有限责任公司

Inversiones Divar Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年5月6日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2024-05-06查看 PDF(CVE 2489044)

公司信息

Ltda
Villa Alemana, Valparaíso
期限: diez años contados desde esta fecha, y se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la sociedad, con una anticipación de a los menos de seis meses del término del período respectivo
管理方式: Corresponderá exclusivamente a doña Darinka D´Marielle Vargas Leyton, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades.

公司目的

a) La inversión dentro del país o en el extranjero en dineros y/o valores en toda clase de bienes incorporales muebles, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización y en particular, su participación como accionista en sociedades anónimas, o como socia en sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza; b) la inversión dentro del país o en el extranjero de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles, su administración y explotación; c) la adquisición de terrenos, su subdivisión, loteo y urbanización; la construcción de viviendas sociales, por cuenta propia o ajena y la enajenación de las mismas; d) la asesoría e intermediación financiera como comisionista, la intermediación en la realización de negocios como mandatario mercantil, el procesamiento automático de datos; e) servicios contables y financieros, servicios tributarios, procesamiento automático de información financiera y tributaria; f) servicios de tesorería y administración financiera de activos; g) servicios de administración de riesgos; h) la actuación como mandatario mercantil en la administración de recursos y servicios financieros.

资本

总资本

$220.000.000

实缴资本

$220.000.000

待缴资本

$0

股东(2)

姓名持股比例

Darinka D´Marielle Vargas Leyton

Socio

16.xxx.xxx-7

90.9090909091%

Cristián Alejandro Diaz López

Socio

16.xxx.xxx-9

9.0909090909%

管理人(1)

Darinka D´Marielle Vargas Leyton

16.xxx.xxx-7Administrador

摘要官方正文

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Titular 16ª notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura hoy, ante mi, Repertorio Nº 1593/2024, doña DARINKA D´MARIELLE VARGAS LEYTON cédula nacional de identidad N° 16.970.123-7; y don CRISTIAN ALEJANDRO DIAZ LOPEZ, cédula nacional de identidad N° 16.888.469-9; ambos con domicilio en Calle Ecuador N° 1150, comuna de Villa Alemana, Región de Valparaíso, constituyeron la sociedad de responsabilidad Limitada INVERSIONES DIVAR LIMITADA, en los términos siguientes: OBJETO: El objeto de la Sociedad será: a) La inversión dentro del país o en el extranjero en dineros y/o valores en toda clase de bienes incorporales muebles, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización y en particular, su participación como accionista en sociedades anónimas, o como socia en sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza; b) la inversión dentro del país o en el extranjero de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles, su administración y explotación; c) la adquisición de terrenos, su subdivisión, loteo y urbanización; la construcción de viviendas sociales, por cuenta propia o ajena y la enajenación de las mismas; d) la asesoría e intermediación financiera como comisionista, la intermediación en la realización de negocios como mandatario mercantil, el procesamiento automático de datos; e) servicios contables y financieros, servicios tributarios, procesamiento automático de información financiera y tributaria; f) servicios de tesorería y administración financiera de activos; g) servicios de administración de riesgos; h) la actuación como mandatario mercantil en la administración de recursos y servicios financieros. DOMICILIO: Ciudad de Villa Alemana, Región de Valparaíso, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro y fuera del país. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá exclusivamente a doña Darinka D´Marielle Vargas Leyton, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de doscientos veinte millones de pesos, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: Uno) Darinka D´Marielle Vargas Leyton aporta la suma de doscientos millones de pesos, tasado así de común acuerdo entre los socios, correspondiente al aporte del inmueble ubicado en la Comuna de Limache, Parcelación Hacienda San Isidro, que corresponde al Lote o Parcela número noventa y siete del plano número ciento cuarenta y dos del Registro de Documentos de dos mil cuatro, que deslinda: Norte, en ciento trece coma treinta y ocho metros con Parcela número noventa y ocho; Sur, en ciento dieciséis coma cincuenta y siete metros con Parcela número noventa y seis; Oriente, en cuarenta y tres coma cincuenta y cuatro metros con Avenida Los Pimientos; y Poniente, en cuarenta y tres coma sesenta y seis metros con línea de ferrocarril de Valparaíso a Santiago. Superficie aproximada de cinco mil metros cuadrados. Dentro del señalado aporte se encuentra el derecho de uso y goce que le corresponden en los espacios y bienes comunes. El dominio se encuentra inscrito a fojas dos mil ocho vuelta número mil novecientos ochenta y tres del año dos mil veintiuno, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Limache. Dos) Don Cristián Alejandro Diaz López, aporta la suma de veinte millones de pesos en dinero efectivo, ya ingresada a la caja social, a entera satisfacción de los socios. El capital social se encuentra íntegramente pagado. DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será de diez años contados desde esta fecha, y se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la sociedad, con una anticipación de a los menos de seis meses del término del período respectivo. Tanto esta declaración como la entrega de copia de ella, para su anotación, deberán efectuarse con seis meses de anticipación, a lo menos, al día de vencimiento de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de Abril de 2024.

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  1. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES DIVAR LIMITADA

    CVE 2489044

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