Asesorías Profesionales Hermosilla - Carvacho - Perez Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
Prestación de asesorías profesionales y servicios profesionales en el área legal jurídico, Procesos, aspectos comerciales y, en general, la prestación y realización de todas las asesorías y servicios profesionales relacionadas con el objeto social; en general, realizar todos los actos y contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad, y también aquellos asociados directamente con su objeto social y que los socios así lo determinen.
资本
总资本
$1.000.000
实缴资本
$1.000.000
待缴资本
$0
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
JUAN PABLO ALFREDO HERMOSILLA OSORIO Socio 10.xxx.xxx-1 | 10.xxx.xxx-1 | 70% | $700.000 |
PABLO ANTONIO CARVACHO TRAVERSO Socio 15.xxx.xxx-8 | 15.xxx.xxx-8 | 18% | $180.000 |
Socio 15.xxx.xxx-8 | 15.xxx.xxx-8 | 12% | $120.000 |
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JUAN PABLO ALFREDO HERMOSILLA OSORIO
摘要官方正文
Don LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Segunda Notaría de Santiago certifico: que por escritura pública de fecha 31 de mayo del año dos mil veintitrés, Repertorio N° mil ciento ocho guión dos mil veintitrés, ante mí, JUAN PABLO ALFREDO HERMOSILLA OSORIO, Cédula de Identidad Nº siete millones setenta y nueve mil doscientos setenta y seis guión uno; PABLO ANTONIO CARVACHO TRAVERSO, Cédula de Identidad N° quince millones trescientos trece mil doscientos cuarenta y ocho guión ocho y; MANUEL ANTONIO PEREZ SAAVEDRA, Cédula de Identidad número quince millones trescientos setenta y nueve mil quinientos treinta y nueve guión ocho, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de profesionales, en adelante la “Sociedad”, que se regirá por las disposiciones de la Ley Número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, por las pertenecientes del Código de Comercio y del Código Civil, y en especial, por los siguientes estatutos: Razón Social: “ASESORÍAS PROFESIONALES HERMOSILLA - CARVACHO - PEREZ LIMITADA”. Objeto: /a/ Prestación de asesorías profesionales y servicios profesionales en el área legal jurídico, Procesos, aspectos comerciales y, en general, la prestación y realización de todas las asesorías y servicios profesionales relacionadas con el objeto social; /b/ en general, realizar todos los actos y contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad, y también aquellos asociados directamente con su objeto social y que los socios así lo determinen. Capital: $1.000.000.- de pesos, que los socios aportan, enteran y pagan en la forma, proporción y oportunidad que a continuación se indica: a) JUAN PABLO ALFREDO HERMOSILLA OSORIO, aporta la suma de setecientos mil pesos.-, equivalente a un setenta por ciento de los derechos sociales; el cual entera y paga en este acto al contado y en dinero, ingresando a la caja social; b) PABLO ANTONIO CARVACHO TRAVERSO, aporta la suma de ciento ochenta mil pesos.-, equivalente a un dieciocho por ciento de los derechos sociales; el cual entera y paga en este acto al contado y en dinero, monto que los socios pagan en el acto al contado y en dinero, ingresando a la caja social; c) MANUEL ANTONIO PEREZ SAAVEDRA, aporta la suma de ciento veinte mil pesos.-, 2 equivalente a un doce por ciento de los derechos sociales; el cual entera y paga en este acto al contado y en dinero, ingresando a la caja social. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio don JUAN PABLO ALFREDO HERMOSILLA OSORIO, quien actuará requiriéndose siempre su firma para la validez de sus actos, y quien, anteponiendo su firma la razón social, representará y obligará a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Plazo. El plazo de duración de la sociedad será de diez años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución de la sociedad. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente, en forma tácita y sucesiva, por períodos iguales y consecutivos de cinco años cada uno, salvo que uno o más de los socios manifieste su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de un año, desde la fecha que fuere solicitado, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con la misma anticipación antes señalada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 27 de junio de 2023.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS PROFESIONALES HERMOSILLA - CARVACHO - PEREZ LIMITADA
CVE 2338819
