有限责任公司

E.m.w. Carrocerías Limitada

CONSTITUCIÓN — 2021年1月21日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2021-01-21查看 PDF(CVE 1882971)

公司信息

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 1 año, renovable automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 1 años cada uno
管理方式: separada he indistinta a cada socio, pudiendo actuar cada uno por su cuenta, con facultades de administración y disposición, con tope máximo de 300 Unidades de Fomento; para gestiones que superen dicho monto requiere la firma de los tres socios de consuno

公司目的

desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: fabricación, reparación, mantención, y transformación, de carrocerías para vehículos motorizados en general; y en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas; (b) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte, y, en general cualquier otra actividad que acuerden los socios y que diga relación directa o indirecta con los objetivos anteriores. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social.

资本

总资本

$900.000

实缴资本

$900.000

待缴资本

$0

股东(3)

姓名持股比例

WILSON JONATHAN ROJAS ARANCIBIA

Socio

13.xxx.xxx-0

33.333333333333336%

ELADIO GUILLERMO BUSTAMANTE OLIVOS

Socio

13.xxx.xxx-4

33.333333333333336%

MARCO ANTONIO RIVERA BRIONES

Socio

13.xxx.xxx-2

33.333333333333336%

管理人(3)

ELADIO GUILLERMO BUSTAMANTE OLIVOS

13.xxx.xxx-4Administrador

WILSON JONATHAN ROJAS ARANCIBIA

13.xxx.xxx-0Administrador

MARCO ANTONIO RIVERA BRIONES

13.xxx.xxx-2Administrador

摘要官方正文

CARLOS RUIZ BAHAMONDES, Notario Publico titular de la Primera Notaria de San Bernardo, con oficio en calle Arturo Prat 393, comuna de San Bernardo, CERTIFICO : Que por escritura pública de fecha de hoy, ante mí; don WILSON JONATHAN ROJAS ARANCIBIA, chileno, soltero, de ocupación trabajador independiente, cédula nacional de identidad número trece millones novecientos cuarenta y tres mil ochocientos noventa y tres guion cero, domiciliado en San Carlos nueve mil ciento noventa y cinco, comuna de La Cisterna, y de paso en esta, Santiago, don ELADIO GUILLERMO BUSTAMANTE OLIVOS, chileno, soltero, de ocupación trabajador independiente, cédula nacional de identidad número trece millones seiscientos sesenta y tres mil novecientos noventa y nueve guion cuatro, domicilio Pasaje Lago Gris número mil trescientos sesenta y ocho, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago; y don MARCO ANTONIO RIVERA BRIONES, chileno, soltero, técnico en construcciones metálicas, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos diez mil ciento veinte seis guion dos, domicilio Pasaje Til Til número novecientos cuarenta y cuatro, comuna de San Bernardo; los comparecientes mayores de edad, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada cuya razón social es “E.M.W. CARROCERÍAS LIMITADA", en adelante la “Sociedad”. Sin perjuicio de lo anterior la Sociedad podrá usar el nombre de fantasía “E.M.W. Ltda.”. Objeto: La Sociedad tiene por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: fabricación, reparación, mantención, y transformación, de carrocerías para vehículos motorizados en general; y en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas; (b) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte, y, en general cualquier otra actividad que acuerden los socios y que diga relación directa o indirecta con los objetivos anteriores. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. Administración y uso de razón social: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá de manera separada he indistinta a cada socio, don ELADIO GUILLERMO BUSTAMANTE OLIVOS, don WILSON JONATHAN ROJAS ARANCIBIA y a don MARCO ANTONIO RIVERA BRIONES, pudiendo actuar cada uno por su cuenta, y tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, con un tope máximo de 300 Unidades de Fomento, para el resto de las gestiones que realicen y que superen dicho monto requerirá la firma de los tres socios de consuno. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de novecientos mil pesos, íntegramente aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: a) don WILSON JONATHAN ROJAS ARANCIBIA, la suma de trescientos mil pesos, equivalente a un tercio del capital social; b) don ELADIO GUILLERMO BUSTAMANTE OLIVOS, la suma de trescientos mil pesos, equivalente a un tercio del capital social; y c) don MARCO ANTONIO RIVERA BRIONES, la suma de trescientos mil pesos, equivalente a un tercio del capital social. Duración: La Sociedad comienza a regir a contar de la fecha de esta escritura y su duración será de 1 año, renovable automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 1 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus sucesivas prorrogas, mediante declaración hecha por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, con tres meses de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento. Domicilio: Santiago.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Repertorio N°16.- San Bernardo, 05 de Enero de 2021.

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  1. CONSTITUCIÓN

    E.M.W. CARROCERÍAS LIMITADA

    CVE 1882971

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