股份公司

Constructora, Inmobiliaria E Inversiones Ábside SpA

CONSTITUCIÓN — 2022年12月21日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2022-12-21查看 PDF(CVE 2237739)

公司信息

SpA
La Serena, Coquimbo
期限: indefinida
管理方式: Administrador único

公司目的

a) preparación del terreno, excavaciones, movimientos de tierra y obras menores en construcción; b) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o de terceros; c) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, títulos o valores mobiliarios y cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, constituyendo las mismas o incorporándose a éstas como socia; d) la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización al por mayor y por menor, de toda clase de productos, materias primas o mercaderías, y de bienes destinados al consumo humano, incluyendo la compraventa, elaboración y transformación de alimentos naturales y envasados, frutos y frutas del país, abarrotes, confites, productos de panadería, lácteos y sus derivados en todas sus formas, bebidas de fantasía, licores y bebidas alcohólicas, tabaco y productos derivados, además de artículos de bazar y paquetería; e) La explotación de hoteles, apart hoteles, cabañas de turismo y otros tipos de hospedaje temporal para personas naturales y empresas y; f) En general, la ejecución de todos los actos y la celebración de todos los contratos relacionados con el objeto social; pudiendo asociarse para el cumplimiento de los objetos sociales con otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, entendiéndose incluido cualquier otro objeto o actividad que los accionistas acuerden.

资本

总资本

$138.968.000

实缴资本

$138.968.000

待缴资本

$0

股份

1,000

股东(1)

姓名持股比例

SEBASTIÁN ENRIQUE CATALÁN GARCÍA

Accionista

15.xxx.xxx-5

100%

管理人(1)

SEBASTIÁN ENRIQUE CATALÁN GARCÍA

15.xxx.xxx-5Administrador

摘要官方正文

CARLA VIRGINIA CASAS-CORDERO SOUBLETTE, Abogada, Notario Público de la Primera Notaria de La Serena, Suplente del Titular don Pedro Felipe Villarino Krumm, con domicilio en la Serena, calle Los Carrera 529, certifica: Por escritura pública de 24.11.2022, ante el Notario don Pedro Felipe Villarino Krumm, don SEBASTIÁN ENRIQUE CATALÁN GARCÍA, trabajador dependiente, calle Domingo Santa María número dos mil novecientos noventa y cinco, Serena Oriente, comuna de La Serena, constituyó una Sociedad por Acciones que se regirá por las disposiciones del Párrafo Octavo del Título Séptimo del Código de Comercio, y, en especial, por los siguientes estatutos: NOMBRE, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO. ARTÍCULO PRIMERO: Se constituye una sociedad por acciones denominada “CONSTRUCTORA, INMOBILIARIA E INVERSIONES ÁBSIDE SPA”, nombre de fantasía “ÁBSIDE SPA”. Esta sociedad se regirá por las disposiciones que se contiene en los presentes estatutos, por las de los artículos cuatrocientos veinticuatro al cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio, supletoriamente y solo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y por las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la especie; El domicilio de la sociedad será la ciudad de La Serena, sin perjuicio de que esta pueda establecer oficinas, agencias, sucursales, establecimientos o representaciones en otros lugares del país o del extranjero; la sociedad comenzará a regir desde la fecha de la suscripción de la presente escritura, y tendrá una duración indefinida. la sociedad tendrá por objeto: a)preparación del terreno, excavaciones, movimientos de tierra y obras menores en construcción; b) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o de terceros; c) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, títulos o valores mobiliarios y cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, constituyendo las mismas o incorporándose a éstas como socia; d)la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización al por mayor y por menor, de toda clase de productos, materias primas o mercaderías, y de bienes destinados al consumo humano, incluyendo la compraventa, elaboración y transformación de alimentos naturales y envasados, frutos y frutas del país, abarrotes, confites, productos de panadería, lácteos y sus derivados en todas sus formas, bebidas de fantasía, licores y bebidas alcohólicas, tabaco y productos derivados, además de artículos de bazar y paquetería; e) La explotación de hoteles, apart hoteles, cabañas de turismo y otros tipos de hospedaje temporal para personas naturales y empresas y; f) En general, la ejecución de todos los actos y la celebración de todos los contratos relacionados con el objeto social; pudiendo asociarse para el cumplimiento de los objetos sociales con otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, entendiéndose incluido cualquier otro objeto o actividad que los accionistas acuerden. Del Capital. El capital de la sociedad es el equivalente en pesos moneda de curso legal a cuatro mil unidades de fomento, por su valor al día de suscripción de la presente escritura, suma de dinero que hoy asciende a ciento treinta y ocho millones novecientos sesenta y ocho mil pesos chilenos, que se entera y paga de la manera expresada en las disposiciones transitorias del presente estatuto social.- El capital social, ascendente a la suma equivalente en pesos moneda legal de cuatro mil unidades de fomento, por su valor al día de suscripción de la presente escritura, se entera y paga de la siguiente manera: el socio constituyente y único accionista don SEBASTIÁN ENRIQUE CATALÁN GARCÍA aporta: a) la suma de treinta y cuatro millones setecientos cuarenta y dos mil pesos chilenos que corresponde al veinticinco por ciento del capital social, suma que se entera en este acto mediante el aporte en dominio del inmueble inscrito a fojas catorce mil doscientos cincuenta y uno número seis mil seiscientos cincuenta y uno en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, correspondiente al año dos mil veintidós, consistente en el Resto del Lote Dos guión B guión Tres guión Uno, resultante de la subdivisión del Lote Dos guión B Tres, y éste a su vez resultante de la subdivisión del Fundo Martínez, de la comuna de Coquimbo, de conformidad al plano que se encuentra agregado bajo el número cuatrocientos sesenta y cuatro, al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco, el cual tenía una superficie aproximada de siete mil novecientos ochenta y cuatro coma cuarenta metros cuadrados y tenía los siguientes deslindes especiales, por ser objeto de una expropiación: AL NORTE, con resto del Lote Dos guion B guion Tres, en doscientos tres coma cincuenta metros; AL SUR, con Lote Dos guion B guion Cuatro guion Uno de Sociedad Erler Godoy y Compañía Limitada, separado por camino interior, en ciento ochenta y cinco coma cincuenta metros; AL ESTE, con Lote Uno de Herman Rivera, en veinte metros; y AL OESTE, con Lote Dos guion B Tres guion Dos, separado por camino interior en sesenta y ocho metros.- Lo adquirió por tradición que le hizo doña YAZMÍN ROXANA YABER FERNÁNDEZ sirviendo de título traslaticio la escritura pública de compraventa de fecha dos de diciembre de dos mil veintiuno suscrita ante don Pedro Felipe Villarino Krumm, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Serena, Repertorio número mil doscientos cincuenta y dos del mismo año.- La propiedad figura con el Rol de avalúos número tres mil ciento cincuenta y seis guion cuatrocientos sesenta y ocho de la comuna de Coquimbo.- De esta forma, suscribe en este acto un total de mil acciones, que equivalen al cien por ciento del total y paga en la forma señalada; y b) con la suma de ciento cuatro millones doscientos veintiséis mil pesos chilenos mediante el aporte en dominio del inmueble inscrito a fojas diez mil doscientos noventa y ocho número seis mil setecientos noventa en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, correspondiente al año dos mil veintiuno, consistente en sitio y casa ubicado en Pasaje Domingo Santa María número dos mil novecientos noventa y cinco, que corresponde al Sitio número once de la Manzana número Cuatro del Loteo Serena Oriente, Carta Etapa, comuna de La Serena, singularizado en el plano agregado bajo el número mil quinientos cuarenta y cinco al final del Registro de Propiedad del año dos mil seis. Conforme a sus títulos y al mencionado plano, el inmueble tiene una superficie aproximada de doscientos diez coma setecientos cuarenta metros cuadrados y los siguientes deslindes especiales: NORTE, en veinte coma cincuenta metros con sitio número diez de la manzana cuatro; SUR, en veinte coma cincuenta metros con sitio número doce y sitio número trece, ambos de la manzana cuatro; ORIENTE, en diez coma veintiocho metros con pasaje nuevo número quince, actualmente pasaje Domingo Santa María; y PONIENTE, en diez coma veintiocho metros con parte del sitio número diecisiete que corresponde a la III Etapa del mismo loteo según consta en plano número mil noventa uno barra oblicua dos mil cinco. El inmueble referido tiene asignado el rol de avalúos número dos mil quinientos dieciocho guion ciento veintiocho y se encuentra al día en el pago de las contribuciones que gravan a los bienes raíces. Lo adquirió por tradición que le hizo doña Yessica Andrea Catalán García mediante la escritura pública de compraventa de fecha treinta de julio de dos mil veintiuno, suscrita ante el Notario Público de Rancagua don Jaime Bernales Valenzuela, Repertorio número tres mil ochocientos cuarenta y tres del mismo año; La suscripción y la transferencia de acciones se efectuarán en conformidad a las normas que establece el Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones que más adelante se establecen; La sociedad será administrada por el socio don SEBASTIÁN ENRIQUE CATALÁN GARCÍA, cédula nacional de identidad número quince millones ciento ocho mil doscientos noventa y cinco guion cinco, quien representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento de su objeto, con todas las facultades de administración y disposición de bienes. En consecuencia, dicho Administrador para obligar a la sociedad deberá actuar bajo el nombre de la sociedad o de su denominación de fantasía y dentro de su giro, teniendo la totalidad de las facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla en toda clase de actos o contratos, ante todo tipo de personas e instituciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena, 16 de diciembre de 2022.Carat7971.

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