Carlos Rojas Asesorías Y Otros Servicios Tecnólogicos E.I.R.L..
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La asesoría, prestación de servicios, soporte tecnológicos e informáticos y otros, que las diferentes personas y empresas, ya sean, naturales o jurídicas, requieran en el ejercicio de su giro; y todo lo que esté relacionado con el objeto antes descrito
资本
总资本
$5.000.000
实缴资本
$5.000.000
待缴资本
$0
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Titular 9.xxx.xxx-2 | 9.xxx.xxx-2 | 100% | $5.000.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
OSCAR FERNÁNDEZ MORA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de La Serena, con domicilio en calle Cordovéz N° 588, local 108, Comuna de La Serena, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 30 de mayo de 2018, Repertorio N°4012, ante mí, Don CARLOS ALBERTO ROJAS ORELLANA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, vendedor, 55 años de edad, cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos seis mil quinientos treinta y siete guion dos, domiciliado en la comuna de Coquimbo, Los Flamencos número mil trescientos diez, sector Bosque San Carlos, de paso en esta ciudad, viene en constituir empresa individual de responsabilidad limitada conforme extracto: La RAZÓN SOCIAL será CARLOS ROJAS ASESORÍAS Y OTROS SERVICIOS TECNÓLOGICOS E.I.R.L. Sin embargo, la empresa podrá funcionar y actuar, incluso ante instituciones bancarias y de cualquiera otra índole, sean nacionales o extranjeras, con el nombre de fantasía “SSATI ASESORÍAS E.I.R.L.”. OBJETO: El objeto de la empresa individual de responsabilidad limitada será la asesoría, prestación de servicios, soporte tecnológicos e informáticos y otros, que las diferentes personas y empresas, ya sean, naturales o jurídicas, requieran en el ejercicio de su giro; y todo lo que esté relacionado con el objeto antes descrito.- ADMINISTRACION: La administración, representación y el uso de la razón empresarial y nombre de fantasía, corresponderá al titular don CARLOS ALBERTO ROJAS ORELLANA, quien anteponiendo o posponiendo la razón empresarial a su firma personal, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo obligarla en toda clase de actos, ante cualquier persona natural o jurídica, autoridad, servicio o institución, fundación o corporación de derecho público o privado, con las más amplias facultades que se requiera en derecho y ejercitar las atribuciones que se indican, sin que la enumeración que sigue importe limitación a dichas facultades, sino que a título meramente ejemplar.- CAPITAL: El capital de la empresa es la suma de CINCO MILLONES DE PESOS que el constituyente aporta y entera en este acto, de contado y en dinero efectivo.- El titular declara que el capital de cinco millones de pesos se encuentra íntegramente enterado.- El constituyente limita su responsabilidad hasta el monto de su respectivo aporte.- DOMICILIO: El domicilio de la empresa individual será la ciudad de Coquimbo, sin perjuicio de las sucursales y agencias que pueda establecer en el resto del país o en el extranjero.- La empresa empezará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno a menos que el socio manifieste su intención de ponerle término al vencimiento del plazo vigente, primitivo o prorrogado, mediante la respectiva escritura pública de término y liquidación, de la que se tomará nota al margen de la inscripción respectiva.- Demás menciones constan en escritura extractada. La Serena, 6 de Junio de 2018.-
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La asesoría, prestación de servicios, soporte tecnológicos e informáticos y otros, que las diferentes personas y empresas, ya sean, naturales o jurídicas, requieran en el ejercicio de su giro; y todo lo que esté relacionado con el objeto antes descrito.
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总资本
$5.000.000
实缴资本
$5.000.000
待缴资本
$0
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Titular 9.xxx.xxx-2 | 9.xxx.xxx-2 | 100% | $5.000.000 |
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摘要官方正文
OSCAR FERNÁNDEZ MORA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de La Serena, con domicilio en calle Cordovéz N° 588, local 108, Comuna de La Serena, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 30 de mayo de 2018, Repertorio N°4012, ante mí, Don CARLOS ALBERTO ROJAS ORELLANA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, vendedor, cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos seis mil quinientos treinta y siete guion dos, domiciliado en la comuna de Coquimbo, Los Flamencos número mil trescientos diez, sector Bosque San Carlos, de paso en esta ciudad, viene en constituir empresa individual de responsabilidad limitada conforme extracto: La RAZÓN SOCIAL será CARLOS ROJAS ASESORÍAS Y OTROS SERVICIOS TECNÓLOGICOS E.I.R.L. Sin embargo, la empresa podrá funcionar y actuar, incluso ante instituciones bancarias y de cualquiera otra índole, sean nacionales o extranjeras, con el nombre de fantasía “SSATI ASESORÍAS E.I.R.L.”. OBJETO: El objeto de la empresa individual de responsabilidad limitada será la asesoría, prestación de servicios, soporte tecnológicos e informáticos y otros, que las diferentes personas y empresas, ya sean, naturales o jurídicas, requieran en el ejercicio de su giro; y todo lo que esté relacionado con el objeto antes descrito.- ADMINISTRACION: La administración, representación y el uso de la razón empresarial y nombre de fantasía, corresponderá al titular don CARLOS ALBERTO ROJAS ORELLANA, quien anteponiendo o posponiendo la razón empresarial a su firma personal, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo obligarla en toda clase de actos, ante cualquier persona natural o jurídica, autoridad, servicio o institución, fundación o corporación de derecho público o privado, con las más amplias facultades que se requiera en derecho y ejercitar las atribuciones que se indican, sin que la enumeración que sigue importe limitación a dichas facultades, sino que a título meramente ejemplar.- CAPITAL: El capital de la empresa es la suma de CINCO MILLONES DE PESOS que el constituyente aporta y entera en este acto, de contado y en dinero efectivo.- El titular declara que el capital de cinco millones de pesos se encuentra íntegramente enterado.- El constituyente limita su responsabilidad hasta el monto de su respectivo aporte.- DOMICILIO: El domicilio de la empresa individual será la ciudad de Coquimbo, sin perjuicio de las sucursales y agencias que pueda establecer en el resto del país o en el extranjero.- La empresa empezará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno a menos que el socio manifieste su intención de ponerle término al vencimiento del plazo vigente, primitivo o prorrogado, mediante la respectiva escritura pública de término y liquidación, de la que se tomará nota al margen de la inscripción respectiva.- Demás menciones constan en escritura extractada. La Serena, 31 de Mayo de 2018.
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CARLOS ROJAS ASESORÍAS Y OTROS SERVICIOS TECNÓLOGICOS E.I.R.L.
CVE 1413720
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