Comercial Byc Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Los socios podrán comprar y vender maquinaria, botellas y cajas para delivery.
资本
总资本
$2.000.000
实缴资本
$2.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 95% | $1.900.000 |
Leandro Andrés Espinoza Arancibia Socio | - | 5% | $100.000 |
管理人(1)
Leandro Andrés Espinoza Arancibia
摘要官方正文
ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, Notario Titular de Viña del Mar, Arlegui 537, certifica, por escritura pública hoy ante mí, Don LEANDRO ANDRES ESPINOZA ARANCIBIA , domiciliado en calle independencia número dos mil cuatrocientos siete, comuna de Valparaíso y doña MACARENA LUISA JARA VARELA, domiciliada en calle Los Picasales número cuatro, comuna de Valparaíso vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social:"COMERCIAL ByC Limitada", pudiendo usar nombre de fantasía "General Glass Ltda.", que la obligará de la misma manera que razón social. Objeto: El objeto de la sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Los socios podrán comprar y vender maquinaria, botellas y cajas para delivery. La Administración, representación y uso razón social corresponderá única y exclusivamente a don Leandro Andrés Espinoza Arancibia. El capital social es la cantidad de dos millones de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) doña Macarena Luisa Jara Varela, la cantidad de un millón novecientos mil pesos que corresponde al noventa y cinco por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo; y, b) don Leandro Andrés Espinoza Arancibia, la cantidad de cien mil pesos que corresponde al cinco por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración de la sociedad será un año contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, un mes de anticipación al vencimiento respectivo, por cualquier medio que sea ostensible al otro socio. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 21 de Enero de 2021.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
COMERCIAL ByC LIMITADA
CVE 1890037
