Comercial Del Moral – Torres Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución, de todo tipo de productos químicos, productos marinos, en especial, algas marinas, artículos de aseo, artículos de plástico, artículos de iluminación, en especial, artículos de iluminación led, materiales, productos y accesorios eléctricos y electrónicos, artículos de juguetería y artículos para el hogar, por cuenta propia o ajena; y en general, la realización de todas las demás actividades relacionadas con el objeto de la Sociedad y que convengan las socias
资本
总资本
$2.000.000
实缴资本
$2.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
CLAUDIA ANGELLI DEL MORAL CORTÉS Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Socio | - | 50% | $1.000.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
CESAR RICARDO SANCHEZ GARCIA, Notario Público Suplente del Titular de la 19 Notaria de Santiago, Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, Bandera 341 oficina 352 , certifico: Por escritura pública de fecha 30 de Mayo del 2017, bajo el Repertorio Nº 11.612, otorgada ante mí: CLAUDIA ANGELLI DEL MORAL CORTÉS, chilena, soltera, profesora de enseñanza básica, domiciliada en calle Cordillera de Los Andes Nº 965, Villa Altos del Raco, comuna de Puente Alto, de paso en ésta, Región Metropolitana; y YASNA ANDREA TORRES CUBILLOS, chilena, soltera, comerciante, domiciliada en Pasaje Los Queñes Nº 375, comuna de La Reina, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: COMERCIAL DEL MORAL – TORRES LIMITADA, con nombre de fantasía COMERCIAL DELTO LTDA. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Objeto: “La compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución, de todo tipo de productos químicos, productos marinos, en especial, algas marinas, artículos de aseo, artículos de plástico, artículos de iluminación, en especial, artículos de iluminación led, materiales, productos y accesorios eléctricos y electrónicos, artículos de juguetería y artículos para el hogar, por cuenta propia o ajena; y en general, la realización de todas las demás actividades relacionadas con el objeto de la Sociedad y que convengan las socias”. Capital: $2.000.000.-, cantidad que las socias aportan por iguales partes, con $1.000.000.- cada una, en este acto, de contado, en dinero efectivo, ingresándolo a la caja social de la persona jurídica constituida. Administración y el Uso de la Razón Social: Corresponderá a ambas socias en forma conjunta o separada, indistintamente, con amplias facultades contenidas en la cláusula Cuarta de la escritura extractada. Duración: 3 años, contados desde la fecha de la escritura extractada. Plazo que se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por períodos iguales de 3 años cada uno, si ninguna de las socias manifestare su voluntad de poner término a la Sociedad por declaración, que deberá efectuarse por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, todo ello con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo en vigencia, y que estuviera pendiente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 15 de junio de 2017. CESAR S.G.
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La compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución, de todo tipo de productos químicos, productos marinos, en especial, algas marinas, artículos de aseo, artículos de plástico, artículos de iluminación, en especial, artículos de iluminación led, materiales, productos y accesorios eléctricos y electrónicos, artículos de juguetería y artículos para el hogar, por cuenta propia o ajena; y en general, la realización de todas las demás actividades relacionadas con el objeto de la Sociedad y que convengan las socias
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总资本
$2.000.000
实缴资本
$2.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
CLAUDIA ANGELLI DEL MORAL CORTÉS Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Socio | - | 50% | $1.000.000 |
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CESAR RICARDO SANCHEZ GARCIA, Notario Público Suplente del Titular de la 19 Notaria de Santiago, Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, Bandera 341 oficina 352 , certifico: Por escritura pública de fecha 30 de Mayo del 2017, bajo el Repertorio Nº 11.612, otorgada ante mí: CLAUDIA ANGELLI DEL MORAL CORTÉS, chilena, soltera, profesora de enseñanza básica, domiciliada en calle Cordillera de Los Andes Nº 965, Villa Altos del Raco, comuna de Puente Alto, de paso en ésta, Región Metropolitana; y YASNA ANDREA TORRES CUBILLOS, chilena, soltera, comerciante, domiciliada en Pasaje Los Queñes Nº 375, comuna de La Reina, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: COMERCIAL DEL MORAL - TORRES LIMITADA, con nombre de fantasía COMERCIAL DELTO LTDA. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Objeto: “La compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución, de todo tipo de productos químicos, productos marinos, en especial, algas marinas, artículos de aseo, artículos de plástico, artículos de iluminación, en especial, artículos de iluminación led, materiales, productos y accesorios eléctricos y electrónicos, artículos de juguetería y artículos para el hogar, por cuenta propia o ajena; y en general, la realización de todas las demás actividades relacionadas con el objeto de la Sociedad y que convengan las socias”. Capital: $2.000.000.-, cantidad que las socias aportan por iguales partes, con $1.000.000.- cada una, en este acto, de contado, en dinero efectivo, ingresándolo a la caja social de la persona jurídica constituida. Administración y el Uso de la Razón Social: Corresponderá a ambas socias en forma conjunta o separada, indistintamente, con amplias facultades contenidas en la cláusula Cuarta de la escritura extractada. Duración: 3 años, contados desde la fecha de la escritura extractada. Plazo que se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por períodos iguales de 3 años cada uno, si ninguna de las socias manifestare su voluntad de poner término a la Sociedad por declaración, que deberá efectuarse por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, todo ello con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo en vigencia, y que estuviera pendiente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 13 de junio de 2017. CESAR S.G.
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- CONSTITUCIÓN
COMERCIAL DEL MORAL – TORRES LIMITADA
CVE 1229606
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COMERCIAL DEL MORAL – TORRES LIMITADA
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