Asesorías Profesionales Ruca Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La sociedad tendrá por objeto: /a/ La prestación de servicios, consultorías y asesorías profesionales en materias civiles, constructivas, inmobiliarias, informáticas, administrativas, de telecomunicaciones y servicios ingenieriles integrales en general; /b/ El estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos relacionados con la ingeniería, construcción, diseño de proyectos industriales, inmobiliarios, y todo lo relacionado con el mundo ingenieril; y, /c/ la prestación de todo tipo de servicios y asesorías de diseño, imagen, decoración y marketing. En cualquiera sea los proyectos que participen se integraran los servicios de ingeniería, diseño y marketing, procurando siempre por entregar un servicio de integral y complementario entre ambas disciplinas profesionales. La Sociedad podrá realizar inversiones pasivas y secundarias en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios que permitan el desarrollo y mantención de su giro principal.
资本
总资本
$1.000.000
实缴资本
$1.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de noviembre de 2025, ante mi: /i/ don MIGUEL BOETSCH DOMÍNGUEZ; y, /ii/ doña SOFÍA IZQUIERDO ARMENDÁRIZ, Ambos domiciliados en Avenida Las Condes, número 12523, departamento número 608, Las Condes, Región Metropolitana, quienes vinieron en constituir una sociedad de Responsabilidad Limitada en los siguientes términos: I. Razón social: El nombre o razón social será “ASESORÍAS PROFESIONALES RUCA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo el nombre de fantasía de “RUCA”.- II. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /a/ La prestación de servicios, consultorías y asesorías profesionales en materias civiles, constructivas, inmobiliarias, informáticas, administrativas, de telecomunicaciones y servicios ingenieriles integrales en general; /b/ El estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos relacionados con la ingeniería, construcción, diseño de proyectos industriales, inmobiliarios, y todo lo relacionado con el mundo ingenieril; y, /c/ la prestación de todo tipo de servicios y asesorías de diseño, imagen, decoración y marketing. En cualquiera sea los proyectos que participen se integraran los servicios de ingeniería, diseño y marketing, procurando siempre por entregar un servicio de integral y complementario entre ambas disciplinas profesionales. La Sociedad podrá realizar inversiones pasivas y secundarias en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios que permitan el desarrollo y mantención de su giro principal.- III. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero.- IV. Duración: La duración de la sociedad será indefinida.- V. Capital: El capital social es la suma única y total de $1.000.000, los cuales son pagados por sus socios en dinero en efectivo en este acto, en las siguientes cantidades y proporciones: /i/ don MIGUEL BOETSCH DOMÍNGUEZ con 500.000 pesos, equivalentes al 50 por ciento del capital y los derechos sociales; y, /ii/ doña SOFÍA IZQUIERDO ARMENDÁRIZ con 500.000, equivalentes al 50 por ciento del capital y los derechos sociales.- VI. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial serán ejercidas por ambos: /i/ don MIGUEL BOETSCH DOMÍNGUEZ; y, /ii/ doña SOFÍA IZQUIERDO ARMENDÁRIZ, quienes podrán actuar individual e indistintamente para todos los actos, contratos u operaciones de la sociedad cuyo monto no exceda de mil Unidades de Fomento. Para los actos, contratos u operaciones que excedan de mil Unidades de Fomento, ambos administradores deberán actuar en forma conjunta, caso en el cual contarán con las más amplias facultades de administración Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 3 de diciembre de 2025.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS PROFESIONALES RUCA LIMITADA
CVE 2738207
