有限责任公司

Christian Miller Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 2017年6月15日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2017-06-15查看 PDF(CVE 1228006)

公司信息

Ltda

公司目的

(1) la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado; (2) todo tipo de servicios de kinesiología, estética y de cosmética, para lo cual podrá crear, construir, administrar, arrendar y explotar consultorios o establecimientos de atención en las áreas referidas y centros de rehabilitación; (3) comprar, crear, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, sanatorios, consultorios, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casas de reposo, y en general, cualquier otro establecimiento de salud destinados al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, fisiológica, física y psíquica de personas; (4) y la inversión, compra, venta y arriendo en y de toda clase de bienes muebles e inmuebles corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y en cualquier clase de títulos mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones y cualquier otra actividad que acuerden los socios que tenga relación con los anteriores. Cualquier otra actividad que los socios acuerden.

资本

总资本

$100.000.000

实缴资本

$2.000.000

待缴资本

$98.000.000

股东(3)

姓名持股比例

CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ

Socio

60%

ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS

Socio

10%

PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO

Socio

30%

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2008年7月24日

    Se constituye la sociedad de responsabilidad limitada "MILLER & KIESSLING LIMITADA", hoy "CHRISTIAN MILLER Y COMPAÑÍA LIMITADA".

    MILLER & KIESSLING LIMITADA

  2. 其他行为· 2011年7月8日

    La sociedad es modificada por escritura pública de 8 de julio de 2011.

    CHRISTIAN MILLER Y COMPAÑÍA LIMITADA

  3. 股东加入· 2017年5月4日

    Se incorpora a la sociedad Patricia Gabriela Romero Pino como socia, aumentando el capital y modificando el objeto social.

    CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ · ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS · PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO

  4. 资本变更· 2017年5月4日

    Se aumenta el capital social a $100.000.000 y se redistribuyen las participaciones en 60%, 10% y 30%.

    CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ · ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS · PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO

  5. 其他行为· 2017年5月4日

    Se reemplaza íntegramente la cláusula del objeto social.

    CHRISTIAN MILLER Y COMPAÑÍA LIMITADA

摘要官方正文

IVAN FRANCISCO PETROVICH ALTAMIRANO, Abogado, Notario Público Suplente Titular de Osorno Harry Winter Aguilera, , con Oficio en calle Eleuterio Ramírez Nº 910, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, 4 de Mayo de 2017, CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ, domiciliado en Lancuyen N° 202, Villa La Esperanza, Valdivia, ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS, domiciliada en La Pincoya N° 2595, Osorno, y PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO, domiciliada en Lancuyen N° 202, Villa La Esperanza, Valdivia, procedieron a la Modificación de Sociedad “MILLER & KIESSLING LIMITADA”, hoy “CHRISTIAN MILLER Y COMPAÑÍA LIMITADA” en los siguientes términos. Por escritura pública de fecha 24 julio del año 2008 otorgada en Notaría WINTER de Osorno fue constituida sociedad de responsabilidad limitada “MILLER & KIESSLING LIMITADA”, hoy “CHRISTIAN MILLER Y COMPAÑÍA LIMITADA”, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de la edición de fecha 28 de agosto de 2008 N° 39.148 e inscrito a fojas 468 vta. N°377 del Registro Comercio del año 2008 del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia. Posteriormente, la referida sociedad fue modificada por escritura pública otorgada con fecha 8 de julio de 2011 en Notaría PODLECH de Valdivia cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de la edición de fecha 18 de julio de 2011 N° 40.012 e inscrito a fojas 513 vta. N° 351 del Registro de Comercio del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia. Actualmente, son únicos socios de la sociedad CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ y ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS, cada uno participando en un 50 % de los derechos sociales. Por este acto se incorpora a la sociedad en calidad de socio PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO, declarando conocer y aceptar en su integridad los estatutos sociales, manifestando su voluntad en ser parte del contrato de sociedad, y obligándose en este mismo acto al aporte que se indicará. Del mismo modo, CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ y ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS consecuentemente declaran aceptar la referida incorporación a la sociedad y manifiestan su voluntad en ser parte del contrato de sociedad con PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO. En virtud de la incorporación antes indicada, son a contar de esta fecha únicos socios de la sociedad: CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ, ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS y PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO. En este mismo acto y por el presente instrumento, CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ, ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS y PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO, en su calidad de únicos y actuales socios de “CHRISTIAN MILLER Y COMPAÑÍA LIMITADA”, acuerdan aumentar el capital de la compañía a la suma de $100.000.000, mediante los aportes que a continuación se indican. Complementando el aporte de $1.000.000 que ha realizado con anterioridad, CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ se obliga a aportar adicionalmente la suma de $59.000.000 dentro del plazo de 3 años, según las necesidades de la empresa. Complementando el aporte de $1.000.000 que ha realizado con anterioridad por sí o por su cedente, ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS se obliga a aportar adicionalmente la suma de nueve millones de pesos dentro del plazo de tres años, según las necesidades de la empresa. Tres. Cuatro. Doña PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO se obliga a aportar la suma de $25.000.000 dentro del plazo de 3 años, según las necesidades de la empresa. Igualmente se obliga a aportar su industria y capacidad de planificación, organización y gestión para poner en marcha y desarrollar la unidad de negocios correspondiente al N° 2 del objeto social (kinesiología, estética y cosmetología), lo anterior no incluye la ejecución de servicios profesionales de kinesióloga. Este aporte de industria es avaluado por las partes de común acuerdo en la suma de $5.000.000. De modo tal que PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO se obliga a realizar un aporte total de $30.000.000 en los términos indicados en este numeral. Dado el aumento de capital en “CHRISTIAN MILLER Y COMPAÑÍA LIMITADA”, el nuevo capital será de $100.000.000 con una participación en el capital de la sociedad equivalente a los aportes de los socios, quedando de la siguiente manera: CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ 60 % de los derechos en la sociedad, ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS 10% de los derechos en la sociedad, y PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO 30% de los derechos en la sociedad. En este orden de cosas la cláusula 5 del estatuto social de la sociedad se modifica por la siguiente: El capital social será de $100.000.000, que los socios aportan de la siguiente manera: CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ aporta y se obliga a aportar lo siguiente: a) la suma de $1.000.000 en dinero efectivo realizado según necesidades de la empresa con anterioridad a esta fecha; b) la suma de $59.000.000 dentro del plazo de 3 años, según las necesidades de la empresa. ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS aporta y se obliga a aportar lo siguiente: a) la suma de un $1.000.000 en dinero efectivo realizado según necesidades de la empresa con anterioridad a esta fecha; b) la suma de $9.000.000 dentro del plazo de 3 años, según las necesidades de la empresa. PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO aporta y se obliga a aportar lo siguiente: a) la suma de $25.000.000 dentro del plazo de 3 años, según las necesidades de la empresa; b) Igualmente se obliga a aportar su industria, capacidad de planificación, organización y gestión para poner en marcha y desarrollar la unidad de negocios correspondiente al N° 2 del objeto social, lo anterior no incluye la ejecución de servicios profesionales de kinesióloga. Este aporte de industria es avaluado por las partes de común acuerdo en la suma de $5.000.000. En consecuencia, a partir de esta fecha, quedan como únicos socios de la sociedad: CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ con un 60% de los derechos societarios, ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS con un 10% de los derechos societarios y PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO con un 30% de los derechos societarios. Las utilidades y las eventuales perdidas se repartirán entre los socios con un 60% para CHRISTIAN MAURICIO MILLER MANRIQUEZ, con un 10% para ANA ADRIENA MANRIQUEZ BEELS y con un 30% para PATRICIA GABRIELA ROMERO PINO, salvo que acuerden otra forma de distribución; pero sin que ninguno de los socios deje de tener derecho a las utilidades cuando existan éstas, aunque no las retire de la sociedad; lo propio, respecto a la obligación de soportar pérdidas, si las hubiere. Por este acto las partes vienen en modificar cláusula 3 de la sociedad, la que es reemplazada en su integridad por la siguiente: “TERCERO: El objeto de la sociedad será: (1) la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado; (2) todo tipo de servicios de kinesiología, estética y de cosmética, para lo cual podrá crear, construir, administrar, arrendar y explotar consultorios o establecimientos de atención en las áreas referidas y centros de rehabilitación; (3) comprar, crear, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, sanatorios, consultorios, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casas de reposo, y en general, cualquier otro establecimiento de salud destinados al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, fisiológica, física y psíquica de personas; (4) y la inversión, compra, venta y arriendo en y de toda clase de bienes muebles e inmuebles corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y en cualquier clase de títulos mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones y cualquier otra actividad que acuerden los socios que tenga relación con los anteriores. Cualquier otra actividad que los socios acuerden. Osorno, 06 Junio 2017.

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