Chile Kenya Running Team Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto: /a/ la prestación de servicios, asesorías y consultorías profesionales relacionadas con las actividades del deporte, esparcimiento, de entretenimiento y recreativas, ya sea a personas naturales o jurídicas, tales como talleres deportivos, escuelas deportivas, capacitaciones, entre otras; /b/ la gestión de actividades deportivas, relacionadas al running u otros deportes, para lo cual podrá adquirir, construir, arrendar o explotar mediante concesiones o en virtud de cualquier otro acto jurídico, de cualquier naturaleza, recintos deportivos, edificios e instalaciones anexas; /c/ la ejecución de proyectos y eventos relacionados con la actividad deportiva; publicidad y marketing deportivo; /d/ celebrar todo tipo de actos y contratos cuyo objeto sea la adquisición y comercialización de artículos deportivos; /e/ organizar y comercializar eventos deportivos; /f/ obtener, promover y difundir auspicios deportivos; /g/ promover y organizar competencias deportivas; /h/ alquilar y celebrar contratos de arrendamiento, comodato o de cualquier otra naturaleza para el uso, goce y disposición de equipo recreativo y deportivo; /i/ planificar, diseñar, ejecutar, y realizar cualquier tipo de actividades relacionadas a la enseñanza deportiva y recreativa; /j/ celebrar y ejecutar toda clase de actos o contratos, de cualquier naturaleza relacionado con actividades de agencias y agentes de representación de deportistas y otras figuras públicas; /k/ gestión de instalaciones deportivas; /l/ actividades comerciales y civiles relacionadas a la administración, gestión, dirección y representación de clubes deportivos; y, /m/ en general, celebrar y/o ejecutar cualquier otra actividad relacionada con el objeto principal, y acordadas por los socios de consuno. Las actividades de la Sociedad que conforman su objeto social podrán realizarse directamente o a través de terceros.
资本
总资本
$1.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 22.xxx.xxx-1 | 22.xxx.xxx-1 | 50% | $500.000 |
Socio 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 50% | $500.000 |
摘要官方正文
Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que: por escritura pública de 22 de julio de 2021 ante mi Suplente don Juan Cristián Berrios Castro, (I) STEPHEN MWANGI KAMAU, C.I. extranjeros N° 22.103.174-1, domiciliado calle Eyzaguirre N° 782, departamento 1118, comuna Santiago, Región Metropolitana; y, (II) CARLOS ANDRÉS WARNKE OLEA, C.I. N° 16.302.044-0, domiciliado calle Talasia N° 385, departamento 302, Jardín del Mar, Viña del Mar, Región de Valparaíso; quienes acordaron constituir sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la Ley 3.918, modificaciones posteriores y demás disposiciones supletorias, y especialmente por los siguientes estatutos, y a falta de ellos, por las prescritas en el Código Civil y Código de Comercio: NOMBRE: El nombre o razón social será “CHILE KENYA RUNNING TEAM LIMITADA”, pudiendo usar para fines legales, comerciales, de propaganda y publicitarios, inclusive ante los bancos e instituciones financieras, los nombres de fantasía “Chile Kenya Runners Ltda.” o “Team Chile Kenya Running Ltda.”, indistintamente, con los que obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social integra. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en todo el territorio nacional o en el extranjero. DURACIÓN: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogado automática y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno a contar de su fecha de término o prórroga, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término según forma y plazos señalada en escritura extractada. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: /a/ la prestación de servicios, asesorías y consultorías profesionales relacionadas con las actividades del deporte, esparcimiento, de entretenimiento y recreativas, ya sea a personas naturales o jurídicas, tales como talleres deportivos, escuelas deportivas, capacitaciones, entre otras; /b/ la gestión de actividades deportivas, relacionadas al running u otros deportes, para lo cual podrá adquirir, construir, arrendar o explotar mediante concesiones o en virtud de cualquier otro acto jurídico, de cualquier naturaleza, recintos deportivos, edificios e instalaciones anexas; /c/ la ejecución de proyectos y eventos relacionados con la actividad deportiva; publicidad y marketing deportivo; /d/ celebrar todo tipo de actos y contratos cuyo objeto sea la adquisición y comercialización de artículos deportivos; /e/ organizar y comercializar eventos deportivos; /f/ obtener, promover y difundir auspicios deportivos; /g/ promover y organizar competencias deportivas; /h/ alquilar y celebrar contratos de arrendamiento, comodato o de cualquier otra naturaleza para el uso, goce y disposición de equipo recreativo y deportivo; /i/ planificar, diseñar, ejecutar, y realizar cualquier tipo de actividades relacionadas a la enseñanza deportiva y recreativa; /j/ celebrar y ejecutar toda clase de actos o contratos, de cualquier naturaleza relacionado con actividades de agencias y agentes de representación de deportistas y otras figuras públicas; /k/ gestión de instalaciones deportivas; /l/ actividades comerciales y civiles relacionadas a la administración, gestión, dirección y representación de clubes deportivos; y, /m/ en general, celebrar y/o ejecutar cualquier otra actividad relacionada con el objeto principal, y acordadas por los socios de consuno. Las actividades de la Sociedad que conforman su objeto social podrán realizarse directamente o a través de terceros. ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un Directorio compuesto de 6 directores, elegidos por los socios, pudiendo los directores ser o no socios. La designación de los directores deberá ser efectuada en escritura pública. CAPITAL: $1.000.000.-, que los socios enteran y aportan de la siguiente manera: Uno) STEPHEN MWANGI KAMAU aporta la cantidad de $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, que deberá enterar y pagar en dinero efectivo dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la escritura extractada. Dos) CARLOS ANDRÉS WARNKE OLEA aporta la cantidad de $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, que deberá enterar y pagar en dinero en efectivo dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la escritura extractada. La responsabilidad quedará limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de julio de 2021.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
CHILE KENYA RUNNING TEAM LIMITADA
CVE 1986119
