivale a un 33% del capital y derechos sociales, y que entera con la suma de $1.000.000 en este acto al contado y en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social, y el saldo de $650.000 lo enterará dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura y a medida que las necesidades sociales lo requieran; /iv/ doña Ximena Elizabeth Fajre Wipe aporta la suma de $25.000, lo que equivale a un 0,5% del capital y derechos sociales, y que entera en este acto al contado y en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social; y /v/ don Jorge Antonio Jadue Alamos aporta la suma de $25.000, lo que equivale a un 0,5% del capital y derechos sociales, y que entera en este acto al contado y en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración y representación de la Sociedad, y uso de la razón social, corresponderá separada e individualmente a don Jorge Antonio Jadue Alamos y a doña Ximena Elizabeth Fajre Wipe, quienes estarán facultados para llevar a cabo todos los actos, contratos, convenciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la Sociedad, con facultades indicadas en escritura extractada. En el evento que don Jorge Antonio Jadue Alamos y doña Ximena Elizabeth Fajre Wipe hubieren fallecido, se encontraren ausentes, insolventes, impedidos, inhabilitados, o incapacitados, automáticamente, y sin que sea necesario efectuar trámite alguno ni acreditar las circunstancias a terceros en forma alguna, pasarán a ejercer la administración y representación de la Sociedad, y tendrán el uso del nombre social, con las mismas facultades, don Agustín Nicolás Jadue Fajre, doña Antonia Belén Jadue Fajre, y doña Ignacia Jesús Jadue Fajre, debiendo actuar siempre conjuntamente dos cualesquiera de ellos. Duración: 25 años. La Sociedad se prorrogará tácitamente por períodos sucesivos de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración hecha por escritura pública y anotada en el Registro de Comercio de Santiago, al margen de la inscripción social, todo lo cual debe verificarse con no menos de tres meses de anticipación al vencimiento respectivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 08 de Junio de 2022.-
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES JAFA LIMITADA
CVE 2145402
