股份公司

Gopassi SpA

CONSTITUCIÓN — 2022年2月18日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2022-02-18查看 PDF(CVE 2088486)

公司信息

SpA
Santiago, Región Metropolitana
期限: indefinida
管理方式: corresponderá a don JAVIER EDUARDO GONZÁLEZ GARCIA, quien actuando en la representación que inviste podrá utilizar la razón social bastando para obligar a la sociedad o representarla anteponer su firma pudiendo delegar todo o parte de estas facultades mediante escritura pública, y anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social

公司目的

El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales médicos, quirúrgicos, de enfermería en las diversas áreas o especialidades de la medicina, la docencia y la investigación en esta área y materias afines, comprendiendo las auditorías clínicas y la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal; tanto en clínicas como en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Al efecto, la sociedad podrá comprar, arrendar en todas sus formas, vender, equipos técnicos profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social. Podrá asimismo, comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios; importar y exportar toda clase de bienes, sean corporales muebles e inmuebles o incorporales; otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por tercero; Servicios médicos en general, consultas, exámenes de laboratorio, procedimientos, cirugía menor y mayor, tratamientos del dolor; asesorías en biotecnología; b) compra y venta de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; la participación en sociedades de inversión y la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena; así como el desarrollo de toda clase de actividades e inversiones inmobiliarias, c) la adquisición y enajenación de bienes raíces agrícolas y urbanos, su explotación, división, venta por pisos, hijuelas, parcelas o loteos, arrendamientos y en la ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios; d) desarrollo de proyectos cabañas o departamentos de turismo, inmobiliarios, promoción y ventas de centros comerciales, locales, oficinas, lofts, estacionamientos edificios y viviendas acogidas o no al sistema de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales y en general, dedicarse a cualquier otra actividad o negocio que el accionista acuerde, tengan o no relación con el giro social, desarrollar dichas actividades por cuenta propia o ajena, directamente o por medio de otra u otras sociedades que formen parte o se constituyan al efecto y en las cuales podrá participar inclusive como socia gestora, pudiendo celebrar todos los actos y contratos relacionados o no con el objeto social; e) la inversión de dineros o valores en bienes muebles o inmuebles, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y o capitalización, en cuotas de sociedades de personas o de cualquier naturaleza, ya sea en moneda nacional o extranjera, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y valores en toda clase de bienes muebles o inmuebles, la administración de las mismas inversiones y la percepción de los beneficios o garantías que de las mismas inversiones se deriven, f) La compra, venta, arriendo de vehículos o maquinarias por cuenta propia o ajena, que sirvan o complementen para desarrollar el giro inmobiliario u otro que el accionista determine.- g) en general la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro con el rubro inmobiliario o de inversión en forma directa o mediante convenios con capital público o privado, nacional o extranjero, y cualquier otro negocio que el constituyente acuerden o requiera para el giro del negocio.

资本

总资本

$6.000.000

实缴资本

$6.000.000

待缴资本

$0

股份

100

股东(4)

姓名持股比例

JAVIER EDUARDO GONZÁLEZ GARCÍA

Accionista

8.xxx.xxx-9

40%

DORIS DEL PILAR PASSI PASSI

Accionista

11.xxx.xxx-7

40%

FRANCISCO JAVIER GONZALEZ WISTUBA

Accionista

17.xxx.xxx-2

20%

AGUSTIN IGNACIO GONZÁLEZ PASSI

Accionista

19.xxx.xxx-2

20%

管理人(1)

JAVIER EDUARDO GONZÁLEZ GARCÍA

8.xxx.xxx-9Administrador

摘要官方正文

GONZALO SERGIO MENDOZA GUÍÑEZ, abogado, Notario Público Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular de la Décimo Sexta Notaría y Conservador de Minas de Santiago, con oficio en calle San Sebastián número dos mil setecientos cincuenta, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí: JAVIER EDUARDO GONZÁLEZ GARCÍA, chileno, casado y separado de bienes, médico, cédula de identidad número ocho millones ciento treinta y dos mil setenta y nueve guión nueve, con domicilio en Chapultepec cinco mil quinientos ochenta, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; DORIS DEL PILAR PASSI PASSI, chilena, casada y separada de bienes, enfermera y matrona, cédula de identidad número once millones cuatrocientos cuarenta y un mil cuatrocientos setenta y dos guión siete, con domicilio en Chapultepac cinco mil quinientos ochenta, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; FRANCISCO JAVIER GONZALEZ WISTUBA, chileno, ingeniero en biotecnología, soltero, cédula de identidad número diecisiete millones doscientos noventa y ocho mil cuatrocientos sesenta y dos guión dos, con domicilio en Josue Smith Solar quinientos veintiocho, departamento doscientos nueve, comuna de Providencia, Región Metropolitana; AGUSTIN IGNACIO GONZÁLEZ PASSI,chileno, soltero, licenciado en medicina, cédula de identidad número diecinueve millones seiscientos ochenta y nueve mil novecientos cuarenta y siete guión dos, con domicilio en Chapultepec cinco mil quinientos ochenta, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron ante mí, sociedad por acciones. Razón Social: "SOCIEDAD PRESTACIONES MÉDICAS E INVERSIONES GOPASSI SpA que para todos los efectos legales, bancarios y de publicidad podrá ocupar también el nombre de fantasía “GOPASSI SpA”, Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales médicos, quirúrgicos, de enfermería en las diversas áreas o especialidades de la medicina, la docencia y la investigación en esta área y materias afines, comprendiendo las auditorías clínicas y la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal; tanto en clínicas como en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Al efecto, la sociedad podrá comprar, arrendar en todas sus formas, vender, equipos técnicos profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social. Podrá asimismo, comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios; importar y exportar toda clase de bienes, sean corporales muebles e inmuebles o incorporales; otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por tercero; Servicios médicos en general, consultas, exámenes de laboratorio, procedimientos, cirugía menor y mayor, tratamientos del dolor; asesorías en biotecnología; b) compra y venta de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; la participación en sociedades de inversión y la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena; así como el desarrollo de toda clase de actividades e inversiones inmobiliarias, c) la adquisición y enajenación de bienes raíces agrícolas y urbanos, su explotación, división, venta por pisos, hijuelas, parcelas o loteos, arrendamientos y en la ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios; d) desarrollo de proyectos cabañas o departamentos de turismo, inmobiliarios, promoción y ventas de centros comerciales, locales, oficinas, lofts, estacionamientos edificios y viviendas acogidas o no al sistema de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales y en general, dedicarse a cualquier otra actividad o negocio que el accionista acuerde, tengan o no relación con el giro social, desarrollar dichas actividades por cuenta propia o ajena, directamente o por medio de otra u otras sociedades que formen parte o se constituyan al efecto y en las cuales podrá participar inclusive como socia gestora, pudiendo celebrar todos los actos y contratos relacionados o no con el objeto social; e) la inversión de dineros o valores en bienes muebles o inmuebles, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y o capitalización, en cuotas de sociedades de personas o de cualquier naturaleza, ya sea en moneda nacional o extranjera, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y valores en toda clase de bienes muebles o inmuebles, la administración de las mismas inversiones y la percepción de los beneficios o garantías que de las mismas inversiones se deriven, f) La compra, venta, arriendo de vehículos o maquinarias por cuenta propia o ajena, que sirvan o complementen para desarrollar el giro inmobiliario u otro que el accionista determine.- g) en general la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro con el rubro inmobiliario o de inversión en forma directa o mediante convenios con capital público o privado, nacional o extranjero, y cualquier otro negocio que el constituyente acuerden o requiera para el giro del negocio. Administración y uso razón social: corresponderá a don JAVIER EDUARDO GONZÁLEZ GARCIA, quien actuando en la representación que inviste podrá utilizar la razón social bastando para obligar a la sociedad o representarla anteponer su firma pudiendo delegar todo o parte de estas facultades mediante escritura pública, y anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social.- Facultades expresadas en el artículo primero transitorio de la escritura que extracto.- Sin perjuicio de las designaciones de Gerentes establecidas en la escritura extractada. Capital: El Capital de la sociedad será de $6.000.000, a que se refiere el artículo quinto de la estructura extractada del estatuto social dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y de igual valor, se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: JAVIER EDUARDO GONZÁLEZ GARCÍA, suscribe 40 acciones por las que pagará la suma de $2.400.000, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; doña DORIS DEL PILAR PASSI PASSI suscribe 40 acciones por las que pagará la suma de $2.400.000, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; don FRANCISCO JAVIER GONZALEZ WISTUBA, suscribe 20 acciones por las que pagará la suma de $600.000, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social y don AGUSTIN IGNACIO GONZÁLEZ PASSI, suscribe 20 acciones por las que pagará la suma de $600.000, que entera y paga en este acto de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. El capital social queda íntegramente suscrito y pagado. Duración: La sociedad comenzara a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de SANTIAGO pudiendo establecer oficinas, agencias, o sucursales en cualquier punto del territorio nacional o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 09 de febrero de 2022.

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