有限责任公司

Computación Constanza Sofía Limitada

MODIFICACIÓN — 2025年9月27日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2025-09-27查看 PDF(CVE 2704850)

公司信息

Ltda

资本

总资本

$1.000.000

股东(2)

姓名持股比例

MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA

Socio

90%

CRISTÓBAL ANTONIO SOTO NEGRETE

Socio

10%

公报所载公司沿革

  1. 身故

    Fallece Guillermo del Carmen Soto Soto

    GUILLERMO DEL CARMEN SOTO SOTO

  2. 权益转让· 2025年7月15日

    MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA cede el 5% de sus derechos a CRISTÓBAL ANTONIO SOTO NEGRETE en representación de la comunidad hereditaria

    MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA · CRISTÓBAL ANTONIO SOTO NEGRETE · GUILLERMO DEL CARMEN SOTO SOTO

  3. 权益转让· 2025年7月15日

    MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA cede otro 5% de derechos sociales a CRISTÓBAL ANTONIO SOTO NEGRETE

    MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA · CRISTÓBAL ANTONIO SOTO NEGRETE

  4. 股东退出· 2025年7月15日

    Los demás integrantes de la comunidad hereditaria se retiran de la sociedad

    EDUARDO HERNÁN SOTO ÁVILA · EGIDIO DEL CARMEN SOTO ÁVILA · GERMÁN ANTONIO SOTO ÁVILA · MIRIAM DE LAS MERCEDES SOTO ÁVILA · BEDALIA DEL CARMEN ÁVILA FUENTES

摘要官方正文

Ministerio del Interior FRANCISCO ROJAS ARRIAGADA, Abogado, Notario Público Interino de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en Mardoqueo Fernández 201, oficinas 101 y 102, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de julio de 2025, Repertorio Nº 3.275-2025, otorgada ante mí, por una parte, don MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA, con domicilio en Calle Santo Domingo número cuatro mil quinientos cincuenta y dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana, quien actúa en este acto por sí, en calidad de socio de COMPUTACIÓN CONSTANZA SOFÍA LIMITADA; como parte de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Guillermo del Carmen Soto Soto, y en representación de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Guillermo del Carmen Soto Soto, compuesta además, por: (i) don EDUARDO HERNÁN SOTO ÁVILA, con domicilio en Patria Nueva número seiscientos treinta, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana; (ii) don EGIDIO DEL CARMEN SOTO ÁVILA, con domicilio en Calle del Parque número siete mil cuarenta, comuna de La Florida, Región Metropolitana; (iii) don GERMÁN ANTONIO SOTO ÁVILA, con domicilio en Condominio Santa Teresa de de Lisieux, parcela número cincuenta y seis, comuna de Lampa, Región Metropolitana; (iv) doña MIRIAM DE LAS MERCEDES SOTO ÁVILA, con domicilio en calle Alejandro Fierro número cuatro mil trescientos diez, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana; y (v) de doña BEDALIA DEL CARMEN ÁVILA FUENTES, con domicilio en Santo Domingo número cuatro mil quinientos cincuenta y dos, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana; y por otra parte, compareció don CRISTÓBAL ANTONIO SOTO NEGRETE, con domicilio en Avenida Diego de Almagro número cuatro mil setecientos sesenta y cinco, departamento trescientos diecinueve, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, quienes efectuaron cesión de derechos y modificación de los estatutos de COMPUTACIÓN CONSTANZA SOFÍA LIMITADA, en los términos indicados en las siguientes: CLÁUSULAS.- SEGUNDA: CESIÓN DE DERECHOS CORRESPONDIENTES A LA SUCESIÓN.- Uno) Por el presente instrumento, don MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA, por sí y por las representaciones que inviste, según los derechos que le corresponden a cada heredero en la sucesión quedada al fallecimiento de don GUILLERMO DEL CARMEN SOTO SOTO, en este acto, vende, cede y transfiere a don CRISTÓBAL ANTONIO SOTO NEGRETE, quien acepta, compra y adquiere para sí, el cinco por ciento del total de los derechos sociales que componen el capital social.- Dos) El precio de venta, cesión y transferencia de los derechos sociales antes indicados es la suma de cincuenta mil pesos, que son pagados en este acto; declarando don MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA recibirlos a su entera y total satisfacción, por sí y a nombre de sus representados.- TERCERA: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES.- Uno) Por el presente instrumento, don MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA, por sí, en calidad de socio de COMPUTACIÓN CONSTANZA SOFÍA LIMITADA, en este acto, vende, cede y transfiere a don CRISTÓBAL ANTONIO SOTO NEGRETE, quien acepta, compra y adquiere para sí, el cinco por ciento del total de los derechos sociales que componen el capital social.- Dos) El precio de venta, cesión y transferencia de los derechos sociales antes indicados es la suma de cincuenta mil pesos, que son pagados en este acto; declarando don MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA recibirlos a su entera y total satisfacción.- CUARTA: Con posterioridad a los actos de cesión de derechos sociales, don MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA queda con el noventa por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, y don CRISTÓBAL ANTONIO SOTO NEGRETE queda con el diez por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. Los restantes mencionados como parte de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Guillermo del Carmen Soto Soto, se retiran de la sociedad, sin derecho alguno en la sociedad.- QUINTA: MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS.- Desde este acto, el Artículo CUARTO de los Estatutos sociales vigentes, se reemplaza por el siguiente: “CUARTO: “El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón de pesos que los socios aportaron de la siguiente manera: el socio señor MARCEL ARTURO SOTO ÁVILA, aporta el noventa por ciento del capital social, con novecientos mil pesos en dinero en efectivo en el acto de constitución de la sociedad, y don CRISTÓBAL ANTONIO SOTO NEGRETE aporta la suma de cien mil pesos, correspondiente al diez por ciento del capital social, que adquirió por compraventa y cesión de derechos de parte del socio señor Marcel Arturo Soto Ávila y de la comunidad hereditaria de don GUILLERMO DEL CARMEN SOTO SOTO, quedada a su fallecimiento.- De esta manera, se encuentra enterado íntegramente el capital social”. Demás estipulaciones en escritura extractada. - Santiago, 17 de septiembre de 2025.

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