有限责任公司

Atenciones Medicas Avila Y Rios Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年5月11日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2024-05-11查看 PDF(CVE 2491778)

公司信息

Ltda
Viña del Mar, Valparaíso
期限: cinco años, plazo que se entenderá prorrogado en forma automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento de cada período
管理方式: JORGE ENRIQUE AVILA PEREZ, quien podrá ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro y representarla judicial y extrajudicialmente ante todo tipo de autoridades, organismos y persona, naturales o jurídicas, con todas las facultades de administración y disposición, señaladas pacto sin limitación o exclusión de ninguna naturaleza.

公司目的

La prestación de toda clase de servicios profesionales médicos, destacando las especialidades de cirugía, traumatología y oftalmología, atención de urgencia, control preventivo, diagnóstico, tratamiento de enfermedades, consultas, cirugía, hospitalaria a clínicas privadas u hospitales públicos, centros médicos y todas otras instituciones de salud respecto de todo paciente que acceda a sus servicios médicos, por cuenta propia o ajena, en forma directa o a través de convenios o instituciones de salud, públicas o privadas, especialmente en Fondo Nacional de Salud, Servicio de Salud, e Instituciones de Salud Previsional, pudiendo prestar dichos servicios a hospitales, clínicas, consultas y centros médicos, pudiendo efectuar cirugías y desarrollo de acciones de prevención, tratamiento y rehabilitación y, en general las prestaciones médicas ambulatorias como la realización de toda clase de actividades médicas que los socios acuerden. En consecuencia, todas las actividades que realice la sociedad son de carácter médico ambulatoria. Para mayor claridad, se encuentran incluidas en el objeto social todos los rubros o especialidades relacionados con la prestación de servicios profesionales médicos en forma integral a particulares, empresas, clínicas, centros médicos, clínicas, hospitales o de atención de salud en enfermedades y tratamientos de todo tipo, sean estos hospitales público o privados, instituciones públicas o privadas, con o sin fines de lucro, o cualquier otra persona natural o jurídica, nacional o extranjera, entregando una atención de salud ambulatoria y, b) Desarrollar, en general cualquier otro giro u objeto social que de común acuerdo convengan los socios, lo que también podrá ser hecho por sí o a través de terceros, por medio de contratos o subcontratos, o en general, por cualquier acto o contrato tendiente a cumplir el giro social, no pudiendo nunca apartarse de la atención médico ambulatoria.

资本

总资本

$3.000.000

实缴资本

$3.000.000

待缴资本

$0

股东(5)

姓名持股比例

JORGE ENRIQUE AVILA PEREZ

Socio

7.xxx.xxx-7

20%

RODRIGO ÁVILA DOMÍNGUEZ

Socio

17.xxx.xxx-1

20%

JAVIERA IGNACIA RÍOS RUIZ

Socio

17.xxx.xxx-1

20%

JOAQUÍN IGNACIO ÁVILA DOMÍNGUEZ

Socio

18.xxx.xxx-7

20%

MARÍA CONSTANZA ÁVILA DOMÍNGUEZ

Socio

16.xxx.xxx-5

20%

管理人(1)

JORGE ENRIQUE AVILA PEREZ

7.xxx.xxx-7Administrador

摘要官方正文

ELIANA GERVASIO ZAMUDIO, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en calle Arlegui número quinientos treinta y siete. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí, don JORGE ENRIQUE ÁVILA PÉREZ, C.I Nro. 7.280.011-7, don RODRIGO ÁVILA DOMÍNGUEZ, C.I Nro. 17.355.588-1, doña JAVIERA IGNACIA RÍOS RUIZ, C.I Nro. 17.594.994-1, don JOAQUÍN IGNACIO ÁVILA DOMÍNGUEZ, C.I Nro. 18.584.170-7, y doña MARÍA CONSTANZA ÁVILA DOMÍNGUEZ, C.I Nro. 16.885.834-5, todos domiciliados en Viña del Mar, Calle Dos Oriente número doscientos cuarenta y cinco, constituyeron sociedad profesional de responsabilidad limitada regida estatutos, ley 3918 y disposiciones código civil y de comercio. RAZON SOCIAL: “ATENCIONES MEDICAS AVILA Y RIOS LIMITADA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de toda clase de servicios profesionales médicos, destacando las especialidades de cirugía, traumatología y oftalmología, atención de urgencia, control preventivo, diagnóstico, tratamiento de enfermedades, consultas, cirugía, hospitalaria a clínicas privadas u hospitales públicos, centros médicos y todas otras instituciones de salud respecto de todo paciente que acceda a sus servicios médicos, por cuenta propia o ajena, en forma directa o a través de convenios o instituciones de salud, públicas o privadas, especialmente en Fondo Nacional de Salud, Servicio de Salud, e Instituciones de Salud Previsional, pudiendo prestar dichos servicios a hospitales, clínicas, consultas y centros médicos, pudiendo efectuar cirugías y desarrollo de acciones de prevención, tratamiento y rehabilitación y, en general las prestaciones médicas ambulatorias como la realización de toda clase de actividades médicas que los socios acuerden. En consecuencia, todas las actividades que realice la sociedad son de carácter médico ambulatoria. Para mayor claridad, se encuentran incluidas en el objeto social todos los rubros o especialidades relacionados con la prestación de servicios profesionales médicos en forma integral a particulares, empresas, clínicas, centros médicos, clínicas, hospitales o de atención de salud en enfermedades y tratamientos de todo tipo, sean estos hospitales público o privados, instituciones públicas o privadas, con o sin fines de lucro, o cualquier otra persona natural o jurídica, nacional o extranjera, entregando una atención de salud ambulatoria y, b) Desarrollar, en general cualquier otro giro u objeto social que de común acuerdo convengan los socios, lo que también podrá ser hecho por sí o a través de terceros, por medio de contratos o subcontratos, o en general, por cualquier acto o contrato tendiente a cumplir el giro social, no pudiendo nunca apartarse de la atención médico ambulatoria. DOMICILIO: Viña del Mar, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país. CAPITAL: $3.000.000.- que se aporta y entera de la siguiente forma: a) don JORGE ENRIQUE AVILA PEREZ la suma de seiscientos mil pesos, que ingresa en este acto, al contado y en dinero efectivo, a la caja social; b) don RODRIGO ÁVILA DOMÍNGUEZ, la suma de seiscientos mil pesos, que ingresa en este acto, al contado y en dinero efectivo, a la caja social; c) doña JAVIERA IGNACIA RÍOS RUIZ, la suma de seiscientos mil pesos, que ingresa en este acto, al contado y en dinero efectivo, a la caja social; d) don JOAQUÍN IGNACIO ÁVILA DOMÍNGUEZ, la suma de seiscientos mil pesos, que ingresa en este acto, al contado y en dinero efectivo, a la caja social; e) doña MARÍA CONSTANZA ÁVILA DOMÍNGUEZ, la suma de seiscientos mil pesos, que ingresa en este acto, al contado y en dinero efectivo, a la caja social. Socios limitan responsabilidades monto aportes. ADMINISTRACIÓN SOCIEDAD Y USO RAZON SOCIAL: JORGE ENRIQUE AVILA PEREZ, quien podrá ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro y representarla judicial y extrajudicialmente ante todo tipo de autoridades, organismos y persona, naturales o jurídicas, con todas las facultades de administración y disposición, señaladas pacto sin limitación o exclusión de ninguna naturaleza. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado en forma automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento de cada período. Otras estipulaciones escritura extractada. Portador facultado legalización. Viña del Mar, 26 Abril de 2024.

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