Inversiones Don Pedro Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La compra, venta, comercialización, enajenación y arrendamiento de todo tipo de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, derechos, cuotas o participaciones en cualquiera clase de sociedad o asociación. Desarrollar inversiones financieras de cualquier naturaleza, especialmente las relacionadas con negocios inmobiliarios. Podrá desarrollar toda clase de asesorías, especialmente las relacionadas con la actividad. Podrá asumir representaciones comerciales de alguna especie. La compra, venta, arrendamiento o cualquier tipo de cesión del uso o tenencia de todo tipo de bienes muebles, en especial todo tipo de vehículos motorizados, de tipo personal, comercial, industrial o agrícola, la importación, exportación y distribución de todo tipo de partes, piezas y repuestos para los señalados bienes. La realización de cualquier otro negocio o actividad que sea o se estime necesaria y/o conveniente para el cumplimiento de su objeto social, pudiendo adquirir o enajenar, a cualquier título, dar y tomar en opción, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra clase de tenencia, toda clase de bienes raíces, muebles, corporales o incorporales, para lo cual la Sociedad podrá ejecutar los actos contractuales y celebrar todos los actos jurídicos conducentes a estos fines, sin que sea necesario acreditar esta circunstancia ante terceros tanto en el territorio nacional como en el extranjero.
资本
总资本
$2.000.000
实缴资本
$2.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
DANIEL IGNACIO OKSENBERG GONZALEZ Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | 80% | $1.600.000 |
PAUL ANDRES NUMHAUSER BUSTAMANTE Socio 19.xxx.xxx-k | 19.xxx.xxx-k | 20% | $400.000 |
管理人(2)
DANIEL IGNACIO OKSENBERG GONZALEZ
PAUL ANDRES NUMHAUSER BUSTAMANTE
摘要官方正文
Ministerio del Interior Que mediante publicación de fecha 15 de noviembre de 2025, se publicó la constitución de la sociedad Don Pedro Limitada en el siguiente tenor: PABLO JOSÉ HALES BESELER, Titular 13° Notaría Santiago, Avenida Padre Hurtado Sur 875 local 1054, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de noviembre de 2025, ante FERNANDO GABRIEL SEPULVEDA ROSAS Abogado, Notario Suplente en la 13° Notaría Santiago, Don DANIEL IGNACIO OKSENBERG GONZALEZ, casado, cédula de identidad 15.359.254-3, abogado, y don PAUL ANDRES NUMHAUSER BUSTAMANTE, casado, cédula de identidad 19.244.957-K, abogado, ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio norte 1090, oficina 602, Vitacura; constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES DON PEDRO”, nombre de fantasía “DON PEDRO LTDA” Objeto: Uno. La compra, venta, comercialización, enajenación y arrendamiento de todo tipo de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, derechos, cuotas o participaciones en cualquiera clase de sociedad o asociación. Dos. Desarrollar inversiones financieras de cualquier naturaleza, especialmente las relacionadas con negocios inmobiliarios. Podrá desarrollar toda clase de asesorías, especialmente las relacionadas con la actividad. Podrá asumir representaciones comerciales de alguna especie. Tres: La compra, venta, arrendamiento o cualquier tipo de cesión del uso o tenencia de todo tipo de bienes muebles, en especial todo tipo de vehículos motorizados, de tipo personal, comercial, industrial o agrícola, la importación, exportación y distribución de todo tipo de partes, piezas y repuestos para los señalados bienes. Cinco: La realización de cualquier otro negocio o actividad que sea o se estime necesaria y/o conveniente para el cumplimiento de su objeto social, pudiendo adquirir o enajenar, a cualquier título, dar y tomar en opción, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra clase de tenencia, toda clase de bienes raíces, muebles, corporales o incorporales, para lo cual la Sociedad podrá ejecutar los actos contractuales y celebrar todos los actos jurídicos conducentes a estos fines, sin que sea necesario acreditar esta circunstancia ante terceros tanto en el territorio nacional como en el extranjero. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, con amplias facultades indicadas en la escritura. Capital social: El capital de la Sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) DANIEL IGNACIO OKSENBERG GONZALEZ entera el equivalente al ochenta por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón seiscientos mil pesos, que entera y paga a la caja social en este acto y en dinero en efectivo, y B) PAUL ANDRES NUMHAUSER BUSTAMANTE entera el equivalente al veinte por ciento del capital social, mediante el aporte de cuatrocientos mil pesos, montos íntegramente suscritos y pagados en la forma que se indica en la escritura. Duración de la sociedad: La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 10 de noviembre de 2025. Que, producto de un error involuntario en la singularización de la razón social al no haber incluido la palabra "LIMITADA", se viene en rectificar la publicación anterior agregando la palabra que faltaba en la razón social, quedando del siguiente tenor: FERNANDO GABRIEL SEPULVEDA ROSAS, Notario Público Suplente de la 13° Notaría Santiago, con domicilio en Avenida Padre Hurtado Sur 875 local 1054, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 07 de noviembre de 2025, ante mí, don DANIEL IGNACIO OKSENBERG GONZALEZ, casado, cédula de identidad 15.359.254-3, abogado, y don PAUL ANDRES NUMHAUSER BUSTAMANTE, casado, cédula de identidad 19.244.957-K, abogado, ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio norte 1090, oficina 602, Vitacura; constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES DON PEDRO LIMITADA”, nombre de fantasía “DON PEDRO LTDA” Objeto: Uno. La compra, venta, comercialización, enajenación y arrendamiento de todo tipo de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, derechos, cuotas o participaciones en cualquiera clase de sociedad o asociación. Dos. Desarrollar inversiones financieras de cualquier naturaleza, especialmente las relacionadas con negocios inmobiliarios. Podrá desarrollar toda clase de asesorías, especialmente las relacionadas con la actividad. Podrá asumir representaciones comerciales de alguna especie. Tres: La compra, venta, arrendamiento o cualquier tipo de cesión del uso o tenencia de todo tipo de bienes muebles, en especial todo tipo de vehículos motorizados, de tipo personal, comercial, industrial o agrícola, la importación, exportación y distribución de todo tipo de partes, piezas y repuestos para los señalados bienes. Cinco: La realización de cualquier otro negocio o actividad que sea o se estime necesaria y/o conveniente para el cumplimiento de su objeto social, pudiendo adquirir o enajenar, a cualquier título, dar y tomar en opción, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra clase de tenencia, toda clase de bienes raíces, muebles, corporales o incorporales, para lo cual la Sociedad podrá ejecutar los actos contractuales y celebrar todos los actos jurídicos conducentes a estos fines, sin que sea necesario acreditar esta circunstancia ante terceros tanto en el territorio nacional como en el extranjero. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, con amplias facultades indicadas en la escritura. Capital social: El capital de la Sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) DANIEL IGNACIO OKSENBERG GONZALEZ entera el equivalente al ochenta por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón seiscientos mil pesos, que entera y paga a la caja social en este acto y en dinero en efectivo, y B) PAUL ANDRES NUMHAUSER BUSTAMANTE entera el equivalente al veinte por ciento del capital social, mediante el aporte de cuatrocientos mil pesos, montos íntegramente suscritos y pagados en la forma que se indica en la escritura. Duración de la sociedad: La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 24 de noviembre de 2025.
公司信息
公司目的
La inversión, compra, venta, administración, arrendamiento, leasing, construcción, remodelación, loteo, urbanización y explotación, a cualquier título, de toda clase de bienes inmuebles urbanos o rurales; la inversión, adquisición, enajenación, leasing, rentas y administración de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones, bonos, efectos de comercio, derechos, cuotas por cuenta propia o de terceros; y todo acto relacionado con lo anterior que los socios acuerden, como así mismo la realización de cualquier otra actividad complementaria o conexa con las anteriores, sin perjuicio de desarrollar, sin limitaciones, cualquier otra actividad industrial o comercial
资本
总资本
$394.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 99.596.420-1 | 99.596.420-1 | 49% | $194.000.000 |
CONSTANZA ESTEFANIA VIDAL ALBÓNICO Socio 15.xxx.xxx-k | 15.xxx.xxx-k | 51% | $200.000.000 |
管理人(1)
Constanza Estefania Vidal Albónico
摘要官方正文
Álvaro D. González Salinas, Titular 42º, Notaria de Santiago, Avda. Apoquindo N° 3001, Piso 2, Las Condes, certifica, por escritura pública de fecha 09-02-2024, otorgada ante mí: La Sociedad HV INVESTMENTS S.A., sociedad del giro inversiones, R.U.T.N° 99.596.420-1, Camino El Alba N° 9.500, Torre A, oficina 104, Las Condes, y Doña CONSTANZA ESTEFANIA VIDAL ALBÓNICO, chilena, casada y separada de bienes, comunicadora social, cédula N° 15.254.622-K, Paseo de Alcalá N° 10.467, Lo Barnechea, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. NOMBRE: "INVERSIONES DON PEDRO LIMITADA". GIRO: El objeto de la sociedad será: uno) Administración y representación de empresas y/o sociedades, pudiendo percibir sus frutos, por cuenta propia o ajena; dos) La inversión, compra, venta, administración, arrendamiento, leasing, construcción, remodelación, loteo, urbanización y explotación, a cualquier título, de toda clase de bienes inmuebles urbanos o rurales; la inversión, adquisición, enajenación, leasing, rentas y administración de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones, bonos, efectos de comercio, derechos, cuotas por cuenta propia o de terceros; y tres) Todo acto relacionado con lo anterior que los socios acuerden, como así mismo la realización de cualquier otra actividad complementaria o conexa con las anteriores, sin perjuicio de desarrollar, sin limitaciones, cualquier otra actividad industrial o comercial. CAPITAL: $394.000.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente forma y proporción: a) HV INVESTMENTS S.A. aporta la suma de $194.000.000 de pesos equivalente al cuarenta y nueve por ciento del capital social, para lo cual aporta en dominio a la sociedad los inmuebles individualizados en la escritura extractada; b) Doña CONSTANZA ESTEFANIA VIDAL ALBÓNICO aporta la suma de $200.000.000 pesos, equivalentes al cincuenta y un por ciento de los derechos sociales, que entera y paga en los términos señalados en la escritura extractada. ADMINISTRACION: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a doña Constanza Estefania Vidal Albónico, con amplias facultades indicadas en escritura extractada. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo abrir sucursales en cualquier otro lugar de la república como en el extranjero. DURACION: La sociedad durará setenta y cinco años contados desde esta fecha, prorrogándose tácita y sucesivamente por períodos iguales de treinta y cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término. Esta voluntad deberá manifestarse mediante escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo o la prórroga, en su caso. Santiago, 05 de marzo de 2024.
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- CONSTITUCIÓN
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CVE 2734194
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