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Cooperativa Agrícola Frutos Y Pasas De Elqui

CONSTITUCIÓN — 2020年9月24日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2020-09-24查看 PDF(CVE 1820373)

公司信息

Cooperativa
Vicuña, Coquimbo
期限: Indefinida

公司目的

El desarrollo técnico, comercial y económico de la agricultura, concentrar su producción bien para convertirla en otros productos o para venderla en estado natural de forma colectiva para sacar de ella un mejor rendimiento.

资本

总资本

$8.000.000

股份

80

股东(8)

姓名持股比例

MARIANO ELISEO RODRÍGUEZ URQUIETA

Socio

4.xxx.xxx-0

-

PABLO FRANCISCO MUÑOZ PINTO

Socio

5.xxx.xxx-4

-

CARLOS LEONARDO CASTRO CABALLERO

Socio

9.xxx.xxx-8

-

FERNANDO LUIS EMILIO AZÓCAR OPORTUS

Socio

12.xxx.xxx-0

-

PEDRO ANTONIO AREYUNA LAZO

Socio

8.xxx.xxx-k

-

RIGOBERTO LEONEL ÁLVAREZ CORTÉS

Socio

9.xxx.xxx-5

-

JORGE MARCELO HENRÍQUEZ ARQUEROS

Socio

13.xxx.xxx-1

-

VICENTE FABIÁN VERGARA CORTÉS

Socio

7.xxx.xxx-1

-

摘要官方正文

DANIEL HURTADO NAVIA, Notario Público Titular de las comunas de Vicuña-Paihuano, con domicilio en Gabriela Mistral Número 582, Vicuña. CERTIFICA: que: por escritura pública de hoy, ante mí: MARIANO ELISEO RODRÍGUEZ URQUIETA, chileno, casado, agricultor, cédula de identidad 4.673.668-0, domiciliado calle única 142, Peralillo, comuna de Vicuña; PABLO FRANCISCO MUÑOZ PINTO, chileno, casado, ingeniero industrial, cédula de identidad 5.526.391-4, domiciliado Fundo Esmeralda S/N, Diaguitas, comuna de Vicuña; CARLOS LEONARDO CASTRO CABALLERO, chileno, soltero, agricultor, cédula de identidad 9.461.615-8, domiciliado Parcela 4, El Arenal, comuna de Vicuña; FERNANDO LUIS EMILIO AZÓCAR OPORTUS, chileno, soltero, agricultor, cédula de identidad 12.843.696-0, domiciliado calle Principal S/N, Peralillo, comuna de Vicuña; PEDRO ANTONIO AREYUNA LAZO, chileno, casado, contador auditor, cédula de identidad 8.279.803-K, domiciliado calle Principal 26, El Durazno, Comuna de Vicuña; RIGOBERTO LEONEL ÁLVAREZ CORTÉS, chileno, casado, agricultor, cédula de identidad 9.874.287-5, domiciliado calle Carlos Roberto Mondaca 10, San Isidro, Comuna de Vicuña; JORGE MARCELO HENRÍQUEZ ARQUEROS, chileno, casado, productor agrícola, cédula de identidad 13.175.937-1, domiciliado en calle Magallanes S/N, Villa Seca, comuna de Vicuña y VICENTE FABIÁN VERGARA CORTÉS, chileno, casado, productor agrícola, cédula de identidad 7.354.497-1, domiciliado en Carrera S/N, Población Lourdes, comuna de Vicuña, todos mayores de edad, constituyeron una Cooperativa agrícola de capital variable e ilimitado, que se denominará “COOPERATIVA AGRÍCOLA FRUTOS Y PASAS DE ELQUI”, y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. Articulo dos: La Cooperativa tendrá por objeto el desarrollo técnico, comercial y económico de la agricultura, concentrar su producción bien para convertirla en otros productos o para venderla en estado natural de forma colectiva para sacar de ella un mejor rendimiento. Para este objeto la Cooperativa podrá realizar, sucesiva, alternativa, indistinta o simultáneamente, las siguientes actividades, que se enmarcan dentro del objeto social: a) Adquirir o producir bienes destinados a satisfacer las necesidades de los productos agropecuarios de sus socios, mediante su distribución a ellos; b) Organizar y mantener instalaciones, maquinarias y otros elementos necesarios tanto para el almacenamiento de la producción como para la conversión de ésta en otros productos; c) Procurar el transporte de la producción a los almacenes, depósitos, frigoríficos u otros establecimientos similares; d) Acopiar bienes y rendimientos producidos individualmente por sus socios y transformarlos, clasificarlos, calificarlos, asegurarlos y contratar o tomar créditos necesarios para su colocación en los mercados nacionales e internacionales; e) Procurar orientar la producción de los socios con miras a mejorar los rendimientos y racionalizar los métodos de explotación agrícola de ellos; f) Impulsar el desarrollo y perfeccionamiento de la industria vitícola y agropecuaria mediante la asistencia técnica del manejo adecuado de suelos, aplicación de fertilizante, herbicidas, empleo de máquinas, entre otros; g) Constituir o formar parte de sociedades de cualquier clase o personas jurídicas, cuyo objeto facilite el cumplimiento de las finalidades de la Cooperativa; h) Ejecutar todos los actos y celebrar todas las convenciones sobre bienes muebles e inmuebles que permitan facilitar el uso y aprovechamiento de los socios; i) Fomentar la comercialización de los productos elaborados por la Cooperativa procurando por sí o a través de terceros promover la explotación de dichos productos; j) Adquirir licencias y pagar royalties para la producción de distintas variedades de uva o tipos de frutas; k) Realizar cualquier acto o contrato de comercio exterior destinado a la exportación de los productos elaborados por ella; l) Ejecutar cualquier actividad no especializada pero complementaria a las anteriores, dirigida a la mejor realización del objeto social que acuerde la Junta General de Socios o el Consejo de administración; m) Suministrar a los socios bienes destinados a su uso personal y doméstico; n) Organizar y mantener servicios de bienestar social, mutualidades complementarias de las leyes de previsión, economatos, policlínicos, mausoleos, locales comunitarios y de expansión cultural y bibliotecas; o) Participar de las iniciativas destinadas al desarrollo del cooperativismo, pudiendo asociarse, pagar cuotas y efectuar aportes a federaciones, uniones, confederaciones, Consejos regionales, sociedades auxiliares y otras Cooperativas. p) En general, todas aquellas iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar el servicio y beneficio a los socios y sus familias, que tiendan a la consecución del objeto social y al desarrollo económico, social y cultural de éstos. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Artículo tres: Domicilio. El domicilio de la Cooperativa será la comuna de Vicuña y podrá realizar operaciones con los socios dentro de la zona del valle del Elqui. Podrá establecer agencias, sucursales u oficinas en todo el territorio nacional. Duración. Indefinida. Titulo II DEL CAPITAL SOCIAL. Artículo cuatro. El capital inicial suscrito asciende a $8.000.000.-, equivalente a la suma de $1.000.000.- suscrito por cada uno de los ocho socios fundadores, cuyo pago se realizará en 10 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de 100.000.- Las cuotas se pagarán dentro de los últimos 5 días del mes siguiente a la firma de esta escritura pública y se enterarán en dinero en efectivo. En consecuencia, el capital se divide en 80 cuotas de participación de 100.000.- pesos cada una. El patrimonio de la Cooperativa estará formado por los aportes de capital efectuado por los socios, las reservas legales y voluntarias (las voluntarias los acuerdan la Junta General de Socios) y los excedentes o pérdidas existentes al cierre de cada periodo contable. El valor de la cuota de participación será el que resulte de la suma del valor de sus aportes de capital más las reservas previstas en el título VI de este estatuto, y más o menos, según corresponda el ajuste monetario al que se refiere el inciso tercero del artículo 34 de la ley general de Cooperativas y los excedentes o pérdidas existentes, dividido por el total de cuotas de participación emitidas al cierre de cada periodo. El valor de la cuota de participación se actualizará al 31 de diciembre de cada año lo que deberá ser fiscalizado por la Junta de Vigilancia. La participación en el patrimonio de la Cooperativa, así como la responsabilidad de los socios, estará limitada al monto de las cuotas de participación que hubiesen suscrito. Demás estipulaciones se encuentran en escritura extractada.

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  1. CONSTITUCIÓN

    COOPERATIVA AGRÍCOLA FRUTOS Y PASAS DE ELQUI

    CVE 1820373

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