有限责任公司

Inversiones Gastronómicas Doña Ema Limitada

CONSTITUCIÓN — 2025年5月12日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2025-05-12查看 PDF(CVE 2645574)

公司信息

Ltda
Puerto Varas, Los Lagos
期限: Tres años a contar de la fecha de la escritura extractada, prorrogable tácita y sucesivamente si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de este contrato, en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación a lo menos a la fecha de vencimiento del plazo inicial de vigencia de la Sociedad o cualquiera de sus prórrogas.
管理方式: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don Gabriel Alejandro Hales Opitz, cédula nacional de identidad número catorce millones ochenta y seis mil doscientos dos guiones nueve.

公司目的

La sociedad tiene por objeto la elaboración, comercialización, procesamiento, distribución, venta por cuenta propia o ajena de alimentos o productos alimenticios en cualquiera de sus formas además de efectuar inversiones de renta ya sea en Chile como en el extranjero en toda clase de bienes sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles, explotación de todo tipo de establecimientos de comercio especialmente de los rubros de salones de té, restorant, bar, pub y relacionados además de producir, desarrollar y ejecutar por cuenta propia o de terceros de toda clase de eventos, seminarios, manifestaciones, convenios públicos o privados y en general toda otra actividad relacionada con el objeto social y cualquier otro giro que los socios acuerden. inversiones de todo tipo y cualquier otro giro que los socios acuerden.

资本

总资本

$4.000.000

实缴资本

$4.000.000

待缴资本

$0

股东(2)

姓名持股比例

ERIC GUSTAVO BRUZZONE REYES

Socio

7.xxx.xxx-4

50%

GLADYS AUGUSTA OPITZ NIKLITSCHEK

Socio

8.xxx.xxx-3

50%

管理人(1)

Gabriel Alejandro Hales Opitz

14.xxx.xxx-9Administrador

摘要官方正文

Ministerio del Interior Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura de 06 de mayo de 2025, ante mí, ERIC GUSTAVO BRUZZONE REYES, CI N° 7.887.701-4: y, GLADYS AUGUSTA OPITZ NIKLITSCHEK, CI N°8.212.468-3, ambos domiciliados en Santa Rosa 560, dpto. 33, Puerto Varas, constituyeron sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: INVERSIONES GASTRONÓMICAS DOÑA EMA LIMITADA; nombre de fantasía: “INVERSIONES DOÑA EMA LIMITADA". Objeto: La sociedad tiene por objeto la elaboración, comercialización, procesamiento, distribución, venta por cuenta propia o ajena de alimentos o productos alimenticios en cualquiera de sus formas además de efectuar inversiones de renta ya sea en Chile como en el extranjero en toda clase de bienes sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles, explotación de todo tipo de establecimientos de comercio especialmente de los rubros de salones de té, restorant, bar, pub y relacionados además de producir, desarrollar y ejecutar por cuenta propia o de terceros de toda clase de eventos, seminarios, manifestaciones, convenios públicos o privados y en general toda otra actividad relacionada con el objeto social y cualquier otro giro que los socios acuerden. inversiones de todo tipo y cualquier otro giro que los socios acuerden. Domicilio: Puerto Varas, sin perjuicio que puedan establecerse agencias o sucursales otras ciudades del país o extranjero. Capital: El capital social es de $4.000.000.-, aportados así: ERIC GUSTAVO BRUZZONE REYES, aporta en este acto la suma de $2.000.000.- , que paga al contado y que entra a la caja social en este acto; y, GLADYS AUGUSTA OPITZ NIKLITSCHEK, aporta en este acto la suma de $2.000.000.- , que paga al contado y que entra a la caja social en este acto.- Responsabilidad Limitada al monto de sus aportes. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don Gabriel Alejandro Hales Opitz, cédula nacional de identidad número catorce millones ochenta y seis mil doscientos dos guiones nueve. Duración: Tres años a contar de la fecha de la escritura extractada, prorrogable tácita y sucesivamente si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de este contrato, en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación a lo menos a la fecha de vencimiento del plazo inicial de vigencia de la Sociedad o cualquiera de sus prórrogas. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 08 de mayo de 2025.

最近登记事项

  1. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES GASTRONÓMICAS DOÑA EMA LIMITADA

    CVE 2645574

公司关系

公司人物Diario Oficial