Griyo Chile Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El objeto de la sociedad será la producción audiovisual; la creación de contenidos originales, investigación, producción, grabación, post producción y venta de material audiovisual para todas las plataformas, canales, casas productoras y servicios de streaming del mercado; la creación de programas de televisión, series, documentales y trabajos de filmación por encargo; la comercialización de derechos de transmisión y venta de estos o de cualquier otro producto a distintos mercados; la prestación de servicios de producción audiovisual para terceros, incluyendo la investigación, producción, contratación de servicios de terceros relacionados a filmaciones, importe de equipos, contratación de personal para el desarrollo de proyectos; la contratación de seguros de todo tipo; el arrendamiento de vehículos y de inmuebles públicos o privados; la contratación de servicios de hotelería, catering, transporte, arte y escenografía, o de cualquier otro servicio o producto que se requiera en relación a una producción audiovisual para todas las plataformas, canales, casas productoras y servicios de streaming del mercado; la participación en otras sociedades de cualquier tipo cuyos objetos fueren similares, conexos o complementarios; el desarrollo y ejecución de cualquier actividad relacionada, complementaria o conducente al cumplimiento de lo anterior y, en general, la realización de toda otra actividad o negocio que acuerden los socios.
资本
总资本
$1.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Coliluan Whewell Socio 2.xxx.xxx-5 | 2.xxx.xxx-5 | 50% | $500.000 |
Charles William Anthony Hicklin Socio 9.xxx.xxx-2 | 9.xxx.xxx-2 | 50% | $500.000 |
管理人(2)
Coliluan Whewell
Charles William Anthony Hicklin
摘要官方正文
ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, Agustinas N° 1070, 2° piso, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 10 de febrero de 2022, bajo repertorio N° 6.452-2022, ante su suplente don José Leonardo Brusi Muñoz, don COLILUAN WHEWELL, documento nacional de identidad argentino N° 24.469.525 y don CHARLES WILLIAM ANTHONY HICKLIN, documento nacional de identidad argentino para extranjeros N° 94.840.722, ambos domiciliados en Av. El Golf 40, piso 20, Las Condes, Santiago; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “GRIYO CHILE LIMITADA”. Domicilio: Será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otras partes del país o del extranjero Objeto: El objeto de la sociedad será la producción audiovisual; la creación de contenidos originales, investigación, producción, grabación, post producción y venta de material audiovisual para todas las plataformas, canales, casas productoras y servicios de streaming del mercado; la creación de programas de televisión, series, documentales y trabajos de filmación por encargo; la comercialización de derechos de transmisión y venta de estos o de cualquier otro producto a distintos mercados; la prestación de servicios de producción audiovisual para terceros, incluyendo la investigación, producción, contratación de servicios de terceros relacionados a filmaciones, importe de equipos, contratación de personal para el desarrollo de proyectos; la contratación de seguros de todo tipo; el arrendamiento de vehículos y de inmuebles públicos o privados; la contratación de servicios de hotelería, catering, transporte, arte y escenografía, o de cualquier otro servicio o producto que se requiera en relación a una producción audiovisual para todas las plataformas, canales, casas productoras y servicios de streaming del mercado; la participación en otras sociedades de cualquier tipo cuyos objetos fueren similares, conexos o complementarios; el desarrollo y ejecución de cualquier actividad relacionada, complementaria o conducente al cumplimiento de lo anterior y, en general, la realización de toda otra actividad o negocio que acuerden los socios. Duración: La duración de la sociedad será de 10 años contados desde esta fecha, pero se prorrogará tácitamente por períodos sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración hecha por escritura pública y anotada en el Registro de Comercio de Santiago, al margen de la inscripción del extracto de la constitución de la sociedad, con la misma anticipación mínima de seis meses. Capital: $1.000.000. Los socios aportarán y enterarán el capital en la medida que las necesidades sociales lo requieran, en las proporciones que se señalan a continuación: /a/ Coliluan Whewell aportará, en la medida que las necesidades sociales lo requieran, la suma de $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales; y /b/ Charles William Anthony Hicklin aportará, en la medida que las necesidades sociales lo requieran, la suma de $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales. Administración y uso de la razón social: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a ambos socios, esto es, a Coliluan Whewell y a Charles William Anthony Hicklin. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de febrero de 2022.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
GRIYO CHILE LIMITADA
CVE 2090428
